LEY 6949
Construcción camino secundario desde estación Uribelarrea hasta Escuela Agrotécnica Salesiana de "Don Bosco", del Partido de Cañuelas.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para que con carácter preferencial y como obra de fomento realice, por intermedio del Ministerio de Obras Públicas, la construcción de un camino secundario consolidado desde la estación Uribelarrea del Ferrocarril General Roca hasta la Escuela Agrotécnica Salesiana de "Don Bosco", en dicha localidad del Partido de Cañuelas.
ARTÍCULO 2.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, serán atendidos con recursos de Rentas Generales, con imputación a la misma.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.