DEPARTAMENTO DE
ASUNTOS AGRARIOS
DECRETO 3.282
La Plata, 6 de diciembre de 2006.
VISTO el expediente N° 2583-1268/06, por el cual el Ministerio de Asuntos Agrarios promueve la modificación al Decreto N° 1286/06, y
CONSIDERANDO:
Que la modificación propicia suprimir el Departamento Informática de la
Dirección de Servicios Técnico-Administrativos, creando la Subdirección de
Informática y los Departamentos Análisis y Programación y Soporte Técnico y
Base de Datos, dependiente en forma directa de la Dirección General de
Administración;
Que la misma se fundamenta en la necesidad de incrementar el servicio
permanente de actualización de las rutinas y programar conforme pautas
tecnológicas actualizadas y además atender las necesidades propias de las
diferentes áreas técnicas, que se expresan concretamente en aumento y calidad
de la información, rapidez de respuesta, veracidad y seguridad, entre otros
objetivos;
Que la gestión externa representa la totalidad de los servicios que presta la
Jurisdicción a la sociedad, caracterizada por atender demandas en número y
complejidad crecientes, de parte de una actividad particularmente dinámica y
gravitante como es la agropecuaria;
Que la reorganización del área informática con vistas a atender las necesidades
de las áreas específicas y de los diversos Programas Agropecuarios en curso de
ejecución, redundará en un aumento de la eficiencia en la prestación de los
servicios, un ponderable incremento en los mecanismos de recaudación,
proporcionará datos estadísticos y otros de mayor significación para la toma de
decisiones;
Que el Ministerio de Asuntos Agrarios requiere de un constante suministro y la
sistematización de toda su documentación por parte de su base de datos,
cubriendo las necesidades más complejas en la ejecución de nuevos programas y
emprendimientos;
Que por Decreto Nº 1286/06 se establece en la Cartera de Asuntos Agrarios, una
nueva Estructura Orgánico-Funcional de dicha Jurisdicción, en concordancia con
las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13.175;
Que habiendo tomado intervención y expedido favorablemente la Subsecretaría de
la Gestión Pública dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, el
Ministerio de Economía y la Asesoría General de Gobierno, corresponde que se
dicte el pertinente acto administrativo;
Que el Artículo 144° -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos
Aires faculta al Poder Ejecutivo como Jefe de la Administración, a proveer a la
estructura de sus Jurisdicciones;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTICULO 1º. Modificar la
Estructura Orgánico-Funcional del Ministerio de Asuntos Agrarios, aprobada por
el Decreto Nº 1286/06, creándose con dependencia directa de la Dirección
General de Administración, la Subdirección de Informática juntamente con el
Departamento Análisis y Programación y el Departamento Soporte Técnico y Base
de Datos, de acuerdo al Organigrama y Acciones que como Anexos 1 y 2, forman
parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 2º. Suprimir el Departamento Informática, dependiente de la Dirección
de Servicios Técnico-Administrativos, el que fuera creado por el Decreto N°
1286/06.
ARTICULO 3º. Determinar para la estructura aprobada por el presente decreto los
siguientes cargos: un (1) Subdirector de Informática; un (1) Jefe de Departamento
de Análisis y Programación; y un (1) Jefe de Departamento Soporte Técnico y
Base de Datos, todos ellos conforme a los cargos vigentes que rigen en la
Administración Pública Provincial, Ley Nº 10.430, Texto Ordenado mediante
Decreto N° 1869/96.
ARTICULO 4º. Limitar las designaciones del personal cuyas funciones no se
correspondan con las unidades orgánicas que se aprueban por el presente,
debiéndose formalizar mediante el dictado de los actos administrativos
correspondientes.
ARTICULO 5º. Suprimir la acción 5º de la Dirección de Servicios
Técnico-Administrativos que fuera aprobada por el Anexo 2d del Decreto Nº
1286/06.
ARTICULO 6º. Sustituir la acción 1º de la Subdirección de Servicios
Técnico-Administrativos que fuera aprobada por el Anexo 2d del Decreto Nº
1286/06 por el siguiente: Administrar las tareas correspondientes a los
Departamentos Mesa General de Entradas y Archivo; Registro, Despacho y
Protocolización; y Coordinación de Procedimientos Técnico-Legales.
ARTICULO 7º. El Ministerio de Economía tramitará a solicitud del Ministerio de
Asuntos Agrarios las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar
cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto, las que deberán ajustarse a
las previsiones contenidas en el Presupuesto General del Ejercicio 2006.
ARTICULO 8º. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios
en los Departamentos de Asuntos Agrarios y de Economía.
ARTICULO 9º. Regístrese, comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y al
SINBA. Cumplido, archívese.
Raúl Rivara |
Felipe Solá |
Ministro de Asuntos Agrarios |
Gobernador |
|
|
Gerardo Adrián Otero |
|
Ministro de Economía |
|
ANEXO I
ANEXO II
DIRECCION GENERAL
DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE INFORMATICA
ACCIONES
1. Organizar, controlar y gestionar los Sistemas de Información requeridos por
las reparticiones el Ministerio.
2. Supervisar, coordinar y atender los controles de las redes informáticas de
la Jurisdicción.
3. Aplicar y controlar el cumplimiento de las normativas y reglamentaciones
dictadas por los Organismos de la Provincia de las cuales dependan las
cuestiones de sistemas informáticos, bases de datos y comunicaciones.
4. Atender las necesidades de mantenimiento y re-equipamiento y elaborar los
informes técnicos previos a toda contratación.
5. Interactuar con Municipios, Organismos Provinciales y con las reparticiones
del Ministerio instaladas en el interior de la Provincia en los cuales existan
sistemas informáticos para atender su mantenimiento.
DEPARTAMENTO DE
ANALISIS Y PROGRAMACION
ACCIONES
1. Programar, documentar, poner en funcionamiento y mantener los sistemas
informáticos que se definan, proponiendo los recursos y la infraestructura a
utilizar.
2. Interactuar con las distintas unidades funcionales de la jurisdicción, a fin
de determinar las necesidades de sistematización de las diferentes rutinas
administrativas, analizar y discutir su importancia, proponer soluciones, planificar
su instrumentación, analizar recursos, costos y plazos de instrumentación.
3. Ejecutar, proponer y mantener actualizado el plan de desarrollo de sistemas
informáticos que requiera el Ministerio para una eficiente gestión.
4. Intervenir en la definición, ejecución y recepción de los sistemas o
aplicaciones que fueran ejecutados por terceros.
5. Analizar y administrar los datos básicos del Ministerio, sobre la base de
las técnicas mas adecuadas, en materia de información y decisión.
6. Proponer los productos de software adecuados para la administración de los
datos, lenguaje de programación, generadores de aplicaciones, herramientas
case, de documentación, etc.
7. Desarrollar, diseñar e instalar aplicaciones en los servidores del
Ministerio, utilizando interfase WEB, para la consulta publica o restringida de
la información.
8. Programar y poner en funcionamiento aplicaciones de redes de área local;
uniformar el ambiente de oficina mediante la adopción de estándares mediante la
aplicación de software para el procesamiento de textos, planillas de cálculos,
impresión, etc.
9. Desarrollar y proponer los planes de capacitación para usuarios informáticos
de la Jurisdicción, tanto en el uso de aplicaciones instaladas, como en lo
referente a utilitarios, servicios de red y software para la automatización de
oficinas.
10. Diseñar y mantener páginas web institucionales, poniéndolas en
disponibilidad del resto de la Administración Pública y particulares.
DEPARTAMENTO
SOPORTE TECNICO Y BASE DE DATOS
ACCIONES
1. Analizar y proponer las soluciones técnicas referentes al hardware y
software de base, frente a los requerimientos de la Dirección para dar
respuesta al procesamiento de datos e información.
2. Administrar los sistemas operativos en funcionamiento en los distintos
servidores interconectados y en las redes de área local, aún cuando estas no
forman parte de la red lógica del Ministerio, ajustando las variables de
control, a fin de lograr el máximo aprovechamiento de los recursos instalados.
3. Administrar la base de datos corporativa, atendiendo a su integridad y
resguardo físico y proponiendo las mejores alternativas para utilizar el tiempo
de acceso y recuperación de los datos.
4. Desarrollar y operar los sistemas para auditoria y control de funcionamiento
del equipamiento.
5. Operar los equipos para el procesamiento de datos instalados, controlando
los parámetros de rendimiento y anticipando las acciones correctivas que fueran
necesarias.
6. Ejecutar los procesos loteados que fueran requeridos, ingreso de datos,
operación de periféricos, control y despacho del material resultante.
7. Intervenir en todos los trámites de compra o alquiler de la Jurisdicción
referentes a hardware, software, vínculos y dispositivos para la trasmisión de
datos, elaborando las especificaciones técnicas, sobre la normativa vigente en
la Provincia.
8. Analizar y proponer las soluciones técnicas en lo referente a los vínculos,
topologías y arquitectura de redes, hardware y software para las
comunicaciones, frente a las necesidades de los usuarios y los requerimientos
de la Dirección para dar respuesta al procesamiento de datos e información.
9. Diseñar física y lógicamente, instalar y mantener la red para el
procesamiento de datos e información del Ministerio.
10. Monitorear el funcionamiento y performance de la red lógica del Ministerio,
proponer e instrumentar las mejoras y soluciones técnicas que en cada caso
correspondieran.
11. Desarrollar y operar los sistemas para auditoria y control de
funcionamiento de la red, de acuerdo a las pautas determinadas por la Unidad de
Auditoria interna.
12 Recibir, distribuir, seguir y responder todos los requerimientos que
efectúen los usuarios de sistemas y recursos informáticos de la Jurisdicción.
13. Operar una mesa de ayuda en línea a los usuarios informáticos.
14. Administrar los medios, vínculos y herramientas para la conexión y
utilización de los recursos de la intranet de la Jurisdicción y de la internet
mundial.
15. Ejecutar los procedimientos de resguardo que determine la superioridad.
16. Interactuar con el Organismo del cual dependa la red de comunicaciones de
la provincia de Buenos Aires a los efectos de establecer las necesidades que en
materia de trasmisión de datos requiera la Jurisdicción.