RESOLUCIÓN N° 196- MAGP-18
LA PLATA, 5 de septiembre de 2018.
VISTO el expediente N° 22500-3651/18, por intermedio del cual tramita la aprobación del Acta Complementaria N° 1, suscripta entre la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires y el Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que el instrumento legal indicado en el exordio del presente tiene como objeto que el Ministerio le concede al ADA y este acepta sin restricciones a tal condición, el uso precario y revocable de un espacio en el inmueble que ocupa la Dirección de Control de la Actividad Pesquera sito en calle Bartolomé Mitre N° 2853 de la Ciudad de Mar del Plata, de titularidad del Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires;
Que dicha concesión se ajustará al fin específico del funcionamiento de una Oficina que tendrá el carácter de una Delegación Regional de la Autoridad del Agua, con sede en la Ciudad de Mar del Plata, a los efectos de la presentación de los servicios necesarios para la atención de los diferentes trámites y requerimientos establecidos en la órbita de su competencia. Dicha cesión de realiza con arreglo a los términos de los Artículos 28, 30 y 31 del Decreto Ley 9.533/80;
Que el mismo se encuentra enmarcado en el Convenio Marco de Colaboración aprobado por RESOL-2017- 216-E-GDEBA-MAGP y RESFC-2018-103-GDEBA-ADA.
Que asimismo se convienen las obligaciones y compromisos de cada una de las partes cosuscriptoras y demás condiciones generales tendientes a implementar el acuerdo de referencia;
Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia, y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1º inciso 1) del Decreto Nº 272/17 E;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE
EL DECRETO Nº 272/17 E
EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Aprobar el Acta Complementaria N° 1, suscripta entre la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires y el Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires, cuyo texto pasa a formar parte integrante del presente como Anexo N°IF-2018-18389379-.
ARTÍCULO 2°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
NOTA: El anexo podrá der consultado en el Ministerio de Agroindustria.
Leonardo Sarquis, Ministro
C.C. 11894