LEY 13664

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Declárase el día 11 de abril de cada año, como Día de la Constitución Provincial en conmemoración de su sanción, acaecida el 11 de abril de 1854.


ARTICULO 2.- Invítase a la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires, en coincidencia con las autoridades educativas de las distintas jurisdicciones, a acordar la inclusión de jornadas alusivas al día provincial instituido por el artículo anterior en los respectivos calendarios escolares y académicos. El objetivo de estas jornadas será el de reflexionar sobre los significados, importancia y efectividad de los postulados normativos de nuestra Constitución, particularmente, los derechos y garantías de los habitantes y la observancia de los valores democráticos.


ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.