DECRETO 973/2025

LA PLATA, 14 de Mayo de 2025

VISTO el expediente EX-2025-16182650-GDEBA-DALSGG, correspondiente a las actuaciones legislativas E-125/25-26, y

CONSIDERANDO:

Que por el referido expediente tramita la promulgación de un Proyecto de Ley, sancionado por la Honorable Legislatura el 12 de mayo de 2025, a través del cual se modifican por única vez, para la elección a celebrarse en el presente año, los plazos previstos en el artículo 61 de la Ley N° 5109 y sus modificatorias;

Que los mismos quedan establecidos en cincuenta (50) días anteriores a la fecha del acto electoral para la presentación de las listas de los partidos inscriptos a la Junta Electoral para su oficialización, y en treinta (30) días para la presentación de las boletas identificatorias de los candidatos oficializados;

Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 108 y 144 inciso 2° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Promulgar la Ley N° 15.523, sancionada por la Honorable Legislatura el 12 de mayo de 2025, que como Anexo Único (IF-2025-16187564-GDEBA-DROYCASGG) forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.