LEY 14700

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

 

ARTÍCULO 1°.- Declárase Ciudadano Ilustre “post mortem” al Dr. Argentino Rodolfo Arribalzaga por su invalorable contribución a la medicina, especialmente por sus trascendentes investigaciones científicas que posibilitaron la descripción y el tratamiento de la Fiebre Hemorrágica Argentina.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los diecisiete días del mes de diciembre de dos mil catorce.