DECRETO 2033/10

 

 

 

La Plata, 15 de octubre de 2010.

 

 

VISTO el expediente Nº 4115-150/09, por el cual la Municipalidad de Trenque Lauquen modifica la Zonificación Según Usos vigente en el Partido por Ordenanza Nº 40/79 y sus modificatorias, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que por la propuesta elevada se gestiona la convalidación provincial de la Ordenanza Nº 3465/10, promulgada con fecha 8 de junio del corriente año, que aprueba para la Ciudad de Trenque Lauquen, el Código de Zonificación;

 

 

Que la presente propuesta tendrá aplicación para la Ciudad cabecera del Partido quedando, para las localidades de Beruti y Treinta de Agosto, en vigencia lo dispuesto por la Ordenanza Nº 40/79 y modificatorias, hasta tanto se realice para dichos núcleos urbanos un estudio particularizado;

 

 

Que a fojas 650 la Dirección de Gestión Urbana manifiesta que, habiendo tomado conocimiento de los contenidos obrantes y no existiendo observaciones técnicas que formular a la Ordenanza Nº 3465/10 ni a los respectivos Anexos, corresponde elevar las actuaciones a la Subsecretaría de Asuntos Municipales para la prosecución del trámite;

 

 

Que se expidió el Departamento de Planeamiento Estratégico a fojas 656, indicando que del estudio de los actuados no surgen observaciones de carácter técnico que formular, considerando que la propuesta se encuentra avalada por el Municipio, responsables primario del ordenamiento territorial, y por la Dirección de Gestión Urbana, por lo que correspondería propiciar la aprobación por parte del Poder Ejecutivo, criterio compartido por la Dirección Provincial de Desarrollo Regional a fojas 657;

 

 

Que a ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno a fojas 658/658 vuelta;

 

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 83 del Decreto-Ley Nº 8912/77 (TO por Decreto Nº 3389/87) y modificatorios;

 

 

Por ello,

 

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

 

 

ARTÌCULO 1º.- Aprobar la propuesta presentada por la Municipalidad de Trenque Lauquen, por  la cual se modifica el Código de Zonificación vigente en el Partido, instrumentada mediante Ordenanza Nº 3465/10, promulgada con fecha 8 de junio de 2010, que como Anexo compuesto de ciento trece fojas útiles, forman parte del presente, bajo la exclusiva responsabilidad de los organismos técnicos intervinientes.

 

 

ARTÍCULO 2º.- Excluir de los alcances de la aprobación prevista en el artículo 1º, el Capítulo III -Tramitaciones- y el Capítulo VIII -Normas para la Protección del Espacio Público- de la Ordenanza Nº 3465/10 por ser de exclusiva competencia municipal.

 

 

ARTÍCULO 3º.- Establecer que en materia de infraestructura, servicios y equipamiento comunitario deberá darse cumplimiento a lo regulado por los artículos 56, 62 y 63 del Decreto-Ley Nº 8912/77 (TO por Decreto Nº 3389/87), y modificatorio en el momento de aprobarse el plano de subdivisión y/o materialización del uso.

 

 

ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

 

 

ARTÍCULO 5º.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Pasar al Ministerio de Gobierno. Cumplido archivar.

 

 

NOTA: El Anexo del presente Decreto no se encuentra digitalizado. Dado que el mismo consta 113 fojas, lo invitamos a acercarse a nuestra Biblioteca (sita en la Casa Central de Boletín Oficial - calle 3 esquina 523 de Tolosa, La Plata en el horario de 8 a 13), donde se encuentra archivado el original de dicha norma en “formato papel” para consultar su texto y –eventualmente- fotocopiar la parte que necesite del mismo.