FUNDAMENTOS DE LA LEY 15608
HONORABLE LEGISLATURA. Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que tiene por objeto instituir como Fiesta Provincial al evento "Fiesta Provincial de Fiambre Casero" que lleva más de 40 años celebrándose en la localidad de Agustín Roca, partido de Junín.
La fiesta tiene su origen en el siglo XIX cuando, en las tierras donde funcionaba la estación del ferrocarril "Estación Roca", la Liga Agrícola Ganadera organizó un evento para mostrar los famosos fiambres de la familia Roca. Dichos chacinados, eran elaborados con las recetas de los productores de origen italiano, quienes seguían la tradición de celebrar la faena del primer cerdo de la temporada. El momento era importante porque el fiambre elaborado con los primeros fríos del invierno, alcanza el punto justo de estacionamiento y sabor.
Así nació esta fiesta que celebra los chorizos y a las bondiolas cocinadas a las brasas, el lomito, el jamón, los salames y el paté.
Hoy en día, los habitantes de Agustín Roca, atesoran este momento festivo, promocionando y convocando a las localidades vecinas y a sus visitantes ocasionales, dando así un carácter emblemático a la celebración.
Como todos los años, la subsecretaría municipal junto a la delegación municipal, el Club Origone y la Sociedad de Fomento organizan las diferentes temáticas entre las que se destacan -además de la tradicional cena- ferias artesanales, actividades para niños, patio de comidas, expositores de fiambres, exhibición de maquinarias agrícolas y viales, paseos en sulky, museos, muestras de fotos y bailes populares.
En este contexto, las familias, artesanos y productores de la zona se congregan para degustar los exquisitos chacinados locales, pasar un momento en familia y disfrutar de la vida al aire libre.
Por llevar más de 40 años celebrándose, por su jerarquía, permanencia y repercusión dentro del ámbito provincial y regional, y su futura proyección nacional, la "Fiesta Provincial del Fiambre Casero" debería instituirse como Fiesta Provincial en los términos de la presente ley.
La propuesta replica los expedientes número E-258 18/19, E-45 20/21, del senador mandato cumplido Juan Carlos Fiorini, los cuales fueron archivados por caducidad sin el tratamiento correspondiente en las comisiones asignadas de la Honorable Cámara de Senadores.
Asimismo, se replica el expediente número E-113 22/23 iniciado por quien suscribe el presente, aprobado por unanimidad, sin modificaciones, en las Comisiones de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica y Legislación General, luego fue aprobado por el H. Senado y finalmente fue archivado sin tratamiento en la Honorable Cámara de Diputados.
Por lo expuesto, solicito me acompañen con su voto favorable en la presente iniciativa.