DEPARTAMENTO DE ASUNTOS AGRARIOS

DECRETO 826

La Plata, 14 de junio de 2010.

VISTO el expediente Nº 22500-6823/10, por medio del cual el Ministerio de Asuntos Agrarios tramita la aprobación de la Carta Acuerdo Nº 3 al Convenio Marco suscripto con la Fundación ArgenINTA, el 29 de noviembre de 2006, con el propósito de brindar apoyo a la instrumentación de medidas destinadas a la asistencia de pequeñas y medianas empresas bonaerenses, aprobado por Decreto Nº 3147/06, y prorrogado por su similar Nº 175/10, que posibilite instrumentar y llevar adelante las actividades de los Programas para el Desarrollo del Sudoeste, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 58 y 61 luce la conformidad de las partes para trabajar en forma mancomunada en el Plan del Desarrollo del Sudoeste, conforme lo establece la Ley Nº 13.647;

Que con tal finalidad, y atento a la situación de emergencia que existe en la zona del Sudoeste, el Ministerio de Asuntos Agrarios ha considerado necesario acelerar los tiempos del proceso de implementación de los planes tendientes a mejorar la situación de los productores del Sudoeste Bonaerense;

Que los planes que por ella se promuevan serán financiables con la ampliación presupuestaria otorgada por el Decreto Nº 252/10, en el corriente Ejercicio Financiero;

Que a fojas 84 dictamina la Asesoría General de Gobierno, a fojas 85 informa la Contaduría General de la Provincia, y a fojas 93 toma vista de lo obrado el Fiscal de Estado;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 – Proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º. Aprobar la Carta Acuerdo Nº 3 suscripta entre el Ministerio de Asuntos Agrarios y la Fundación ArgenINTA, cuyo texto, como Anexo Único, pasa a formar parte del presente, la que se encuentra compuesta por: Presupuesto Total (Anexo I), “Plan del Desarrollo del Sudoeste Bonaerense” – Programa Carnes Sureñas – Subprograma Forrajero” (Anexo II).

ARTÍCULO 2º. Aprobar el gasto de hasta la suma de pesos nueve millones ochocientos cincuenta y nueve mil trescientos ($ 9.859.300) comprendidos en la Carta Acuerdo aprobada por el artículo 1º del presente.

ARTÍCULO 3º. La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 1º y 2º, será atendida por el Presupuesto del Ejercicio 2010, con cargo a la siguiente imputación: PRG 12 – Finalidad 1 – Función 3 – Fuente de Financiamiento 1.1 – Partida Principal 5 – Subprincipal 1 – Parcial 7 – Subparcial 5 – pesos nueve millones ochocientos cincuenta y nueve mil trescientos ($ 9.859.300).

ARTÍCULO 4º. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Asuntos Agrarios.

ARTÍCULO 5º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Ariel Fabián Franetovich                                            Daniel Osvaldo Scioli

Ministro de Asuntos Agrarios                                      Gobernador

 

CARTA ACUERDO Nº 3 ENTRE EL MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y LA FUNDACION ARGENINTA

Entre el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires en adelante EL MINISTERIO, con domicilio en el 7º Piso de la Torre I, sita en la calle 12 esquina 50 de la ciudad de La Plata, representada en este acto por el su titular Dr. Ariel Fabián FRANETOVICH, por una parte, y la FUNDACIÓN ARGENINTA, en adelante LA FUNDACIÓN, con domicilio en calle Cerviño Nº 3101, Piso 1º de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su Director Ejecutivo, Doctor Roberto Javier ORTEGA, por otra parte, se celebra la presente Carta Acuerdo dentro del Marco del Convenio de Colaboración recíproca.

CONSIDERANDO:

Que a partir de fines del año 2002, más precisamente en el mes de noviembre de ese año, en que mediante la firma del pertinente Convenio Marco de Colaboración Recíproca, EL MINISTERIO y LA FUNDACIÓN establecieron un vínculo para el desarrollo de aquellas

actividades, proyectos y programas que han considerado prioritarios para la obtención de los fines compartidos;

Que ese Convenio Marco, ratificado en el ámbito provincial a través del Decreto Nº 3080/02, fue luego continuado por el celebrado en el mes de noviembre de 2006 y que, ratificado por el Decreto Nº 3147/06, hoy se encuentra vigente, dado que así fuera acordado mediante las respectivas notas cursadas por las partes con fecha 24 y 26 de noviembre de 2008, en los términos previstos por su Cláusula Décima Segunda;

Que entonces, para avanzar en el desarrollo de los proyectos y programas respecto de los cuales la actual administración de EL MINISTERIO pretende avanzar, cabe instrumentar, conforme la condición contemplada por la citada Cláusula Segunda, la pertinente Carta Acuerdo;

Que tal pretensión puede implementarse a fin de que LA FUNDACIÓN, por su parte, es un organismo que tiene entre sus finalidades atender al desarrollo socio-económico del sector agropecuario, contribuyendo a la competitividad y sustentabilidad del sistema Agropecuario y Agroindustrial mediante su asistencia a organizaciones públicas y privadas, con la pretensión de aportar al logro de los objetivos de las políticas de desarrollo agroalimentario, estimulando, promoviendo y apoyando los esfuerzos de los componentes de ingerencia en el ámbito rural que posibiliten ese logro del desarrollo agrícola y bienestar rural;

Que con tal finalidad y sobre la base de las regulaciones previstas en el Convenio Marco vigente, las partes acuerdan las siguientes Cláusulas:

PRIMERA - OBJETO

Instrumentar la cooperación técnico-administrativa de la FUNDACIÓN y el MINISTERIO en la concreción de la implementación del PLAN DE DESARROLLO DEL SUDOESTE BONAERENSE. (Anexo II)

SEGUNDA - APORTES Y OBLIGACIONES DE EL MINISTERIO

2.1 Para la realización de las actividades previstas en la presente Carta Acuerdo, el

MINISTERIO asignará la suma de PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS, ($ 9.859.300.-), monto que incluye el concepto de Gastos Administrativos y Técnicos (COGAyT) y los transferirá a la Cuenta Bancaria Nº 4014018518/7, operativa en el Banco de la Provincia de Buenos Aires y de la cual la FUNDACIÓN es titular.

Las actividades a financiar podrán incluir la suscripción de contratos de locación de obra, asistencia técnica y servicios de consultores, técnicos y personal de apoyo, realización de estudios, talleres, visitas de intercambio, seminarios, cursos, adquisición y/o alquiler de bienes y equipos, pago de pasajes, viáticos y/o movilidad, materiales de capacitación, edición de publicaciones, gastos de difusión y cualquier otro costo operativo que se requiera para la ejecución de las actividades previstas en la Cláusula Primera de la presente.

2.2. El MINISTERIO realizará el control financiero de los recursos y el seguimiento y evaluación de la evolución de las actividades previstas en el marco de la presente.

2.3. El MINISTERIO en un término no mayor de TREINTA (30) días corridos a partir de la fecha en que la FUNDACIÓN presente el Informe Financiero Final, formulará las observaciones pertinentes a dicho informe. En caso contrario se tendrá por aceptado y aprobado y quedará obligado a extender el finiquito correspondiente en que conste que no hay reclamos pendientes a la FUNDACIÓN y asimismo, la FUNDACIÓN extenderá el finiquito que exonere a el MINISTERIO de cualquier reclamo en relación con las obligaciones contraídas en esta Carta Acuerdo.

TERCERA - APORTES Y OBLIGACIONES DE LA FUNDACIÓN

3.1. La FUNDACIÓN compromete el apoyo técnico y administrativo para la ejecución de las actividades previstas en la presente Carta Acuerdo.

3.2. La FUNDACIÓN asume la administración de recursos aportados por el MINISTERIO y que se especifican en el Anexo, conforme las cláusulas de la presente Carta Acuerdo, las normas administrativas y procedimientos que regulan su accionar y las definiciones, criterios y directivas formales que emita el Comité Coordinador creado por la Cláusula Quinta de la presente Carta Acuerdo.

3.3. Presentar los siguientes informes:

a) Informes financieros mensuales documentando los gastos incurridos en cada período finalizado.

b) El informe financiero final de la presente Carta Acuerdo.

3.4. Brindar al MINISTERIO toda aquella información que se solicite, relacionada con la ejecución de la presente Carta Acuerdo.

3.5. Adquirir los bienes y efectuar las contrataciones y/o adquisiciones de bienes y/o servicios solicitados por el MINISTERIO conforme las especificaciones técnicas que éste le indique, de acuerdo al objeto de la presente Carta Acuerdo.

3.6. La FUNDACIÓN se compromete a aportar tres (3) técnicos a tiempo parcial, a efectos de realizar tareas de planificación, ordenamiento y gestión administrativa, con el fin de cumplimentar tareas necesarias para la ejecución del programa y objeto de la presente Carta Acuerdo.

CUARTA - RECURSOS FINANCIEROS Y SISTEMA DE DESEMBOLSOS

4.1 El presupuesto para la realización de las actividades estará indicado en el Anexo, que forma parte de la presente Carta Acuerdo y la aplicación de fondos deberá responder a los conceptos y montos allí previstos. Su metodología y ejecución se ajustará a las normas y procedimientos que rigen a la FUNDACIÓN.

4.2 Los gastos generados por las operaciones de cambio y financieras, como así las diferencias de cambio que puedan originarse, serán absorbidos por esta Carta Acuerdo y sus eventuales addendas.

QUINTA - COMITÉ COORDINADOR

De acuerdo a lo contemplado en el Convenio Marco celebrado el 29 de noviembre de 2006, el MINISTERIO designa como miembros del Comité Coordinador al Doctor Ariel Fabián FRANETOVICH en carácter de representante titular y al Contador Marcelo FERNÁNDEZ GIACHELLA en carácter de representante suplente.

Por su parte, la FUNDACIÓN designa al Director Ejecutivo en carácter de representante titular y al Gerente de Apoyo a Programas Institucionales en carácter de representante suplente.

SEXTA - PROPIEDAD DE LOS BIENES ADQUIRIDOS

La titularidad de los bienes que se hayan adquirido en virtud del presente, corresponderá a la parte con cuyos fondos se adquieran, y según sean:

a) Registrables: En caso de corresponder, se realizará la transferencia correspondiente, con destino de uso exclusivo al proyecto, y de acuerdo a la normativa vigente aplicable al efecto, dentro de los sesenta (60) días corridos de adquirido el bien.

b) Otros bienes: Se realizará la transferencia mediante notificación suscripta por la FUNDACIÓN al MINISTERIO, acompañada del inventario correspondiente.

Los referidos bienes y equipamientos serán utilizados exclusivamente por el personal autorizado por el MINISTERIO para desarrollar las actividades pertinentes.

SÉPTIMA- GESTIONES ADMINISTRATIVAS

Aquellas actividades que se realicen en virtud de la presente, y por las cuales sea necesario la adquisición y/o mantenimiento de bienes registrables a fin de llevar a cabo el objeto del presente, la FUNDACIÓN por cuenta y orden del MINISTERIO se encargará de las gestiones legales y administrativas correspondientes y necesarias al efecto. Los gastos y erogaciones de dicha gestión, correrán por exclusiva cuenta del MINISTERIO.

OCTAVA - REMANENTES

El remanente de efectivo que pudiera existir a la finalización de la presente Carta Acuerdo, deberá ser restituido al MINISTERIO en un plazo no mayor de treinta (30) días, a contar de la fecha de aprobación del informe final presentado por la FUNDACIÓN. Si a esa fecha, la FUNDACIÓN tuviese aún obligaciones pendientes y/o pagos por cancelar y/o servicios en proceso de ejecución, en el marco de la presente, esta última podrá retener las sumas necesarias, hasta que dichas obligaciones queden definitivamente saldadas.

NOVENA - LOCACIÓN DE SERVICIOS U OBRA

Las partes acuerdan que los pagos, renovaciones, rescisiones, acuerdos judiciales y extrajudiciales y todos los actos referidos a los contratos de locación de servicios u obra, son realizados por exclusiva cuenta y orden del MINISTERIO, por lo que este último asumirá los costos y erogaciones que la ejecución, rescisiones y/o posibles acuerdos o conciliaciones de los mismos devengaren. Los modelos de contratos de locación, se adjuntan a la presente como Anexo II.

DÉCIMA - SEGUROS

Aquellas actividades que se realicen en virtud de la presente, y por las cuales sea necesario la asistencia técnica, científica y/o administrativa de personas no vinculadas o dependiente de las partes, la FUNDACIÓN procederá a la contratación de los seguros pertinentes, a fin de resguardar a dichos contratados. Los gastos de contratación y gestión de las pólizas, correrán por cuenta del MINISTERIO.

DÉCIMA PRIMERA - ACTIVIDADES NO ESPECIFICADAS

Sin perjuicio de las actividades a financiar establecidas en el punto 3.1 de la presente, la FUNDACIÓN podrá adquirir y/o contratar otros bienes y servicios no mencionados, previo acuerdo formal realizado por escrito entre las partes y autorización expresa del MINISTERIO siempre y cuando sean acordes con el objeto de esta Carta Acuerdo y con los procedimientos y normas que rigen a la FUNDACIÓN.

DÉCIMA SEGUNDA - PRÓRROGAS Y MODIFICACIONES

Toda modificación o prórroga que se efectúe a esta Carta Acuerdo por mutuo acuerdo de las partes, se formalizará mediante la suscripción de Addendas que se anexarán a la misma.

En constancia se firman dos originales de la presente Carta Acuerdo a los 9 días del mes de junio del año 2010.

Javier Ortega                                       Ariel Fabián Franetovich

Director                                              Ministro de Asuntos Agrarios

Fundación Argeninta

ANEXO I

CARTA ACUERDO ENTRE EL MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y LA FUNDACIÓN ARGENINTA

PRESUPUESTO TOTAL $ 9.859.300.-

PRESUPUESTO POR COMPONENTE

1.- FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL $1.035.000.-

2.- ESTUDIOS BÁSICOS $1.396.300.-

3.- IMPLEMENTACIÓN DE PLANES $ 7.428.000.-

ANEXO II

PLAN DE DESARROLLO DEL SUDOESTE BONAERENSE

PROGRAMA CARNES SUREÑAS

SUBPROGRAMA FORRAJERO

CAMPAÑA 2010-2011

RESUMEN EJECUTIVO

La región del sudoeste bonaerense ha sido diferenciada por la Ley 13.647. El área allí determinada, está compuesta por doce distritos de la Provincia, que tienen pertenencia a las zonas semiáridas y áridas del país con el agregado de la zona de influencia de la Sierra de la Ventana, y que vienen sufriendo importantes cambios climáticos y edafológicos. La Ley a fin de establecer la diferenciación propuesta creó el plan de desarrollo con una mirada integral. Esto implica trabajar en todos los sectores y actividades de la economía regional con una mirada de mediano y largo plazo que permita la implementación de bases sólidas que den sustentabilidad a los sistemas productivos y sus cadenas de valor.

La norma crea el Consejo Regional (CR), el que deberá proponer a la Autoridad de Aplicación las acciones necesarias para impulsar y promover, sobre la base del principio de diferenciación, el desarrollo de los sistemas de producción y de sus cadenas de valor, sobre bases de sustentabilidad social y económica, describiendo para ello las políticas y acciones de fomento de naturaleza tecnológica, productiva, financiera, impositiva, de educación y capacitación, de extensión y de difusión, y todas otras políticas y acciones que considere conducentes

El Plan de Desarrollo se implementa en forma de Programas por actividad o sector de la economía regional. El presente Subprograma forrajero se enmarca en el Programa Regional Carnes Sureñas.

La actividad ganadera ocupa alrededor del 70 % del territorio de la región y su principal limitante se presenta en la magnitud de su base forrajera severamente disminuida por la intensa sequía que la llevó a niveles de catástrofe agropecuaria.

Independientemente de la contingencia climática mencionada, y en forma previa a la sequía se presentó una sobrecarga ganadera producto de diversos factores como el proceso de agriculturización, la variabilidad climática de la región semiárida, y otros que determinaron una concentración ganadera mayor que lo compatible en los distintos ambientes de la región para planteos sustentables con los actuales sistemas de producción, especialmente en aquéllos más frágiles como son los pertenecientes a las subregiones patagónica y semiárida.

El subprograma forrajero se formula como un instrumento de mejoramiento de los sistemas productivos a partir del incremento de la base forrajera y del ajuste de carga ganadera a fin de alcanzar situaciones de mayor regularidad y seguridad productiva.

Componentes del Subprograma forrajero:

1. Articulación de extensión y capacitación Armado de una agenda de trabajo

2. Campañas estacionales para la implementación del Subprograma.

a) Primavera-Verano

b) Otoño-Invierno

3. Fomento de emprendimientos asociativos para el engorde a corral.

4. Herramientas de Crédito

a) Entrega de semillas forrajeras por campaña estacional

b) Créditos del BAPRO con tasa y plazos diferenciales pro subregión y zona.

5. Convenios con proveedores de insumos y bienes de capital.

Los componentes mencionados requieren de decisiones por parte de la autoridad de aplicación, quien en virtud de la Ley y sus reglamentaciones tiene la responsabilidad de la gestión ejecutiva de estas propuestas que han sido aprobadas por el Consejo Regional para su elevación correspondiente.

1. Articulación de extensión y capacitación y agenda de trabajo

a) Campaña Otoño-Invierno 2010: Esta campaña se inicia en enero de 2010. Se basa en promover la siembra de pasturas perennes y verdeos de invierno con vicia

b) Campaña Primavera Verano 2011: La agenda a implementar tiene iniciarse antes de fin de agosto de 2010. La campaña está centrada en la siembra de sorgos forrajeros y pasto llorón.

2. Campañas estacionales:

a) Otoño-Invierno 2010

i. Apoyo a la siembra de verdeos de invierno con vicia

ii. Fomento de siembra de pasturas perennes

1. Apoyo a la implantación de agropiro en patagones

b) Primavera – Verano 2011

i. Promover la siembra de sorgos forrajeros y moha-mijo

1. Para pastoreo directo

2. Para pastoreo diferido

3. Para confección de reservas

ii. Fomentar la siembra de pasto llorón dentro de la estrategia de recuperación de pasturas perennes.

1. Primera etapa 2010

2. Segunda etapa 2011

En todos los casos estará acompañado por campañas de capacitación para los productores.

En el caso de Patagones no se considera la siembra de sorgos forrajeros por lo que se reemplaza el apoyo hacia la siembra de agropiro. Para Villarino se considera que sobre el total de la superficie a promover con verdeos de verano se apoya el 50 % con sorgo forrajero y el 50 % con moha-mijo.

La asistencia para la siembra de verdeos y pasturas se propone a través de la entrega de las semillas directamente al productor, quien deberá registrarse en la subsecretaria de Producción de su Comuna, la que elevará al Consejo Regional, la lista de los productores que fueron seleccionados como beneficiarios del programa.

OBJETIVOS DEL SUBPROGRAMA FORRAJERO:

* Incrementar la producción de forraje en todos los sistemas ganaderos de la región

* Ajustar la carga animal y los recursos forrajeros adecuando la carga de acuerdo a la disponibilidad forrajera.

* Promocionar la implantación de pasturas perennes y verdeos dentro de un marco donde se tenga en cuenta la conservación y mejoramiento de los suelos.

* Incorporar tecnologías de productos (insumos como semillas, fertilizantes agroquímicos, maquinarias etc.), y tecnologías de procesos (producción de forrajes, manejo y ajuste de la carga, manejo de rodeos, manejo sanitario, reproductivo, engorde, destete anticipado, categorías diferenciadas, etc.).

* Establecer Programas de capacitación y difusión.

CONDICIONES HIDROLÓGICAS DE LA ZONA

* En la Región del Sudoeste Bonaerense el déficit hídrico medio anual se produce en los meses de noviembre, diciembre, enero, y febrero, generando una gran aleatoriedad en las posibilidades de establecer con éxito los cultivos de verano.

* A estos cultivos, se los puede plantear como más factibles y sustentables en las áreas ubicadas más cerca de los límites norte y noreste de la región.

* La recarga hídrica del suelo en invierno y primavera (septiembre y octubre) permite que los cultivos de siembra de otoño-invierno (trigo, verdeos, pasturas) y los primaverales (sorgos, mijo, moha) tengan un comportamiento agronómico aceptable.

PLANTEOS TECNOLÓGICOS Y PRODUCTIVOS DEL SUBPROGRAMA FORRAJERO

* Pasturas perennes: pasto llorón, agropiro, festuca, pasto ovillo, alfalfa, etc.

* Verdeos de Verano: mijo, moha, sorgos.

* Verdeos de Invierno: avena, vicia, centeno, cebada, etc.

* Las especies, proporciones de cada una y destino (reservas, pastoreo directo, diferidos) quedan sujetos a ajustes según zona agroecológica y tipo de rodeo.

* Resaltar la importancia de las reservas, ya sea en forma de grano, silaje o heno.

* Racionalidad en el pastoreo de los forrajes, eficientizando el aprovechamiento de los mismos.

* Adaptación de las recomendaciones técnicas a las distintas situaciones agroecológicas, teniendo en cuenta el cuidado del medio ambiente para lograr una producción sustentable.

OBJETIVOS PARTICULARES POR REGIÓN

Región Semiárida

* Incrementar la producción de forrajes en pastoreo directo, pastoreo diferido, reservas forrajeras y en suplementación

* Ajustar la carga animal en planteos sustentables considerando la variabilidad de la oferta forrajera.

* Lograr un manejo integral del rodeo, mediante prácticas como la planificación de la cadena forrajera, el estacionamiento del rodeo, el manejo sanitario y la confección de reservas.

* Fomentar la organización entre productores para hacer más eficiente los laboreos y la confección de reservas forrajeras.

* Aumentar la oferta de capacitación en los sistemas ganaderos. Orientadas principalmente a la producción de forraje, manejo de los recursos (pastoreos, suplementación, oferta de reservas), confección de reservas y gestión de producción de forrajes.

Región Patagónica

Los principales aspectos a tener en cuenta para lograr seguridad y mejorar la producción son:

* Mejorar el manejo del pastizal natural.

* Incrementar la producción de forrajes en pastoreo directo, pastoreo diferido, reservas forrajeras y en suplementación

* Ajustar la carga animal en planteos sustentables considerando la variabilidad de la oferta forrajera.

* Lograr un manejo integral del rodeo, mediante prácticas como la planificación de la cadena forrajera, el estacionamiento del rodeo, el manejo sanitario y la confección de reservas.

* Fomentar la organización entre productores para hacer más eficiente los laboreos y la confección de reservas forrajeras.

* Aumentar la oferta de capacitación en los sistemas ganaderos. Orientadas principalmente a la producción de forraje, manejo de los recursos (pastoreos, suplementación, oferta de reservas), confección de reservas y gestión de producción de forrajes.

Estrategia de Intervención

* La articulación interinstitucional es la base del Subprograma y acciones. Se trata de elaborar estrategias de trabajo conjuntas y comunes que potencien lo ya existente.

* La participación de las Secretarias de Producción de los Municipios y las Comisiones Técnicas Locales son claves ya que en ellos se establecerán las bases operativas del Subprograma en cada territorio.

* Necesidad de capacitar a todas las personas involucradas en el proceso productivo:

técnico, personal de campo, productor y otros.

* Trabajar en conjunto con todos los actores del sector y con otros sectores, articulando la labor de capacitación con instituciones públicas y privadas.

* Articular con otros programas educativos que ya estén en funcionamiento (Dirección General de Escuelas).

* Realizar jornadas abiertas de capacitación.

* Organizar visitas a campos demostradores.

* Buscar que los capacitadores sean locales para favorecer el intercambio de experiencias y aprovechar el conocimiento de la zona.

* Articular los programas de las diferentes instituciones de tecnología y extensión con mensajes comunes para las diferentes audiencias.

Se tendrán en cuenta en todas las áreas los siguientes puntos a saber:

* Sistema de alarma forrajero: mediante el seguimiento de los proyectos y el intercambio continuo de información, generar acciones para anticiparse a los efectos de la falta de forraje estacional, de manera de preservar el capital hacienda (ventas oportunas, compra de forraje anticipado )

* Incorporación de nuevas especies forrajeras: Incrementar los lugares de introducción de nuevas especies forrajeras, de manera de ofrecer mas alternativas mejoradoras de la producción.

* Investigación de biotipos ganaderos adaptados a la región: Planes de trabajo e investigación en biotipos ganaderos con mejor adaptación que los actuales a las condiciones de la región

METAS Y RESULTADOS

Serán las metas a alcanzar en este subprograma forrajero:

* Sistemas de producción mixtos ganadero-agrícolas planificados y ejecutados de acuerdo a las posibilidades agroecológicas, con previsibilidad de la oferta forrajera y disminución de riesgo productivo.

* Mejoras en la productividad de los sistemas en condiciones de sustentabilidad.

* Continuidad de políticas activas permanentes para mejorar las condiciones de las actividades productivas sustentables.

* Productores con acceso continuo al conocimiento, información y capacitación de la dinámica productiva ganadero-agrícola.

* Mejoras en la previsibilidad de la producción ganadera.

* Instrumentar sistemas de “alarma” que permitan implementar las acciones pertinentes para paliar contingencias extremas que afecten a la producción.

LOGÍSTICA GENERAL DE LA CAMPAÑA 2010/11

Líneas de Acción en apoyo con:

* Asesoramiento Técnico

* Insumos:

- Semilla de pasto llorón y agropiro

- Lomas arenosas – fijación de dunas e incremento de oferta

- Bajos anegables

- Diferentes sitios Patagones

- Semilla de sorgos

- Forrajeros

- Promocionar mediante campaña de difusión los Sorgos Graníferos

- Moha-Mijo

- Especialmente en Zonas de Villarino y Púan

- Semilla de Avena, Centeno y Vicia

* Para pastoreo

* Para multiplicación de semilla

- Fertilizantes y Agroquímicos

3. Fomento de emprendimientos asociativos para el engorde a corral.

La intensa sequía a llevado a concentrar las diferentes categorías en sistemas de confinamiento. Desde el subprograma se pretende apoyar las iniciativas de carácter asociativo permitiendo de esta manera que pequeños y medianos productores agrupados puedan utilizar las herramientas disponibles para esta actividad mencionado entre ellas:

i. Fideicomiso Productivo aplicado a emprendimientos asociativos

ii. Gestión de las compensaciones al uso de grano y/u otros instrumentos de apoyo que se implementen desde el gobierno nacional.

iii. Facilitar la adquisición de maquinaria nueva o usada

iv. Apoyo a la gestión empresaria a través de asistencia técnica integrada e incubación

de los proyectos, durante el segundo trimestre 2010

4. Herramientas de Crédito

a. Adquisición de semillas forrajeras por campaña estacional

Se propone la adquisición de distintas variedades de semillas forrajera para ser entregadas directamente al productor, como instrumento de fomento a la recuperación e incremento de la base forrajera de los sistemas productivos ganaderos bovinos y ovinos.

b. Créditos del BAPRO con tasa y plazos diferenciales por subregión y zona.

i. Capital de Trabajo:

Se propone el apoyo crediticio para laboreos, fertilizantes, agroquímicos y combustibles para la siembra de verdeos de verano e invierno y pasturas perennes y para la adquisición y confección de reservas forrajeras con tasas y plazos diferenciales.

ii. Inversiones

1. Maquinaria

a. Confección de Reservas

b. Siembra de verdeos y pasturas

c. Distribución de alimentos

Oportunamente se ha propuesto que las tasas subsidiadas se efectivicen en el momento de los vencimientos permitiendo de esta manera premiar al cumplimiento y proponiendo una fecha tope de pago en cada vencimiento para gozar del subsidio.

c. Fideicomiso Productivo del Sudoeste Bonaerense

Mediante este instrumento se apoyará en la primera etapa y en el marco del subprograma a los emprendimientos asociativos de engorde a corral. A los mismos, tal como se ha descripto, se le brindará además apoyo en su gestión empresaria a través del sistema de incubación.