DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA,
VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS

DECRETO 768

La Plata, 15 de mayo de 2003.

Visto: El expediente Nº 2.408-4.489/02 del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, mediante el cual se gestiona declarar la prescripción adquisitiva del inmueble que ocupa la Planta Depuradora de Líquidos Cloacales de Vedia, ubicada en el partido de Leandro N. Alem; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 19 la División Tierras y Agrimensura señala que la Provincia cuenta con la posesión del bien desde el 26 de enero de 1977, fecha en que se iniciaron los trabajos de replanteo de la obra según consta en el acta obrante a fs. 17 siendo aprobada la misma mediante Disposición Nº 598/77 (fs. 18);

Que de lo actuado surge que el Fisco cuenta con la posesión pacífica e ininterrumpida del bien en cuestión desde hace más de 20 años, motivo por el cual y con encuadre en lo dispuesto por la Ley 21.477, modificada por su similar Nº 24.320, corresponde declarar la prescripción adquisitiva del inmueble citado a favor de la Provincia de Buenos Aires;

Que analizada la documentación que obra en el presente, se ve claramente que se han cumplido los recaudos exigidos por el artículo 4.015 del Código Civil mediante el ejercicio de actos posesorios en forma continua durante más tiempo del lapso citado precedentemente con el ánimo de tener la cosa para sí;

Que a fs. 23 toma intervención la Contaduría General de la Provincia;

Que con lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno (fs. 22) y de conformidad con la vista del señor Fiscal de Estado (fs. 26), procede el dictado del pertinente acto administrativo;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1º: Declárase operada la prescripción adquisitiva a favor del Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del inmueble que ocupa la Planta Depuradora de Líquidos Cloacales de Vedia, ubicada en el partido de Leandro N. Alem identificada en el plano de mensura: 59-45-73, de una superficie de 3 Ha., 17 A, 89. Ca., nomenclatura catastral: Circunscripción VI- Parcela 119a, inscripto su dominio en la matrícula Nº 3.710 del partido de Leandro N. Alem.

Artículo 2º: Dese intervención a la Escribanía General de Gobierno, a fin de que se sirva otorgar los actos notariales pertinentes.

Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.

Artículo 4º: Regístrese, notifíquese al señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dese al “Boletín Oficial” y vuelva al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos (Administración General de Obras Sanitarias - Residual) para su conocimiento y fines pertinentes.

SOLA
R. Rivara