LEY 12.489
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de
LEY
Art. 1º) Se establece en el calendario provincial al 21 de marzo como "Día Mundial de la Poesía", como ha sido designado por la Conferencia General de la UNESCO, en su 30ª reunión.
Art. 2º) La Dirección General de Cultura y Educación incorporará el "Día Mundial de la Poesía" al Calendario Escolar, y recomendará a todas las Escuelas de su dependencia a realizar clases especiales sobre dicho género literario.
Art. 3º) Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil.
FELIPE C. SOLA
Presidente H. Senado
Eduardo Horacio Griguoli
Secretario Legislativo H. Senado
FRANCISCO J. FERRO
Presidente H. C. Diputados
Juan Carlos López
Secretario Legislativo H. C. Diputados
DECRETO 3.186
La Plata, 21 de setiembre de 2000.
Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.
RUCKAUF
R. A. Othacehé
REGISTRADA bajo el número DOCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE (12.489).
Gines Ruiz
Secretario Legal y
Técnico de la Gobernación