DEPARTAMENTO DE TRABAJO

DECRETO 760/10

LA PLATA, 3 de JUNIO de 2010.

VISTO el expediente N° 2100-29835/04, por medio del cual tramita la expropiación de las instalaciones y maquinarias existentes dentro del inmueble ubicado en calle Teniente Coronel Bueras Nº 2720 de la localidad de Lanús, designado catastralmente como Circunscripción II, Sección C, Fracción II, Parcela 14, declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación por Ley N° 13.338, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 13.338 fue sancionada el 1 de abril de 2004;

Que por el artículo 3º de la mencionada Ley se estableció que a los efectos del artículo 47 de la Ley General de Expropiaciones, se considerará abandonada la expropiación si el expropiante no promueve el juicio respectivo dentro del plazo de cinco (5) años desde la sanción de dicha Ley;

Que a fojas 142 la Dirección de Registro Oficial de la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires informa que la Ley Nº 13.338 no ha sido prorrogada al día de la fecha;

Que intervienen a fojas 131 la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía, a fojas 136 la Subsecretaría de la Pequeña, Mediana y Microempresa del Ministerio de la Producción y a fojas 139 la Dirección de Contabilidad y Servicios Auxiliares del Ministerio de Trabajo, informando sobre la falta de recursos necesarios para atender la erogación resultante;

Que a fojas 148 el Departamento de Registro de Juicios de Fiscalía de Estado informa que de sus registros no surgen acciones judiciales en las que sea parte el titular del inmueble identificado en el artículo 1º de la Ley Nº 13.338;

Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno a fojas 144, Contaduría General de la Provincia a fojas 146 y 146 vuelta, y Fiscalía de Estado a fojas 82, 82 vuelta, 83, 129, 129 vuelta y 149;

Que la presente gestión se encuadra en las previsiones del artículo 5 y 47 de la Ley General de Expropiaciones N° 5708;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Declarar abandonada la expropiación de las instalaciones y maquinarias existentes dentro del inmueble ubicado en calle Teniente Coronel Bueras Nº 2720 de la localidad de Lanús, designado catastralmente como Circunscripción II, Sección C, Fracción II, Parcela 14, declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación por Ley N° 13.338.

ARTÍCULO 2º.- Ordenar el levantamiento de las anotaciones preventivas dispuestas oportunamente, cursándose la respectiva comunicación al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Trabajo y de la Producción.

ARTÍCULO 4º.- Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Oscar Antonio Cuartango                        Daniel Osvaldo Scioli                            Martín M. N. Ferré    

Ministro de Trabajo                                     Gobernador                                        Ministro de la Producción