RESOLUCIÓN N° 1316-MIYSPGP-18
LA PLATA, 17 de septiembre de 2018.
VISTO el expediente Nº EX-2018-01628085-GDEBA-DPCLMIYSPGP mediante el cual tramita la Licitación Pública para la adjudicación de la obra: “Hospital Zonal General de Agudos Blas Dubarry – Guardia y Emergencia – Mercedes”, en el partido de Mercedes, y
CONSIDERANDO:
Que la presente gestión se encuadra en las previsiones establecidas en la Ley Nº 14.812, reglamentada por el Decreto Nº 443/16, que declara la emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, con la finalidad de paliar el déficit existente y posibilitar la realización de las acciones tendientes a la promoción del bienestar general;
Que mediante Resolución Nº RESOL-2018-719-GDEBA-MIYSPGP de fecha 19 de junio de 2018, se aprobó la documentación y se autorizó a la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra de referencia, con un presupuesto oficial de pesos noventa y nueve millones doscientos sesenta y dos mil novecientos noventa con nueve centavos ($99.262.990,09), con un plazo de ejecución de doscientos setenta (270) días corridos;
Que en virtud del artículo 48 de la Ley Nº 6.021, el artículo 2.1.5 de las Especificaciones Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones prevé el otorgamiento de un anticipo financiero equivalente al treinta por ciento (30%) del monto contractual, previa constitución de garantía a satisfacción de este Ministerio;
Que se han cumplimentado las publicaciones en la página Web de la Provincia mediante IF-2018-11565917-GDEBADCOPMIYSPGP conforme lo establecido en el artículo 3º de la Ley de Emergencia Nº 14.812 y su Decreto Reglamentario Nº 443/16;
Que se recibieron cuatro (4) ofertas según surge del Acta de Apertura de fecha 12 de julio de 2018, obrante mediante IF-2018-11607208-GDEBA-DCOPMIYSPGP;
Que mediante NO-2018-13061340-GDEBA-DEDPAMIYSPGP obra informe técnico de la Dirección Ejecutiva dependiente de la Dirección Provincial de Arquitectura;
Que la Comisión Evaluadora de Ofertas se expide mediante IF-2018-13102691- GDEBA-DCOPMIYSPGP recomendando adjudicar las referidas labores a la empresa CONSTRUCTORA CALCHAQUÍ S.A. por la suma de pesos ciento dieciocho millones ciento quince mil setecientos veintinueve con cincuenta y seis centavos ($118.115.729,56), por considerar su propuesta la más conveniente al interés fiscal;
Que en consecuencia, corresponde desestimar las ofertas de las empresas ROL INGENIERÍA S.A., TECMA S.A. e INSA S.A. – OCSA S.A. U.T. HOSPITAL MERCEDES, por no ser conveniente al interés fiscal;
Que mediante Resolución Nº 111/18 del Consejo de Administración del Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial, realiza la imputación preventiva del gasto (IF-2018- 16082467-GDEBA-CAFFMIYSPGP);
Que han tomado la intervención de su Asesoría General de Gobierno mediante ACTA-2018-15070826- GDEBA-AEAGG, Contaduría General de la Provincia mediante IF-2018-15259916-GDEBA-CGP y Fiscalía de Estado mediante VT-2018-14576554-GDEBA-FDE;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 23 de la Ley Nº 6.021, los artículos 11 y 21 de la Ley Nº 14.989 y la Ley de Emergencia Nº 14.812, prorrogada por su similar Ley Nº 15.022 y su Decreto Reglamentario Nº 443/16;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Aprobar la Licitación Pública realizada por la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones para la adjudicación de la obra: “Hospital Zonal General de Agudos Blas Dubarry – Guardia y Emergencia – Mercedes” en el partido de Mercedes, y declarar suficientes las publicaciones efectuadas.
ARTÍCULO 2º. Adjudicar los trabajos para la ejecución de la obra mencionada en el artículo precedente a la empresa CONSTRUCTORA CALCHAQUÍ S.A. por la suma de pesos ciento dieciocho millones ciento quince mil setecientos veintinueve con cincuenta y seis centavos ($118.115.729,56) para obra, a la que agregándole la suma de pesos un millón ciento ochenta y un mil ciento cincuenta y siete con treinta centavos ($1.181.157,30) para dirección e inspección y la suma de pesos un millón ciento ochenta y un mil ciento cincuenta y siete con treinta centavos ($1.181.157,30) para embellecimiento, hace un total de pesos ciento veinte millones cuatrocientos setenta y ocho mil cuarenta y cuatro con dieciséis centavos ($120.478.044,16), estableciéndose un plazo de ejecución de doscientos setenta (270) días corridos.
ARTÍCULO 3º. Dejar establecido que en el presente ejercicio se invertirá la suma de pesos cincuenta y tres millones novecientos veintiún mil quinientos sesenta y ocho con sesenta y dos centavos ($53.921.568,62) para obra, a la que agregándole la suma de pesos quinientos treinta y nueve mil doscientos quince con sesenta y nueve centavos ($539.215,69) para dirección e inspección, y la suma de pesos quinientos treinta y nueve mil doscientos quince con sesenta y nueve centavos ($539.215,69) para embellecimiento (artículo 3º Ley Nº 6.174), hace un total de pesos cincuenta y cinco millones ($55.000.000).
ARTÍCULO 4º. Atender la suma mencionada en el artículo precedente con cargo a la Resolución Nº 111/18 del Consejo de Administración del Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial.
ARTÍCULO 5º. Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General de la Provincia, transferirá a las respectivas cuentas de terceros del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos los importes correspondientes a las reservas para dirección e inspección, y al Ministerio de Gestión Cultural la correspondiente a embellecimiento, para lo cual se procederá por la Dirección Provincial de Arquitectura a la formación de los respectivos alcances.
ARTÍCULO 6º. La Dirección Provincial de Arquitectura deberá adoptar los recaudos necesarios a efectos de contemplar en el diferido 2019 la suma de pesos sesenta y cinco millones cuatrocientos setenta y ocho mil cuarenta y cuatro con dieciséis centavos ($65.478.044,16), como asimismo gestionará la transferencia de los importes correspondientes a las reservas respectivas.
ARTÍCULO 7º. Aprobar el otorgamiento, previa constitución de garantía, de un anticipo financiero del treinta por ciento (30%) del monto del Contrato, conforme lo establecido en el artículo 2.1.5 de las Especificaciones Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 8º. Desestimar por no ser convenientes al interés fiscal las ofertas presentadas por las empresas: ROL INGENIERÍA S.A., TECMA S.A. e INSA S.A. – OCSA S.A. U.T. HOSPITAL MERCEDES.
ARTÍCULO 9º. Proceder por la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones a desglosar y entregar bajo debida constancia, a las empresas mencionadas en el artículo anterior, a quien legalmente corresponda, las garantías que presentaran como afianzamiento de sus ofertas.
ARTÍCULO 10. Delegar en el Subsecretario de Obras Públicas la suscripción del contrato estipulado en el artículo 26 de la Ley de Obras Públicas Nº 6.021 y sus modificatorias y la emisión de los actos administrativos previstos en los artículos 7º, 33 y 37 de la citada ley.
ARTÍCULO 11. Dejar establecido que la presente contratación queda sujeta a los términos de los artículos 1º y 2º del Decreto Nº 4041/96.
ARTÍCULO 12. Registrar, notificar al señor Fiscal de Estado, comunicar y girar a la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones. Cumplido, archivar.
Roberto Gigante, Ministro
C.C. 10.667