Decreto 1722/2019
La Plata, 5 de diciembre de 2019
VISTO el EX-2018-13845829-GDEBA-HPDZGAMSALGP, por el cual se gestiona la designación, a partir del 8 de octubre de 2018, de Julio Roberto QUIROGA en el Hospital Provincial Descentralizado Zonal General de Agudos "Simplemente Evita" de González Catán, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, y
CONSIDERANDO:
Que para propiciar dicho trámite se afectó la vacante producida por el cese de Andrea Inés CAPORALE, concretado mediante Resolución 11112 N° 283/18, la cual se encuentra contemplada en el presupuesto general ejercicio 2019, Ley Nº 15.078, y cuya adecuación presupuestaria se gestionará por expediente separado;
Que la presente designación se concreta de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;
Que en autos se informa que el agente cuya designación se propicia se desempeñará efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario;
Que el nombramiento se gestiona a partir de fecha cierta por motivos de servicio, como excepción al artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E;
Que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, debe controlar que se encuentre reunida toda la documentación requerida en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471;
Que por el artículo 4º inciso b) del Decreto - Ley Nº 9650/80 (texto ordenado por Decreto Nº 600/94), se estableció que el personal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del 16 % sobre la remuneración que perciba;
Que en virtud de lo determinado mediante Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto N° 2868/02, Julio Roberto QUIROGA debe efectuar el aporte previsional al que se alude en el acápite anterior, dado que la especialidad neumonología es considerada insalubre a los fines previsionales;
Que resulta procedente otorgar al causante, una bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico, en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales del Hospital Provincial Descentralizado Zonal General de Agudos "Simplemente Evita" de González Catán, de acuerdo a lo normado por Decreto Nº 377/08;
Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Relaciones Laborales, dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente del Ministerio de Economía;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, exceptuándose de los alcances del artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E, a partir del 8 de octubre de 2018, de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528, como personal comprendido en la carrera profesional hospitalaria, en el grado de asistente, con carácter interino, a Julio Roberto QUIROGA (D.N.I. 29.469.501 – Clase 1982), para desempeñar un cargo de médico, especialidad: neumonología, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor (artículo 25 de la Ley N° 10.471, modificado por el artículo 2° de la Ley N° 10.678) en el Hospital Provincial Descentralizado Zonal General de Agudos "Simplemente Evita" de González Catán, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas.
ARTÍCULO 2°. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, debe controlar que se encuentren reunidos los antecedentes requeridos en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471.
ARTÍCULO 3º. Dejar establecido en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud que, a partir del 8 de octubre de 2018, Julio Roberto QUIROGA (D.N.I. 29.469.501 – Clase 1982), debe efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del 16% sobre la remuneración que perciba, de conformidad con lo establecido por el artículo 4° inciso b) del Decreto - Ley N° 9650/80 (texto ordenado por Decreto N° 600/94), en virtud de lo establecido por Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto N° 2868/02, dado que la especialidad neumonología es considerada insalubre a los fines previsionales.
ARTÍCULO 4º. Otorgar a favor de Julio Roberto QUIROGA (D.N.I. 29.469.501 – Clase 1982), a partir del 8 de octubre de 2018, una bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico, en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales del Hospital Provincial Descentralizado Zonal General de Agudos "Simplemente Evita" de González Catán, de acuerdo a lo normado por Decreto Nº 377/08.
ARTÍCULO 5°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 02: Dirección Provincial de Hospitales – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0020 – Subprograma: 003 – Actividad:1 – Ubicación Geográfica 427 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria – Presupuesto General Ejercicio 2019 – Ley N° 15078.
ARTÍCULO 6º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 7º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Andres Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro; María Eugenia Vidal, Gobernadora