MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución Nº 80

La Plata, 26 de junio de 2013.

VISTO el expediente Nº 5500-1620/13 por el cual se propicia instituir un Sistema de Cuenta Única del Tesoro, la Ley N° 13.767 de Administración Financiera y Sistema de Control de la Administración General del Estado Provincial y su Decreto Reglamentario Nº 3.260/08, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 7º de la Ley N° 13.767 dispone que el Ministerio de Economía tendrá a su cargo la coordinación y supervisión de los Subsistemas que integran la Administración Financiera;

Que en su carácter de coordinador de los Subsistemas y de conformidad con lo establecido en el artículo 74 de la Ley Nº 13.767, el Ministro de Economía instituirá un Sistema de Cuenta Única del Tesoro (SCUT);

Que el artículo 74 del Anexo Único del Decreto Reglamentario Nº 3.260/08, establece que dicho Sistema estará destinado a atender el manejo ordenado de los fondos públicos de la Administración Pública Provincial;

Que asimismo, dispone que el citado Sistema atenderá todos los pagos y desembolsos comprendidos en la gestión presupuestaria y patrimonial, manteniendo individualizados en la Tesorería General de la Provincia los recursos propios, los afectados, de terceros y todos aquéllos que le correspondan por las asignaciones del Tesoro, a cada una de las jurisdicciones y entidades que integran la Administración Pública Provincial;

Que en concordancia con lo anteriormente expuesto, deben dictarse procedimientos tendientes a evitar el mantenimiento de recursos ociosos en las cuentas bancarias de las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Provincial;

Que la Ley Nº 13.767 establece en su artículo 68 que la Tesorería General de la Provincia es el órgano rector del Subsistema de Tesorería, y como tal dictará las reglamentaciones pertinentes;

Que a su vez, el artículo 74 de la Ley N° 13.767 dispone que la Tesorería General, en su carácter de organismo rector del Subsistema, establecerá el diseño de administración operativa de estos fondos y la habilitación de las respectivas cuentas bancarias y de registro para su implementación;

Que por su parte el artículo 74 punto 1.1 del Anexo Único del Decreto N° 3260/08, reglamentario de la Ley Nº 13.767 determina que el Ministerio de Economía, con la intervención de la Tesorería General de la Provincia, dispondrá la incorporación de las distintas jurisdicciones y entidades integrantes de la Administración Pública Provincial al

Sistema de Cuenta Única del Tesoro (SCUT);

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 7º y 74 de la Ley Nº 13.767, y concordantes del Anexo Único del Decreto Reglamentario Nº 3260/08;

Por ello,

LA MINISTRA DE ECONOMÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Instituir un Sistema de Cuenta Única del Tesoro (SCUT) para el manejo ordenado de los fondos públicos de la Administración Pública Provincial.

ARTÍCULO 2º. Instruir a la Tesorería General de la Provincia a aprobar un Modelo Funcional del Sistema de Cuenta Única del Tesoro (SCUT) que establezca el diseño de administración operativa de los fondos y la habilitación de las respectivas cuentas bancarias y de registro para su implementación.

ARTÍCULO 3º. Establecer que todas las jurisdicciones y entidades integrantes de la Administración Pública Provincial, serán incorporadas al Sistema de Cuenta Única del Tesoro, conforme a las pautas que oportunamente determinen la Tesorería General de la Provincia.

ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

 

Silvina Batakis

Ministra de Economía

C.C. 6.476