DECRETO 261/2021
LA PLATA, 30 de Abril de 2021
VISTO el expediente EX-2020-29014162-GDEBA-HZEOIDABMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual tramita la aceptación de la renuncia, a partir del 21 de septiembre de 2020, de César Eduardo TORILLO como Director Asociado del Hospital Zonal Especializado de Odontología Infantil "Dr. Adolfo M. Bollini" de La Plata, y
CONSIDERANDO:
Que César Eduardo TORILLO presentó su renuncia como Director Asociado, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Zonal Especializado de Odontología Infantil "Dr. Adolfo M. Bollini" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, quien había sido designado por Decreto N° 683/17 E, siendo aceptada a partir del 21 de septiembre de 2020;
Que la presente situación se encuentra contemplada en lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10528;
Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que el agente saliente se halla involucrado en proceso sumarial, que a la fecha se encuentra pendiente de resolución, razón por la cual la causal de cese debe quedar supeditada al resultado de aquellas actuaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 90 inciso b) de la Ley Nº 10430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96);
Que es procedente limitar los alcances del artículo 4° del Decreto N° 683/17 E, dejando establecido que César Eduardo TORILLO se reintegra a su cargo de revista como Odontólogo de Hospital “B” en el establecimiento citado en el exordio del presente, manteniendo el régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y el beneficio de bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, de conformidad con lo establecido por el artículo 17 de la reglamentación de la Ley N° 10471, aprobada por Decreto N° 3589/91;
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 21 de septiembre de 2020, la renuncia presentada por César Eduardo TORILLO (DNI N° 23.979.378 - Clase 1974), como Director Asociado del Hospital Zonal Especializado de Odontología Infantil "Dr. Adolfo M. Bollini" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, quien había sido designado por Decreto N° 683/17 E, de conformidad con lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10528.
ARTÍCULO 2°. Dejar establecido que la causal de cese del agente César Eduardo TORILLO (DNI N° 23.979.378 - Clase 1974) queda supeditada al resultado que arrojen las actuaciones sumariales que a la fecha se encuentran pendientes de resolución, en razón de lo dispuesto en el artículo 90 inciso b) de la Ley Nº 10430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10528.
ARTÍCULO 3°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 21 de septiembre de 2020, los alcances del artículo 4° del Decreto N° 683/17 E, dejando establecido que el profesional citado en el artículo precedente retomará su cargo de revista como Odontólogo de Hospital “B” en el Hospital Zonal Especializado de Odontología Infantil "Dr. Adolfo M. Bollini" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, manteniendo el régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y el beneficio de bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, de conformidad con lo establecido por el artículo 17 de la reglamentación de la Ley N° 10471, aprobada por Decreto N° 3589/91.
ARTÍCULO 4º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Daniel Gustavo Gollán Carlos Alberto Bianco
Ministro de Salud Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros
Axel KICILLOF
Gobernador