DECRETO 1583/89
LA PLATA, 21 de ABRIL de 1989.
VISTO el expediente 2.305-674/89 del Ministerio de Economía, donde la Dirección Provincial de Presupuesto manifiesta la necesidad de adecuar las normas del Decreto 507/73; y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nacional 367/89 se ha dispuesto el incremento de la asignación por cada hijo menor de cuatro años;
Por ello, y de acuerdo a lo establecido en la Ley 8.218, por la que se fijan a partir del 1º de Abril de 1974, para los agentes de la Administración Pública de la Provincia, las Asignaciones Familiares vigentes o que se establezcan en el futuro para el personal de la Administración Pública Nacional;
DECRETA
ARTICULO 1.- Modificase el artículo 6º del Decreto 507/73,
incorporándose un párrafo que disponga:
“... El importe mensual correspondiente a la asignación por hijo y/o menor a
cargo será incrementado, cuando se tratare de hijos menores de cuatro años de
edad, en la suma determinada para la asignación por escolaridad primaria”.
ARTICULO 2.- Las disposiciones del presente Decreto comenzarán a
regir a partir del día 1º de Abril del corriente año.
ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor
Ministro Secretario en el Departamento de Economía.
ARTICULO 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín
Oficial, pase a la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de
Economía y a la Contaduría General de la Provincia para su conocimiento y demás
efectos.