DECRETO 97/2021

LA PLATA, 3 de marzo de 2021.

VISTO el expediente EX-2020-16725053-GDEBA-GACFVRC de la Corporación de Fomento del Valle Bonaerense del Río Colorado (CORFO), mediante el cual se propicia designar a diversas personas en la Planta Temporaria, como Personal Transitorio Mensualizado de la Ley N° 10430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) Decreto Reglamentario Nº 4161/96 y sus modificatorios, y

 CONSIDERANDO:

Que se propicia designar a diez (10) personas en cargos de la Planta Temporaria, como Personal Transitorio Mensualizado, a partir del 1° de febrero de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive, en las condiciones que en cada caso se indica, de conformidad con los artículos 111 inciso d) y 117 de la Ley N° 10430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, quienes reúnen la totalidad de los recaudos legales y aptitudes necesarios;

Que los cargos a afectar corresponden a la incorporación realizada por el Presupuesto General Ejercicio 2021 - Ley Nº 15225, contando con la partida presupuestaria correspondiente;

Que el administrador general de la Corporación de Fomento del Valle Bonaerense del Río Colorado (CORFO Río Colorado) y el Ministro de Desarrollo Agrario han prestado el aval correspondiente;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que las designaciones que se gestionan encuadran en los términos de los artículos 111 inciso d) y 117 de la Ley N° 10430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96 y modificatorios;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Designar en la jurisdicción 1.1.2.13.00.060 - Ministerio de Desarrollo Agrario -Corporación de Fomento del Valle Bonaerense del Río Colorado (CORFO), a partir del 1° de febrero de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive, en cargos de la Planta Temporaria, como Personal Transitorio Mensualizado, a las personas que se detallan en el Anexo Único (IF-2021-3153290-GDEBA-GACFVRC), que forma parte integrante del presente acto administrativo, en las condiciones que en cada caso se indica, de conformidad con las previsiones de los artículos 111 inciso d) y 117 de la Ley

N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96 y modificatorios.

ARTÍCULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior será atendido con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2021 - Ley Nº 15.225

- Jurisdicción 1.1.2.13.00.060 - Corporación de Fomento del Valle Bonaerense del Río Colorado:

UE: 255 - Actividad Interna 832 - Programa 1 - SubPrograma 0 - Actividad 1 - Finalidad 04 - Función 04 - Fuente de Financiamiento 1.2 - Inciso 1 - Partida Principal 2 - UG 875 - Agrupamiento 3.

UE: 257 - Actividad Interna 833 - Programa 2 - SubPrograma 0 - Actividad 1 - Finalidad 04 - Función 04 Fuente de Financiamiento 1.2 - Inciso 1 - Partida Principal 2 - UG 875 - Agrupamiento 2.

UE: 257 - Actividad Interna 837 - Programa 3 - SubPrograma 3 - Actividad 1 - Finalidad 04 - Función 04 - Fuente de Financiamiento 1.2 - Inciso 1 - Partida Principal 2 - UG 875 - Agrupamientos 2 y 3.

UE: 257 - Actividad Interna 838 - Programa 3 - SubPrograma 4 - Actividad 1 - Finalidad 04 - Función 04 - Fuente de Financiamiento 1.2 - Inciso 1 - Partida Principal 2 - UG 875 - Agrupamiento 5.

ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Desarrollo Agrario y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Javier Leonel Rodríguez                 Carlos Alberto Bianco

Ministro de Desarrollo Agrario          Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros

AXEL KICILLOF

Gobernador

NOTA: El Anexo Único del presente Decreto, puede ser consultado en nuestra Página Web en su versión PDF.