LEY 10476
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujetas a expropiación, la fracción de terreno ubicada en el Partido de Tornquist, individualizada catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 120, Parcelas 4-a, 5-a, 6-a, 7-a, 8-a y 9-a, inscripto al Folio 6616-B-907 de Bahía Blanca.
ARTICULO 2.- Los referidos inmuebles serán destinados a la construcción de viviendas y apertura de calles en el Barrio Obrero erigido en el lugar.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se atenderá con los fondos previstos por el Instituto de la Vivienda en la Partida: Carácter 2, Jurisdicción 5, Unidad de Organización 2, Item 04, Finalidad 7, Función 02, Sección 2, Sector 06, Programa 03, Partida Principal 10, Cuenta “Bienes Preexistentes”, Presupuesto 1986.
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.