FUNDAMENTOS DE LA
LEY 11763
HONORABLE LEGISLATURA:
Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el adjunto proyecto de ley, mediante el cual se sustituye el inciso d) del artículo 24 y se incorpora el inciso e) al artículo 25 del Decreto-Ley 9.578/80 -Régimen del Personal del Servicio Penitenciario-.
Con esta iniciativa, se modifican los efectos remuneratorios que trae aparejado el período de “Disponibilidad Preventiva”.
Esta situación de revista acarrea, para los agentes de la institución que se hallan comprendidos en ella, la suspensión del derecho a la percepción de la totalidad de los haberes hasta tanto se resuelva el sumario que se le instruya.
Tal efecto patrimonial aparece sumamente perjudicial e inequitativo, ora para el personal imputado que resulte sobreseído, ora para el grupo familiar en general, toda vez que no solo se le priva de su remuneración, sino además de las sumas correspondientes a las asignaciones familiares.
En este sentido, la adecuación normativa propuesta además de dar solución a las situaciones descriptas, las resuelve en forma similar al régimen que oportunamente fuera establecido, sobre idéntico supuesto, para el personal de la Policía Bonaerense, a través de la Ley 11.525.
Fundada en estas razones, la pronta aprobación del texto acompañado resultará de estricta ecuanimidad y justicia.
Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.