DECRETO 1583/89

 

LA PLATA, 21 de ABRIL de 1989.

 

VISTO el expediente 2.305-674/89 del Ministerio de Economía, donde la Dirección Provincial de Presupuesto manifiesta la necesidad de adecuar las normas del Decreto 507/73; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Decreto Nacional 367/89 se ha dispuesto el incremento de la asignación por cada hijo menor de cuatro años;

 

Por ello, y de acuerdo a lo establecido en la Ley 8.218, por la que se fijan a partir del 1º de Abril de 1974, para los agentes de la Administración Pública de la Provincia, las Asignaciones Familiares vigentes o que se establezcan en el futuro para el personal de la Administración Pública Nacional;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA


ARTICULO 1.- Modificase el artículo 6º del Decreto 507/73, incorporándose un párrafo que disponga:


“... El importe mensual correspondiente a la asignación por hijo y/o menor a cargo será incrementado, cuando se tratare de hijos menores de cuatro años de edad, en la suma determinada para la asignación por escolaridad primaria”.


ARTICULO 2.- Las disposiciones del presente Decreto comenzarán a regir a partir del día 1º de Abril del corriente año.


ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía.


ARTICULO 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial, pase a la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y a la Contaduría General de la Provincia para su conocimiento y demás efectos.