DECRETO-LEY 7249/66

 

Declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación inmueble ubicado en el Partido de Lanús.

 

LA PLATA, 14 de DICIEMBRE de 1966.

 

VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 4331/966, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la intersección de las calles avenida 9 de julio y Gaebeler, del Partido de Lanús, cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción II, Sección K, Manzana 54, Parcela 17, inscripto su dominio bajo los folios 1.336, 1.338, 1.339 del año 1947 a nombre de Manuel María de Ortúzar y María Manuela de Ortúzar, Guía de Contribuyentes en origen 31.529, con destino a la Escuela Profesional Nº 6 “Nicolás Avellaneda”, del mencionado distrito.

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley será atendido con cargo al Presupuesto de Capital 1966, Anexo VII, Ítem 9, Grupo 1º a), Finalidad 4, Función 01, Programa 7, Objeto 2, Unidad de Inversión Principal 1, Parcial 2, Ubicación Geográfica 060.

 

ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.