Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS

Resolución Nº 146

 

La Plata, 19 de julio de 2010.

 

VISTO el expediente N° 22500-5350/09, por el que tramita la designación de la Autoridad de Aplicación, y la aprobación del Convenio Tipo a suscribir con distintos Municipios de la Provincia de Buenos Aires, en el marco del Decreto N° 1418/89 en materia de Pesca, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en el Decreto citado en el exordio de la presente, se establecen los requisitos para la designación de Inspectores Honorarios, así como sus correspondientes obligaciones;

Que habiéndose evaluado la intensa actividad pesquera en esta Provincia, en sus distintas vertientes, resulta imperiosa la incorporación de un Cuerpo de Inspectores Honorarios, con el objeto de ampliar las tareas de fiscalización y control en materia pesquera que ya se encuentra desarrollando esta Jurisdicción;

Que la Dirección Provincial de Pesca será el Organismo responsable para la preselección, formación y supervisión de los Inspectores Honorarios que oportunamente designe esta Titularidad;

Que en razón de las dimensiones del territorio bonaerense, y la diversidad de ambientes fluviales y lacustres de aquellos Distritos Municipales en los que se desarrolla la pesca, se estima oportuna y conveniente la participación de éstos para con la presente iniciativa;

Que para ello se propone un Convenio Tipo a suscribir con los mismos;

Que conforme dicho Convenio, los Municipios cosuscriptores propondrán la designación de aquellas personas que acrediten idoneidad para desempeñar las tareas que se le encomienden en materia del contralor del recurso pesquero, en el ámbito de su respectivo Municipio;

Que a tales efectos, la autoridad de cada Distrito Municipal deberá enviar la información correspondiente a cada candidato, con arreglo a los términos establecidos en el citado Convenio;

Que a fojas 19 y vuelta dictamina la Asesoría General de Gobierno, a fojas 21 informa la Contaduría General de la Provincia, y a fojas 23 y vuelta toma vista de lo obrado el Fiscal de Estado;

 

Por ello;

 

EL MINISTRO DE ASUNTOS AGRARIOS, RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Establecer que la Dirección Provincial de Pesca será el Organismo responsable de la preselección, formación y supervisión del Cuerpo de Inspectores Honorarios que se designe a través de un acto emanado de esta Titularidad.

 

ARTÍCULO 2°. La Dirección Provincial de Pesca extenderá las Credenciales que oportunamente se otorguen como Inspectores Honorarios de este Organismo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 del Anexo I del Decreto N° 1418/89.

 

ARTÍCULO 3°. Aprobar el Convenio Tipo a suscribir con los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, el que pasa a formar parte integrante de la presente como Anexo 1, y la Planilla de Antecedentes para Postulantes a la Función de Inspectores Honorarios, la que pasa a formar parte integrante de la presente como Anexo 2.

 

ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

Ariel Fabián Franetovich

Ministro de Asuntos Agrarios

 

Anexo 1

 

CONVENIO

Entre la Dirección Provincial de Pesca del Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires, en adelante “LA DIRECCIÓN”, representada en este acto por su Titular, (…), con domicilio en calle 12 esquina 51, piso 7 de la Ciudad de La Plata, por una parte, y el Municipio de (…), en adelante “EL MUNICIPIO”, representado en este acto por su Intendente Municipal, (…), con domicilio en (…) de dicho partido, por otra parte, convienen en celebrar el presente Convenio, el que estará sujeto a las siguientes Cláusulas PRIMERA: “EL MUNICIPIO” enviará a “LA DIRECCIÓN” la propuesta de postulantes que considere idóneos para cumplir la función de Inspectores Honorarios con competencia en materia pesquera, con arreglo a los términos de la Ley Provincial de Pesca N° 11477, su Decreto Reglamentario N° 3237/95, el Decreto-Ley N° 8785/77 (Ley de Faltas Agrarias), la Ley N° 10557 y el Decreto N° 1418/89.

SEGUNDA: Dicha propuesta deberá ir acompañada por la Planilla de Antecedentes de Postulantes para la Función de Inspectores Honorarios, que como Anexo 1 obra agregada al presente, debidamente firmada por el interesado, acompañándose también constancias del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Anexo I, artículos 1 y 2 del Decreto N° 1418/89 (Foto tipo carnet, certificado de buena salud, certificado de antecedentes penales, Certificado del curso, fotocopia del Documento Nacional de Identidad).

TERCERA: “LA DIRECCIÓN” evaluará el listado enviado por “LA MUNICIPALIDAD”, del que procederá a la preselección del personal que estime conveniente, para su posterior designación formal por parte del Ministro de Asuntos Agrarios.

CUARTA: “LA DIRECCION”, en caso de estimarlo conveniente, dictará cursos de capacitación para la tarea a desarrollar, notificando, en su caso, las fechas de realización de los mismos a “LA MUNICIPALIDAD”, al que deberán asistir los postulantes  reseleccionados, como requisito para su designación, la que se efectuará de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 1418/89.

QUINTA: “LA DIRECCIÓN” extenderá las credenciales correspondientes, las que tendrán validez de doce (12) meses, conforme al artículo 8° del Anexo I del Decreto N° 1418/89, debiendo, en su caso, hacerse entrega de la credencial vencida para el retiro de una nueva. Para su renovación deberá realizarse el procedimiento que por este Convenio se establece.

SEXTA: El presente Convenio tendrá una validez de dos (2) años, vigentes a partir de su aprobación por parte del Ministerio de Asuntos Agrarios, y renovables automáticamente, salvo que alguna de las partes notifique su decisión en contrario en forma fehaciente, con no menos de noventa (90) días de anticipación, en cuyo caso las designaciones efectuadas perderán su validez. En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de…………………….., a los …… días del mes de…………………………….de dos mil diez.

 

Anexo 2

 

PLANILLA DE ANTECEDENTES PARA POSTULANTES A LA FUNCIÓN DE

INSPECTORES HONORARIOS

 

Apellido y Nombre: ………………………………………………………………..

Domicilio: ……………………………………………………………………………

Localidad: …………………………………………………………………………..

Partido: ………………………………………..Código Postal: ………………….

Documento Tipo: …… N°: …………Fecha de Nacimiento: ……………………

Nacionalidad: ……………………………… Teléfono: (………)………………..

Correo Electrónico: ………………………………………………………………..

Declaro bajo juramento conocer los contenidos del Decreto N° 1418/89 y su Anexo I, y no encontrarme comprendido en las causas de inhabilitación establecidas en el artículo 2° de dicha reglamentación, que se transcribe:

Artículo 2°: Se encuentra inhabilitado para ser Inspector Honorario:

a) El que tenga proceso penal pendiente o haya sido condenado criminalmente por delito doloso, salvo que medie rehabilitación.

b) El que hubiere sido exonerado o declarado cesante por la Administración Pública

Nacional, Provincial o Municipal.

c) El fallido o concursado civilmente, mientras no tenga su rehabilitación.

d) El que tenga relación de empleo público con la Administración Pública Provincial o

Municipal.        Lugar              y                     fecha: …………………………..

 

Firma

 

C.C. 11.620