RESOLUCIÓN N° 163-SSOPMIYSPGP-18
LA PLATA, 24 de julio de 2018.
VISTO el expediente Nº EX-2018-03233320-GDEBA-DPAMIYSPGP mediante el cual tramita la Licitación Pública para la adjudicación de la obra: “Construcción CAPS – Grupo 1.7 – Castelar Norte – Morón / Amba”, en el partido de Morón, y
CONSIDERANDO:
Que la presente gestión se encuadra en las previsiones establecidas en la Ley Nº 14.812, reglamentada por el Decreto Nº 443/16, que declara la emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, con la finalidad de paliar el déficit existente y posibilitar la realización de las acciones tendientes a la promoción del bienestar general;
Que mediante Resolución Nº RESOL-2018-375-GDEBA-MIYSPGP de fecha 11 de abril de 2018, se aprobó la documentación y se autorizó a la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra de referencia, con un presupuesto oficial de pesos veintidós millones setecientos trece mil cuatrocientos con ochenta y seis centavos ($ 22.713.400,86), con un plazo de ejecución de trescientos sesenta (360) días corridos;
Que en virtud del artículo 48 de la Ley Nº 6.021, el artículo 2.1.5 de las Especificaciones Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones prevé el otorgamiento de un anticipo financiero equivalente al treinta por ciento (30%) del monto contractual, previa constitución de garantía a satisfacción de este Ministerio;
Que se han cumplimentado las publicaciones en la página Web de la Provincia mediante IF-2018-05482405-GDEBADCOPMIYSPGP conforme lo establecido en el artículo 3º de la Ley de Emergencia Nº 14.812 y su Decreto Reglamentario Nº 443/16;
Que se recibieron tres (3) ofertas según surge del Acta de Apertura de fecha 3 de mayo de 2018, obrante mediante IF-2018-05515881-GDEBA-DCOPMIYSPGP;
Que mediante NO-2018-06829796-GDEBA-DEDPAMIYSPGP y NO-2018-07465305-GDEBA-DEDPAMIYSPGP obran informes técnicos de la Dirección Ejecutiva dependiente de la Dirección Provincial de Arquitectura;
Que la Comisión Evaluadora de Ofertas se expide mediante IF-2018-07616680-GDEBA-DCOPMIYSPGP recomendando adjudicar las referidas labores a la empresa LAIQUEN S.R.L. por la suma de pesos veinte millones novecientos ocho mil seiscientos doce con setenta centavos ($ 20.908.612,70), por considerar su propuesta la más conveniente al interés fiscal;
Que en consecuencia, corresponde desestimar las ofertas de las empresas EBCON S.A. y PRATES Y CÍA. S.A., por ser menos convenientes al interés fiscal;
Que mediante NO-2018-08131420-GDEBA-DPMIYSPGP la Dirección de Presupuesto informa que la obra fue prevista en el Presupuesto General Ejercicio 2018, Ley Nº 14.982, y mediante DOCFI-2018-08130426-GDEBA-DPMIYSPGP realiza la imputación preventiva del gasto;
Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno mediante ACTA-2018-08842426-GDEBA-AEAGG, Contaduría General de la Provincia mediante IF-2018-08963105-GDEBA-CGP y Fiscalía de Estado mediante VT-2018-09339334-GDEBA-FDE;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 23 de la Ley Nº 6.021, el artículo 2° del Decreto Nº DECTO-2018-653-GDEBA-GPBA, y la Ley de Emergencia Nº 14.812, prorrogada por su similar Ley 15.022 y su Decreto Reglamentario Nº 443/16;
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS DEL MINISTERIO
DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Aprobar la Licitación Pública realizada por la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones para la adjudicación de la obra: “Construcción CAPS – Grupo 1.7 – Castelar Norte – Morón / Amba” en el partido de Morón, y declarar suficientes las publicaciones efectuadas.
ARTÍCULO 2°. Adjudicar los trabajos para la ejecución de la obra mencionada en el artículo precedente a la empresa LAIQUEN S.R.L. por la suma de pesos veinte millones novecientos ocho mil seiscientos doce con setenta centavos ($ 20.908.612,70) para obra, a la que agregándole la suma de pesos doscientos nueve mil ochenta y seis con doce centavos ($ 209.086,12) para dirección e inspección, la suma de pesos seiscientos veintisiete mil doscientos cincuenta y ocho con cuarenta centavos ($ 627.258,40) para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modificatoria del artículo 8º de la Ley Nº 6.021 y la suma de pesos doscientos nueve mil ochenta y seis con doce centavos ($ 209.086,12) para embellecimiento, hace un total de pesos veintiún millones novecientos cincuenta y cuatro mil cuarenta y tres con treinta y cuatro centavos ($ 21.954.043,34), estableciéndose un plazo de ejecución de trescientos sesenta (360) días corridos.
ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que en el presente ejercicio se invertirá la suma de pesos dieciocho millones doscientos mil cuarenta y uno con veintisiete centavos ($ 18.200.041,27) para obra, a la que agregándole la suma de pesos ciento ochenta y dos mil con cuarenta y un centavos ($ 182.000,41) para dirección e inspección, la suma de pesos quinientos cuarenta y seis mil uno con veinticinco centavos ($ 546.001,25) para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modificatoria del artículo 8º de la Ley Nº 6.021 y la suma de pesos ciento ochenta y dos mil con cuarenta y un centavos ($ 182.000,41) para embellecimiento (artículo 3º Ley Nº 6.174), hace un total de pesos diecinueve millones ciento diez mil cuarenta y tres con treinta y cuatro centavos ($ 19.110.043,34).
ARTÍCULO 4°. Atender la suma mencionada en el artículo precedente con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General - Ejercicio 2018 - Ley Nº 14982 - JU 14 - PR 8 - SP 1 - PY 11800 – OB 57 - FI 3 - FU 10 - IN 5 - PPR 4 - PPA 2 – SPA 568 - FF 1.1 - UG 568.
ARTÍCULO 5°. Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General de la Provincia, transferirá a las respectivas cuentas de terceros del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos los importes correspondientes a las reservas para dirección e inspección y para el artículo 8° de la Ley Nº 6.021, modificada por la Ley Nº 14.052 y al Ministerio de Gestión Cultural la correspondiente a embellecimiento, para lo cual se procederá por la Dirección Provincial de Arquitectura a la formación de los respectivos alcances.
ARTÍCULO 6°. La Dirección Provincial de Arquitectura deberá adoptar los recaudos necesarios a efectos de contemplar en el diferido 2019 la suma de pesos dos millones ochocientos cuarenta y cuatro mil ($ 2.844.000), como asimismo gestionará la transferencia de los importes correspondientes a las reservas respectivas.
ARTÍCULO 7°. Aprobar el otorgamiento, previa constitución de garantía, de un anticipo financiero del treinta por ciento (30%) del monto del Contrato, conforme lo establecido en el artículo 2.1.5 de las Especificaciones Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 8°. Desestimar por no ser convenientes al interés fiscal las ofertas presentadas por las empresas: EBCON S.A. y PRATES Y CÍA. S.A.
ARTÍCULO 9°. Proceder por la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones a desglosar y entregar bajo debida constancia, a las empresas mencionadas en el artículo anterior, a quien legalmente corresponda, las garantías que presentaran como afianzamiento de sus ofertas.
ARTÍCULO 10. Dejar establecido que la presente contratación queda sujeta a los términos de los artículos 1º y 2º del Decreto Nº 4041/96.
ARTÍCULO 11. Registrar, notificar al señor Fiscal de Estado, comunicar y girar a la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones. Cumplido, archivar.
Guillermo Cristobal, Subsecretario.
C.C. 9245