DECRETO 919/2021

LA PLATA, 28 de Octubre de 2021

VISTO el expediente EX-2021-23191633-GDEBA-DSTAMMPGYDSGP mediante el cual se propicia establecer el “Día de las trabajadoras y de los trabajadores del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual”, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 15.164 se creó el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual en el ámbito del Poder Ejecutivo, asignándole entre sus competencias, las de entender en todo lo inherente a las políticas de género y diversidad sexual y diseñar las políticas integrales de abordaje destinadas a prevenir, erradicar y sancionar las violencias por razones de género y de asistencia a las víctimas, como así también, intervenir en la prevención y erradicación de todo tipo de discriminación, violencia, acoso y maltrato contra las mujeres y LGTBI+;

Que, por Decreto N° 45/20 se aprobó la estructura orgánico funcional de dicha Cartera Ministerial;

Que como fuera adoptado en otros ámbitos de la Administración Pública provincial, resulta pertinente instituir el día del personal dependiente del mencionado Ministerio;

Que ello significa un reconocimiento a la labor que cumplen las y los agentes del mismo y, a su vez, un motivo de merecida celebración;

Que la elección de la fecha se realizó de manera participativa a través de una votación que incluyó a todos y a todas las agentes del Ministerio;

Que, como resultado, fue seleccionado el día 11 de noviembre, en memoria de la histórica jornada desarrollada en 1951, en la que las mujeres concurrieron por primera vez a las urnas para participar de las elecciones presidenciales de nuestro país;

Que, como resultado de dichas elecciones ocuparon bancas veintitrés (23) diputadas y seis (6) senadoras nacionales que, junto a las legisladoras provinciales, sumaron un total 109 mujeres elegidas;

Que el acontecimiento marcó el antecedente del cupo de representación femenina en las listas, con pocas experiencias similares en el mundo en ese momento;

Que se ha expedido favorablemente el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual;

Que ha tomado intervención en razón de su competencia la Asesoría General de Gobierno;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 – proemio – de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Establecer el día 11 de noviembre de cada año como el “Día de las trabajadoras y de los trabajadores del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual”.

ARTÍCULO 2°. Disponer que, en el día mencionado en el artículo precedente, todo el personal que preste servicios en el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, gozará de asueto, con la respectiva observancia de las guardias y excepciones de servicios no interrumpibles establecidas normativamente.

ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por las/os Ministras/os Secretarias/os en los Departamentos de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Estela Elvira Díaz, Ministra; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.