Fundamentos de la Ley 11121
El presente proyecto
de ley halla su fundamento en la necesidad de remediar las graves
deficiencias demostradas por Ley 8.999 en su aplicación concreta en el
procedimiento laboral de El actual sistema de
pericias médicas, a cargo de médicos pertenecientes a Efectivamente, las mismas demoran excesivamente en su producción, y cuando ven la luz provocan en general descontento en los litigantes por su deficiente fundamentación. La aplicación de También se han creado Baremos para la adjudicación de las minusvalías laborales carentes de fundamentación médico-legal-científica destacándose por su estrechez, en cuanto a los porcentajes incapacitantes se refiere, que los tornan irrazonables. Se delega en terceros la realización de las inspecciones oculares reducidas al entrecruzado de casilleros que contienen formularios impresos. Este desdoblamiento del trabajo pericial atenta contra la seriedad del dictamen. Únicamente determinados días y horas (en algunos casos solo una vez por semana) han sido fijados para que los peritos concurran ante los órganos jurisdiccionales a dar las explicaciones que éstos o las partes le requieran. Ello conlleva un menoscabo de la potestad del juzgador. El envío del justiciable a diversos establecimientos sanitarios para la obtención de estudios lo obligan a verdaderos “vía crucis” que lo convierten en gestor de su propio asunto, desnaturalizándose el carácter alimentario del reclamo. Todo este cuadro se
ha visto agravado con resoluciones y acordadas de Resulta imperativo
entonces retornar al sistema de lista tal cual se lo concibiera antes de Es por las razones expuestas que solicitamos a los señores senadores, nos acompañen con su voto favorable en el presente proyecto de ley.
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