DECRETO 2062/10

 

 

 

La Plata, 15 de octubre de 2010.-

 

 

 

 

 

VISTO lo actuado en el expediente Nº 2166-348/10 y la comunicación cursada por

 

 

la Honorable Cámara de Senadores, por la que pone en conocimiento del Poder

 

 

Ejecutivo, la sanción de una Ley mediante la cual se crea un (1) Tribunal de Trabajo en

 

 

la ciudad de Mar del Tuyú, y se modifican los artículos 24 y 26 de la Ley Nº 5.827 (T.O.

 

 

Decreto Nº 3.702/92 y modificatorias) -Orgánica del Poder Judicial-, y

 

 

 

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

 

 

 

Que el fin perseguido por el proyecto de ley sancionado por la Honorable Legislatura

 

 

con fecha 23 de septiembre de 2010 y que fuera comunicado con fecha 30 de septiembre

 

 

del corriente año, tiene por objeto la creación de un (1) Tribunal de Trabajo en la ciudad

 

 

de Mar del Tuyú, con competencia territorial sobre los partidos de General Lavalle,

 

 

General Madariaga, Municipio Urbano de la Costa, Pinamar y Villa Gesell.

 

 

 

 

 

Que conforme lo informado por el Ministerio de Economía el gasto que surgiera por

 

 

la implementación de dicha Sede, deberá ser absorbido con los créditos autorizados en

 

 

la Ley de Presupuesto para la Administración de Justicia.

 

 

 

 

 

Que por tal circunstancia, procede que dicho Tribunal sea puesto en funcionamiento

 

 

en forma planificada según lo disponga el Ministerio de Justicia y Seguridad, de acuerdo

 

 

a las posibilidades económicas de la Provincia y conforme el índice de litigiosidad que

 

 

se comprobare.

 

 

 

 

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el artículo

 

 

144 inciso 2) de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.

 

 

 

 

 

Por ello,

 

 

 

 

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

 

 

DECRETA:

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 1º - Promulgar la Ley sancionada por la Honorable Legislatura con fecha

 

 

23 de septiembre de 2010, cuya copia como Anexo, forma parte integrante del presente

 

 

decreto.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 2º - Autorizar al Ministerio de Justicia y Seguridad a poner en funcionamiento

 

 

en forma planificada, el Tribunal de Trabajo a que hace referencia el texto de la

 

 

Ley promulgada por el artículo anterior, creado en la ciudad de Mar del Tuyú, de acuerdo

 

 

a las posibilidades económicas de la Provincia y conforme el índice de litigiosidad que

 

 

se comprobare.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 3º - El presente decreto será refrendado por los ministros secretarios en

 

 

los Departamentos de Jefatura de Gabinete de Ministros y de Justicia y Seguridad.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 4º - Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.

 

 

Cumplido, archivar

 

 

 

 

 

Ricardo Casal                                                 Daniel Osvaldo Scioli

 

 

Ministro de Justicia y Seguridad                       Gobernador

 

 

 

 

 

Alberto Pérez

 

 

Ministro de Jefatura de

 

 

Gabinete de Ministros