LEY 12.489

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de

LEY

Art. 1º) Se establece en el calendario provincial al 21 de marzo como "Día Mundial de la Poesía", como ha sido designado por la Conferencia General de la UNESCO, en su 30ª reunión.

Art. 2º) La Dirección General de Cultura y Educación incorporará el "Día Mundial de la Poesía" al Calendario Escolar, y recomendará a todas las Escuelas de su dependencia a realizar clases especiales sobre dicho género literario.

Art. 3º) Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil.

FELIPE C. SOLA

Presidente H. Senado

Eduardo Horacio Griguoli

Secretario Legislativo H. Senado

FRANCISCO J. FERRO

Presidente H. C. Diputados

Juan Carlos López

Secretario Legislativo H. C. Diputados

DECRETO 3.186

La Plata, 21 de setiembre de 2000.

Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.

RUCKAUF

R. A. Othacehé

REGISTRADA bajo el número DOCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE (12.489).

Gines Ruiz

Secretario Legal y

Técnico de la Gobernación