Provincia de Buenos Aires

SECRETARÍA DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

Resolución Nº 32

 

LA PLATA, 19 de febrero de 2013

 

VISTO la Ley Nº 13298, los Decretos Nº 300/05 y Nº 11/12, el expediente Nº 2171- 3379/12 y la Resolución Nº 310/12 de la Secretaría de Niñez y Adolescencia, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que se ha omitido en el considerando sexto, como en la parte dispositiva de la Resolución Nº 310/12 emanada de la Secretaría de Niñez y Adolescencia, designar el artículo de la Ley Nº 13298 que norma las funciones que por dicho acto legal se asignan al R.E.U.N.A. – Registro Estadístico Unificado de Niñez y Adolescencia – y como tal el artículo 16 de la referida normativa;

 

Que en consecuencia corresponde rectificar la misma, en el sentido de consignar en relación a su sexto considerando que se promueve unificar en el R.E.U.N.A. – Registro Estadístico Unificado de Niñez y Adolescencia – las funciones que el artículo 16 – incisos 5 y 6 – de la Ley Nº 13298 adjudican al Sistema Único de Beneficiarios y el Registro Único de Entidades no Gubernamentales dedicadas a la prevención, asistencia, atención, protección y restablecimiento de los derechos de los niños, por constituir competencia de la autoridad de aplicación del Sistema de Promoción y Protección de Derechos de los Niños;

 

Que procede rectificar el artículo 1° de la Resolución Nº 310/12, en el sentido que donde se lee “Asignar al Registro Estadístico Unificado de Niñez y Adolescencia, dependiente de la Dirección de Recursos de Protección y R.E.U.N.A. de la Secretaría de Niñez y Adolescencia, las funciones emanadas del artículo la Ley N° 13298, reglamentado por el artículo 16.5 último apartado del Decreto 300/05”, deberá leerse “Asignar al Registro Estadístico Unificado de Niñez y Adolescencia, dependiente de la Dirección de Recursos de Protección y R.E.U.N.A. de la Secretaría de Niñez y Adolescencia, las funciones emanadas del artículo 16 inciso 6, de la Ley Nº 13298, reglamentados por el artículo 16.5 – apartado tercero – del Decreto Nº 300/05;

 

Que a fojas 19 toma intervención la Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos instando el dictado del acto administrativo pertinente;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 300/05 y Nº 12/12 y;

 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Rectificar el artículo 1° de la Resolución Nº 310/12, en el sentido que donde se lee “Asignar al Registro Estadístico Unificado de Niñez y Adolescencia, dependiente de la Dirección de Recursos de Protección y R.E.U.N.A. de la Secretaría de Niñez y Adolescencia, las funciones emanadas del artículo de la Ley N° 13298, reglamentado por artículo 16.5 último apartado del Decreto 300/05, deberá leerse: “Asignar al Registro Estadístico Unificado de Niñez y Adolescencia, dependiente de la Dirección de Recursos de Protección y R.E.U.N.A. de la Secretaría de Niñez y Adolescencia, las funciones emanadas del artículo 16, inciso 6 de la Ley Nº 13298, reglamentado por el artículo 16.5 – apartado tercero – del Decreto Nº 300/05”.

 

ARTÍCULO 2°: Registrar en relación a su antecedente, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

Pablo Gabriel Navarro

Secretario de Niñez y Adolescencia

C.C. 1.687