DECRETO 2997/10

 

La Plata, 30 de diciembre de 2010.

 

VISTO el expediente Nº 22500-9874/10, por medio del cual tramita la aprobación de la Carta Acuerdo Nº 5 al Convenio Marco suscripto entre el Ministerio de Asuntos Agrarios y la Fundación ArgenINTA, aprobado por Decreto Nº 3147/06 y prorrogado por su similar Nº 175/10, que posibilite instrumentar la cooperación técnica-administrativa entre las partes, en la concreción de los programas Incentivo Forestal, Plan Ganadero Provincial y Fiscalización Pesquera, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que para la realización de las actividades previstas en la Carta Acuerdo mencionada en el exordio del presente el Ministerio de Asuntos Agrarios asignará la suma de pesos dos millones seiscientos mil ($ 2.600.000), monto que incluye el concepto de Gastos Administrativos y Técnicos (COGAyT);

 

Que el Ministerio realizará el control financiero de los recursos y el seguimiento y evaluación de las actividades previstas en el acuerdo de referencia;

 

Que la Fundación ArgenINTA compromete el apoyo técnico y administrativo para la ejecución de las actividades previstas;

 

Que ha tomado intervención con su competencia la Dirección Provincial de Presupuesto;

 

Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

 

ARTÌCULO 1º.- Aprobar la Carta Acuerdo Nº 5 suscripta entre el Ministerio de Asuntos Agrarios y la Fundación ArgenINTA, al Convenio aprobado por Decreto Nº 3147/06 y prorrogado por su similar Nº 175/10, que posibilite instrumentar la cooperación técnica-administrativa entre las partes en la concreción de los programas Incentivo Forestal, Plan Ganadero Provincial y Fiscalización Pesquera, cuyo texto, como Anexo Único, pase a formar parte del presente.

 

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el gasto de hasta la suma de pesos dos millones seiscientos mil ($ 2.600.000) comprendidos en la Carta Acuerdo aprobada por el artículo 1º del presente.

 

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 1º y 2º, será atendida por el Presupuesto del Ejercicio 2010, con cargo a la siguiente imputación: ACE 1-Finalidad 1 -Función 3-Fuente de Financiamiento 1.1-Partida Principal 5- Subprincipal 1- Parcial 7- Subparcial 5- pesos un millón trescientos mil ($1.300.000), Programa 11-AES 2-Finalidad 4-Función 5-Fuente de Financiamiento 1.3 - Partida Principal 5- Subprincial 1- Parcial 7- Subparcial 5- pesos novecientos mil ($900.000), Programa 11- AES 3- Finalidad 4- Función 5- Fuente de Financiamiento 1.3- Partida Principal 5- Subprincipal 1- Parcial 7- Subparcial 5- pesos cuatrocientos mil ($400.000), Presupuesto Ejercicio 2010, Ley Nº 14062.

 

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Asuntos Agrarios.

 

ARTÍCULO 5º.- Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, cumplido archivar.

 

NOTA: El Anexo Único puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.