Fundamentos de la Ley 13501

 

 

 

            La presente iniciativa tiene por finalidad dar respuesta a la solicitud de un grupo de trabajadores del Frigorífico El Tolosano que se ven afectados por medidas judiciales que impiden el normal desarrollo de sus tareas y por ende impiden el ejercicio de su legítimo derecho a trabajar, con las consecuencias obvias para su familias.

            El proyecto en consecuencia, plantea declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles ubicados en la Avenida 7 Nro. 632 y Avenida 526 Nro. 1.209/1.231 de Tolosa, partido de La Plata, con todo lo en ellos edificado, plantado y adherido al suelo, sus instalaciones, maquinarias, y elementos existentes dentro de los mismos destinados a la actividad frigorífica, en el estado en que se encuentren, cuyo inventario se anexa a la presente ley, identificados con las siguientes nomenclaturas catastrales: Circ. II, Sec. E, Qta 74, Mz 74 “b”, Pc 8 “c”, Subpcs. 1 y 8, matrículas 161.171/1/8 propiedad de Frigorífico el Tolosano S.A y/o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.

            Los inmuebles con todo lo en ellos edificado, plantado y adherido al suelo, sus instalaciones, maquinarias y elementos existentes, serán cedidos en propiedad a título oneroso a la “Cooperativa de Trabajo Obrera de Tolosa Limitada” , la cual se encuentra registrada en el I.P.A.C bajo el número 007114, con cargo de ser los mismos destinados a la consecución de sus fines cooperativos.

            El monto total a abonar por el adjudicatario, así como los plazos y condiciones de pago del mismo, serán establecidos por el Poder Ejecutivo.

            Asimismo, se autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que correspondan para el cumplimiento de la presente ley y proceder a la compensación de créditos fiscales que la provincia de Buenos Aires posea contra los titulares de dominio en concepto de impuestos, sellados, tasas, multas, gravámenes y demás tributos provinciales.

            Los trabajadores que conforman la Cooperativa de Trabajo Obrera de Tolosa Limitada constituyen un grupo social homogéneo que viene desarrollando sus tareas desde hace prácticamente diez años.

            La totalidad del personal de la cooperativa esta en condiciones de cubrir todas las áreas cooperativas de la producción y la administración, contando además con un equipo técnico y profesional de apoyo conformado por distintos profesionales.

            Cuentan con una estrategia de recuperación de la empresa que le permitirá una inmediata continuidad de la actividad, a los fines de evitar la pérdida de mercaderías existentes y el deterioro de maquinarias y equipos propios de la planta.

            Ésta cuenta con todos los elementos necesarios para la producción de productos cárnicos y que para no sobreabundar se encuentran detallados en el anexo que se acompaña. Los productos elaborados por los trabajadores deberán seguir cumpliendo con las reglamentaciones de los organismos sanitarios para la producción de embutidos, fiambres, hamburguesas, depostados y toda otra variante de alimentos que se realicen.

            Se prevee a partir de la entrada en funcionamiento del establecimiento un pronto crecimiento de los volúmenes de operación, en tanto las demandas de carnes es creciente en los mercados interno y externo por lo que se considera que aumentará la necesidad del personal con la consecuente creación de puestos de trabajo, acompañando de este modo la política nacional y provincial de crecimiento del empleo.

            El fundamento de las expropiaciones, se encuentra en la obligación de garantizar el bien común, entendido como una función propia del Estado ejercida en virtud de una potestad que le otorga la Constitución Provincial.

            La garantía de inviolabilidad de la propiedad cede en estos casos frente a la magnitud de la causa que da origen a la expropiación. El bien común consiste y tiende a concretarse en el conjunto de aquellas condiciones sociales que favorecen el desarrollo de los seres humanos en su conjunto e individualmente integrados a la sociedad.

            En este caso, el grupo de trabajadores involucrados vive en un estado de incertidumbre que podrá soslayarse a partir de la posibilidad de volver a trabajar en su oficio que por causas ajenas se vio frustrado, de lo que surge ineludiblemente que en el caso, existe una utilidad pública en la expropiación planteada y que se garantiza en ella el bien común de los trabajadores, sus familias y la sociedad en su conjunto.

            La expropiación es un instituto destinado a conciliar los intereses públicos con los privados, siendo el Poder Legislativo el encargado de calificar la utilidad pública de la misma, para habilitar el posterior procedimiento expropiatorio.

            El establecimiento a expropiarse se encuentra bien posicionado frente a los consumidores de la región de La Plata y que  la Cooperativa cuenta con personal idóneo para su correcto funcionamiento y producción.

            Por lo brevemente expuesto, solicito a los señores legisladores acompañen con su voto la presente iniciativa.