Decreto 1782/2019
La Plata, 9 de diciembre de 2019
VISTO el EX-2019-25232832-GDEBA-DSTAMTGP, por el cual se gestiona un reconocimiento de servicios a favor de cinco personas, y la declaración de legitimo abono de los haberes percibidos, y
CONSIDERANDO:
Que el Subsecretario de Trabajo impulsa el reconocimiento de servicios a favor de cinco personas, y la declaración de legitimo abono de los haberes percibidos, de acuerdo con el detalle del IF-2019-26384697-GDEBA-DDPRLMTGP, quienes se desempeñaron en la planta temporaria, como personal transitorio mensualizado en los términos de la Ley N° 10.592;
Que el reconocimiento abarca el período comprendido entre el 1° de octubre de 2016 y el 15 de noviembre de 2018;
Que el Director Delegado de la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales certifica el real desempeño de los agentes en cuestión (orden n° 5); Que la Dirección de Contabilidad del Ministerio de Trabajo, informa el detalle de los haberes percibidos por los interesados (orden n° 6);
Que por Decreto N° 1445/18 se designó a los interesados en la planta temporaria, como personal transitorio mensualizado, a partir de la fecha de notificación, siendo la misma el 16 de noviembre de 2018;
Que a fin de regularizar la situación corresponde hacer lugar al reconocimiento pretendido, y declarar de legitimo abono las sumas percibidas, de conformidad con el artículo 1794 del Código Civil y Comercial de la Nación;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Relaciones Laborales, dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 –proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Reconocer en la Jurisdicción 11121, MINISTERIO DE TRABAJO, Subsecretaría Administrativa, Dirección General de Administración, los servicios prestados por los agentes que se detallan en el IF-2019-26384697-GDEBA-DDPRLMTGP en la planta temporaria, como personal transitorio mensualizado, con las remuneraciones que en cada caso se detalla, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, por el período que allí se indica, y declarar de legitimo abono los haberes percibidos, por los motivos expuestos en la parte considerativa.
ARTÍCULO 2º. Convalidar el gasto del artículo anterior, el cual fue atendido con la partida presupuestaria indicada en el DOCFI-2019-27324970-GDEBA-DCMTGP.
ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamento de Trabajo y de Jefatura de Gabinete de Ministro.
ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar
Marcelo Villegas, Ministro; Federico Salvai, Ministro; María Eugenia Vidal, Gobernadora