Fundamentos de la Ley 12847
La Ley 12.345 sancionada por la honorable Legislatura, fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 2 de diciembre de 1999, y disponía la declaración de utilidad pública y sujetos a expropiación, distintos inmuebles ubicados en el partido de Ensenada, para ser adjudicadas en propiedad a título oneroso y por venta directa al Aero Club La Plata.
Esta entidad requiere con urgencia la concreción del objeto de la ley, por cuanto la extensión de la traza de la autopista Buenos Aires – La Plata afectará su superficie, siendo necesario su ampliación para continuar funcionando.
La particular operatoria prevista en la ley, determina que no se produzcan erogaciones a cargo del Estado, y encuentra una solución idónea para la prosecución de la actividad de esta entidad aerodeportiva.
Distintas tramitaciones han demorado el cumplimiento de la expropiación, y frente a la eventualidad que no culminen antes del 2 de diciembre próximo, es que se promueve la prórroga de la ley por un período de dos años, asegurando de esta manera los objetivos del legislador al sancionarla.
Por las razones expuestas, solicito de los señores legisladores el tratamiento favorable de la iniciativa.