DECRETO 1036/2021
LA PLATA, 22 de Noviembre de 2021
VISTO el expediente EX-2021-22664134-GDEBA-DPELSPMHYFGP del Ministerio de Hacienda y Finanzas, mediante el cual se propicia establecer los montos y tramos de ingresos percibidos por el grupo familiar, que fueran previstos por el Decreto N° 333/21, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 1516/04 y modificatorios estableció el régimen de asignaciones familiares para el personal en actividad dependiente de la Administración Pública provincial, así como para los y las beneficiarios/as del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires y de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2060/04 se aprobaron las normas de procedimientos, requisitos y condiciones aplicables para el otorgamiento de las prestaciones previstas en el decreto referido en el párrafo precedente;
Que el Decreto N° 1460/12 modificó el sentido de acceso a las asignaciones familiares, otorgando prioridad al análisis de la situación de cada grupo familiar;
Que es decisión del Gobierno provincial adecuar la cuantía del régimen de asignaciones familiares, así como los topes y rangos de ingresos que habilitan su percepción profundizan do las políticas retributivas del Estado Provincial, con el objeto de afianzar la equidad y solidaridad social;
Que en razón de los incrementos de los sueldos del personal de la Administración Pública desde el 1° de octubre de 2021 y 1° de noviembre de 2021, resulta oportuno y conveniente modificar los rangos salariales que determinan la cuantía de las asignaciones familiares, que se encuentran fijados en el Decreto N° 333/21;
Que, asimismo, se estipula el incremento en el monto de las asignaciones familiares desde el 1° de diciembre de 2021;
Que, a fin de proceder al otorgamiento de las asignaciones familiares en particular, deberán cumplimentarse con los recaudos exigidos en los artículos 5° y 6° del Decreto N° 1.363/13;
Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público de la Subsecretaria de Coordinación Económica y Estadística y la Dirección Provincial de Presupuesto Público de la Subsecretaría de Hacienda, áreas pertenecientes al Ministerio de Hacienda y Finanzas, como asimismo, la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, la Subsecretaría de Relaciones del Trabajo y la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires;
Que se han expedido Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Establecer, desde el 1° de octubre de 2021, 1° noviembre de 2021 y 1° de diciembre de 2021, los montos y tramos de ingresos percibidos por el grupo familiar, que fueran previstos por el Decreto N° 333/21, de acuerdo a los valores que se determinan en los Anexos I (IF-2021-22666324- GDEBA-DPELSPMHYFGP) y II (IF-2021-22666566-GDEBA-DPELSPMHYFGP), que forman parte integrante del presente, fijando los importes de las prestaciones del régimen de asignaciones familiares, dispuesto por el Decreto N° 1516/04 y modificatorios.
ARTÍCULO 2°. Excluir de las prestaciones del presente, con excepción de las asignaciones familiares por hijos/as con discapacidad, a los y las trabajadores/as cuyo grupo familiar perciba a partir del 1° de octubre de 2021 un ingreso inferior a pesos cinco mil setecientos noventa y cuatro ($5.794) y a partir del 1° de noviembre de 2021, un ingreso inferior a pesos cinco mil novecientos treinta y ocho ($5.938) o superior a pesos doscientos diez mil doscientos setenta y ocho ($210.278), que se calculará en función de la totalidad de los ingresos correspondientes al grupo familiar.
ARTÍCULO 3°. Excluir de las prestaciones del presente, con excepción de las asignaciones familiares por hijos/as con discapacidad, a los y las beneficiarios/as del Instituto de Previsión Social y de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías, cuyo grupo familiar en su conjunto, perciba ingresos superiores a pesos doscientos diez mil doscientos setenta y ocho ($210.278).
ARTÍCULO 4°. Disponer que la percepción de un ingreso superior a ciento cinco mil ciento treinta y nueve pesos ($105.139) por uno de los integrantes del grupo familiar, excluye a dicho grupo, del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando en la totalidad de los ingresos no alcance al límite máximo establecido en los artículos 2° o 3° del presente, según corresponda.
No quedarán alcanzadas en las limitaciones del presente artículo las asignaciones familiares por hijos/as con discapacidad.
ARTÍCULO 5°. Establecer que el trabajador o la trabajadora que efectúe deducción especial por cargas de familia correspondiente a hijo/a y/o cónyuge, de conformidad con lo establecido en la Ley de Impuesto a las Ganancias, Texto Ordenado en 2019”, no podrá percibir las asignaciones familiares por hijo/a, hijo/a con discapacidad o cónyuge que se regulan en el presente decreto.
ARTÍCULO 6°. Determinar que, a fin de proceder al otorgamiento de las asignaciones familiares en particular, deberán cumplimentarse con los recaudos exigidos en los artículos 5° y 6° del Decreto N° 1363/13.
ARTÍCULO 7°. Facultar al Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires a dictar las normas interpretativas, complementarias y aclaratorias necesarias para implementar lo dispuesto en el presente.
ARTÍCULO 8°. El presente decreto será refrendado por los/las Ministros/as Secretarios/as en los Departamentos de Hacienda y Finanzas, de Trabajo y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 9°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA, pasar al Instituto de Previsión Social, a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y a la Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archivar.
Pablo Julio López, Ministro; Mara Ruiz Malec, Ministra; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.
Anexo 1
Asignaciones familiares para el personal en actividad dependiente de la Administración Pública Provincial Vigente a partir del 1° de octubre de 2021
PRESTACIÓN |
MONTO |
ASIGNACIÓN POR HIJO/A |
|
Ingreso del grupo familiar entre $5.794 y $50.404 |
$ 2.639 |
Ingreso del grupo familiar entre $50.404,01 y $73.930 |
$ 1.544 |
Ingreso del grupo familiar entre $73.930,01 y $85.353 |
$ 930 |
Ingreso del grupo familiar entre $85.353,01y $210.278 |
$ 476 |
ASIGNACIÓN POR HIJO/A CON DISCAPACIDAD |
|
Ingreso del grupo familiar hasta $50.404 |
$ 8.606 |
Ingreso del grupo familiar entre $50.404,01 y $73.930 |
$ 5.291 |
Ingreso del grupo familiar superior a $73.930 |
$ 3.336 |
ASIGNACIÓN PRENATAL |
|
Ingreso del grupo familiar entre $5.794 y $50.404 |
$ 2.639 |
Ingreso del grupo familiar entre $50.404,01 y $73.930 |
$ 1.544 |
Ingreso del grupo familiar entre $73.930,01 y $85.353 |
$ 930 |
Ingreso del grupo familiar entre $85.353,01y $210.278 |
$ 476 |
ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL |
|
Ingreso del grupo familiar entre $5.794 y $210.278 |
$ 1.921 |
ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO/A CON DISCAPACIDAD |
|
Sin tope de ingreso del grupo familiar |
$ 3.842 |
ASIGNACIÓN POR NACIMIENTO |
|
Ingreso del grupo familiar entre $5.794 y $210.278 |
$ 2.675 |
ASIGNACIÓN POR ADOPCIÓN |
|
Ingreso del grupo familiar entre $5.794 y $210.278 |
$ 16.028 |
ASIGNACIÓN POR MATRIMONIO |
|
Ingreso del grupo familiar entre $5.794 y $210.278 |
$ 4.008 |
PRESTACIÓN |
MONTO |
ASIGNACIÓN POR HIJO/A |
|
Ingreso del grupo familiar entre $5.938 y $51.650 |
$ 2.639 |
Ingreso del grupo familiar entre $51.650,01 y $75.758 |
$ 1.544 |
Ingreso del grupo familiar entre $75.758,01 y $87.464 |
$ 930 |
Ingreso del grupo familiar entre $87.464,01y $210.278 |
$ 476 |
ASIGNACIÓN POR HIJO/A CON DISCAPACIDAD |
|
Ingreso del grupo familiar hasta $51.650 |
$ 8.606 |
Ingreso del grupo familiar entre $51.650,01 y $75.758 |
$ 5.291 |
Ingreso del grupo familiar superior a $75.758 |
$ 3.336 |
ASIGNACIÓN PRENATAL |
|
Ingreso del grupo familiar entre $5.938 y $51.650 |
$ 2.639 |
Ingreso del grupo familiar entre $51.650,01 y $75.758 |
$ 1.544 |
Ingreso del grupo familiar entre $75.758,01 y $87.464 |
$ 930 |
Ingreso del grupo familiar entre $87.464,01y $210.278 |
$ 476 |
ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL |
|
Ingreso del grupo familiar entre $5.938 y $210.278 |
$ 1.921 |
ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO/A CON DISCAPACIDAD |
|
Sin tope de ingreso del grupo familiar |
$ 3.842 |
ASIGNACIÓN POR NACIMIENTO |
|
Ingreso del grupo familiar entre $5.938 y $210.278 |
$ 2.675 |
ASIGNACIÓN POR ADOPCIÓN |
|
Ingreso del grupo familiar entre $5.938 y $210.278 |
$ 16.028 |
ASIGNACIÓN POR MATRIMONIO |
|
Ingreso del grupo familiar entre $5.938 y $210.278 |
$ 4.008 |
PRESTACIÓN |
MONTO |
ASIGNACIÓN POR HIJO/A |
|
Ingreso del grupo familiar entre $5.938 y $51.650 |
$ 3.827 |
Ingreso del grupo familiar entre $51.650,01 y $75.758 |
$ 2.239 |
Ingreso del grupo familiar entre $75.758,01 y $87.464 |
$ 1.349 |
Ingreso del grupo familiar entre $87.464,01y $210.278 |
$ 690 |
ASIGNACIÓN POR HIJO/A CON DISCAPACIDAD |
|
Ingreso del grupo familiar hasta $51.650 |
$ 12.479 |
Ingreso del grupo familiar entre $51.650,01 y $75.758 |
$ 7.672 |
Ingreso del grupo familiar superior a $75.758 |
$ 4.837 |
ASIGNACIÓN PRENATAL |
|
Ingreso del grupo familiar entre $5.938 y $51.650 |
$ 3.827 |
Ingreso del grupo familiar entre $51.650,01 y $75.758 |
$ 2.239 |
Ingreso del grupo familiar entre $75.758,01 y $87.464 |
$ 1.349 |
Ingreso del grupo familiar entre $87.464,01y $210.278 |
$ 690 |
ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL |
|
Ingreso del grupo familiar entre $5.938 y $210.278 |
$ 2.785 |
ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO/A CON DISCAPACIDAD |
|
Sin tope de ingreso del grupo familiar |
$ 5.570 |
ASIGNACIÓN POR NACIMIENTO |
|
Ingreso del grupo familiar entre $5.938 y $210.278 |
$ 3.879 |
ASIGNACIÓN POR ADOPCIÓN |
|
Ingreso del grupo familiar entre $5.938 y $210.278 |
$ 23.241 |
ASIGNACIÓN POR MATRIMONIO |
|
Ingreso del grupo familiar entre $5.938 y $210.278 |
$ 5.812 |
Anexo 2
Asignaciones familiares para los beneficiarios/asdel Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires y de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía
Vigente a partir del 1° de octubre de 2021
PRESTACIÓN |
MONTO |
ASIGNACIÓN POR HIJO/A |
|
Ingreso del grupo familiar hasta $50.404 |
$ 2.639 |
Ingreso del grupo familiar entre $50.404,01 y $73.930 |
$ 1.544 |
Ingreso del grupo familiar entre $73.930,01 y $85.353 |
$ 930 |
Ingreso del grupo familiar entre $85.353,01y $210.278 |
$ 476 |
ASIGNACIÓN POR HIJO/A CON DISCAPACIDAD |
|
Ingreso del grupo familiar hasta $50.404 |
$ 8.606 |
Ingreso del grupo familiar entre $50.404,01 y $73.930 |
$ 5.291 |
Ingreso del grupo familiar superior a $73.930 |
$ 3.336 |
ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL |
|
Ingreso del grupo familiar hasta $210.278 |
$ 1.921 |
ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO/A CON DISCAPACIDAD |
|
Sin tope de ingreso del grupo familiar |
$ 3.842 |
ASIGNACIÓN POR CÓNYUGE |
|
Ingreso del grupo familiar hasta $210.278 |
$ 634 |
PRESTACIÓN |
MONTO |
ASIGNACIÓN POR HIJO/A |
|
Ingreso del grupo familiar hasta $51.650 |
$ 2.639 |
Ingreso del grupo familiar entre $51.650,01 y $75.758 |
$ 1.544 |
Ingreso del grupo familiar entre $75.758,01 y $87.464 |
$ 930 |
Ingreso del grupo familiar entre $87.464,01y $210.278 |
$ 476 |
ASIGNACIÓN POR HIJO/A CON DISCAPACIDAD |
|
Ingreso del grupo familiar hasta $51.650 |
$ 8.606 |
Ingreso del grupo familiar entre $51.650,01 y $75.758 |
$ 5.291 |
Ingreso del grupo familiar superior a $75.758 |
$ 3.336 |
ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL |
|
Ingreso del grupo familiar hasta $210.278 |
$ 1.921 |
ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO/A CON DISCAPACIDAD |
|
Sin tope de ingreso del grupo familiar |
$ 3.842 |
ASIGNACIÓN POR CÓNYUGE |
|
Ingreso del grupo familiar hasta $210.278 |
$ 634 |
PRESTACIÓN |
MONTO |
ASIGNACIÓN POR HIJO/A |
|
Ingreso del grupo familiar hasta $51.650 |
$ 3.827 |
Ingreso del grupo familiar entre $51.650,01 y $75.758 |
$ 2.239 |
Ingreso del grupo familiar entre $75.758,01 y $87.464 |
$ 1.349 |
Ingreso del grupo familiar entre $87.464,01y $210.278 |
$ 690 |
ASIGNACIÓN POR HIJO/A CON DISCAPACIDAD |
|
Ingreso del grupo familiar hasta $51.650 |
$ 12.479 |
Ingreso del grupo familiar entre $51.650,01 y $75.758 |
$ 7.672 |
Ingreso del grupo familiar superior a $75.758 |
$ 4.837 |
ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL |
|
Ingreso del grupo familiar hasta $210.278 |
$ 2.785 |
ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO/A CON DISCAPACIDAD |
|
Sin tope de ingreso del grupo familiar |
$ 5.570 |
ASIGNACIÓN POR CÓNYUGE |
|
Ingreso del grupo familiar hasta $210.278 |
$ 919 |