Fundamentos de la
Ley 11494
El mayor problema en
la lucha contra el cáncer no sólo en la provincia de Buenos aires, sino en
todo el país, es que las infraestructuras están mal distribuidas,
superpuestas o ignoradas.
Los esfuerzos y
actividades se diluyen por falta de coordinación tanto humana como material.
La Ley 11.158, recientemente
sancionada, afronta una realidad y busca una solución. Dicha norma legal
declara de interés provincial lo concerniente a la investigación, prevención,
diagnóstico, tratamiento, recuperación, rehabilitación y educación sanitaria
del cáncer y enfermedades afines, con el objeto de programar la lucha y
acciones en Oncología, en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires.
El presente proyecto
de ley, que tiende a reformar y enriquecer la Ley 11.158, apunta a cubrir los vacíos
determinados en la misma. Por un lado, una mayor claridad y creatividad en la
provisión de recursos destinados a la lucha provincial contra el cáncer; por
otro, la creación de un organismo que unifique los programas, dependencias y
acciones que hacen a la lucha oncológica en la provincia de Buenos Aires.
Asimismo, se contempla la apertura de centros de alojamiento para enfermos
ambulatorios y terminales, tendientes a una optimización de los recursos
hospitalarios y una significación en las actitudes de atención para con el
paciente neoplásico y su núcleo familiar. Al respecto existen interesantes
experiencias en nuestro país (Neuquén). Por último, se incorporan al sistema
a los establecimientos privados y semiprivados que
reúnan una competente complejidad.
Finalmente, debe
destacase que hasta la sanción de la
Ley 11.158, la cual se proyecta reformar, salvo programas
parciales como el relacionado con el cáncer genito-mamario, no se habían
intentado desarrollar actividades sobre otras localizaciones del cáncer.
Algunas de las causas son: falta de interés de los médicos, ausencia de
organización hospitalaria, falta de ayuda técnica y financiera de las
autoridades competentes, condiciones socio económicas precarias de la mayoría
de los pacientes que concurren a los hospitales, alojamientos y medios de
comunicación inadecuadas, pobre educación sanitaria para la salud.
Como dato
contundente, las cifras estadísticas suministradas por la Subdirección de Información
Sistematizada del Ministerio de Salud y Acción Social (SISMSAS-1991), indican
que por mes fallecen por afecciones malignas 1.543 personas, por día 52
personas y por hora 3 personas. La responsabilidad de revertir y/o disminuir
estos trágicos números, esta en nuestras manos.
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