Provincia
de Buenos Aires
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Resolución Nº 208
La Plata, 27 de mayo de 2010.
VISTO el expediente N° 22300-2693/2008, mediante el cual la firma NEXT IT S.A., CUIT:30-70897335-8, con domicilio legal en la calle Olazábal 1662, piso 8°, Oficina A, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicita el otorgamiento de los beneficios de la Ley de Promoción de la Industria del Software N° 13.649, reglamentada por la Resolución 324/09, y
CONSIDERANDO:
Que la mencionada firma solicita los beneficios instituidos por la Ley N° 13.649, conforme a sus artículos 3° y 4°;
Que NEXT IT S.A. se encuentra inscripta en el Régimen de Promoción de la Industria del Software, mediante Resolución N° 60 de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía y Producción de la Nación, de fecha 20 de febrero de 2007;
Que NEXT IT S.A. se encuentra inscripta en la Inspección General de Justicia, bajo la Matrícula N° 9793 Libro 121;
Que corresponde otorgar los beneficios instituidos por la Ley N° 13.649 sobre la totalidad de la actividad de la mencionada firma, atento que más del
80 % de sus actividades se encuentran comprendidas en el Régimen instituido por
la Ley Nacional N° 25.922 (artículo 4° de la Ley N° 13.649);
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 13.649 y el Decreto N° 175/08;
Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno a fojas. 144/145,
Contaduría General de la Provincia a fojas. 149/151y Fiscalía de Estado a fajas
153/153 vuelta;
Por ello,
EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO
1°. Declarar a la firma NEXT IT S.A., CUIT: 30-70897335-8, domicilio en calle La Rioja 2071, pisos 8° y 9° (7600) Mar del Plata, partido de General Pueyrredón, Provincia de
Buenos Aires, incluida en el "Régimen de Promoción de la Industria del Software", Ley N° 13.649.
ARTÍCULO 2°. Otorgar a la empresa. NEXT IT S.A. un cien por ciento (100 %) de
exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, sobre el total de la
facturación real derivada de la actividad económica identificada mediante
código de actividad 722000 del Nomenclador de Actividades del Impuesto a los
Ingresos Brutos (NAIIB), a partir del primer día hábil posterior al dictado de
la presente y hasta el 13 de abril de 2017.
ARTÍCULO 3°. Otorgar a la empresa NEXT IT S.A. la exención del Impuesto de
Sellos de aquellos actos, contratos y operaciones de carácter oneroso, en
instrumentos públicos o privados que la firma suscriba en el desarrollo de sus
actividades promovidas, a partir del primer día hábil posterior al dictado de
la presente y hasta el 13 de abril de 2017.
ARTÍCULO 4°. La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) deberá tomar la intervención que le compete a fin de
resguardar los intereses fiscales que pudieran comprometerse.
ARTÍCULO 5°. Una vez reconocida la exención, la misma mantendrá su vigencia
durante el plazo que corresponda, y en tanto no se modifique las condiciones en
virtud de las cuales se hubiera hecho efectivo su reconocimiento, siendo
obligación del contribuyente beneficiario comunicar fehacientemente dichas
circunstancias a la Dirección Provincial de Promoción de la Competitividad, la Innovación y los Servicios, dentro de los quince (15) días de acaecidas.
ARTÍCULO 6°. Registrar, notificar al Fiscal del Estado, comunicar, publicar,
dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Martín M. N. Ferré
Ministro de la Producción
C.C. 7.506