Fundamentos de la Ley 13698

 

Ley 13698

HONORABLE LEGISLATURA:

 

Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se propicia ampliar el plazo para el cumplimiento de las medidas tributarias contenidas en el Acto Declarativo Primero del “Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento”, en el marco de la prórroga de dicho Acuerdo dispuesta en el artículo 76 de la Ley Nacional 26.078.

Cabe inicialmente recordar que el referido Pacto Federal fue suscripto el 12 de agosto del año 1993, por los representantes del gobierno nacional, las provincias, entre ellas, la de Buenos Aires -que ratificó su adhesión por Ley 11.463- y la entonces municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires. En él se acordó la adopción de políticas uniformes que armonicen y posibiliten el logro de la finalidad común de crecimiento y reactivación de las economías regionales.

La fecha para el cumplimiento de las medidas  contenidas en el Acuerdo, esencialmente relativas a la implementación de medidas de orden tributario, fue objeto de sucesivas prórrogas dispuestas por la Nación (Leyes Nacionales 24.468 -artículo 5-; 24.699 -artículo 1-; 25.063 -artículo 11-; 25.239 -artículo 17- y 25.400, mediante la cual se ratificó el “Compromiso Federal por el  Crecimiento y la Disciplina Fiscal” –artículo 3-), que fueron acompañadas por esta Provincia mediante el dictado de las respectivas normas de adhesión (Leyes provinciales 11.646 -artículo 1-; 11.904 -artículo 34-; 12.555 -artículos 1 y 2- y 12.575 -artículo 54-), extendiéndose la última de ellas hasta el 31 de diciembre de 2005.

Ante el cumplimiento de ese plazo el Gobierno Nacional dispuso una nueva extensión, a través del artículo 76 de la Ley 26.078, abarcando en esta oportunidad un lapso de cinco años.

Más allá de la evolución normativa reseñada, es necesario destacar que la modificación del contexto económico y financiero producida en los años transcurridos desde la concertación del referido Pacto, ha generado una notoria discordancia entre los objetivos fijados en el mismo y las medidas tributarias previstas para alcanzarlos, lo que denota la conveniencia de proceder a la reformulación y/o actualización de su contenido al actual escenario.

Tal situación requiere instar al diálogo renovando las relaciones de coordinación entre los distintos niveles del Estado Federal.

Mientras que ello suceda  es necesario extender, en el marco de la última prórroga dispuesta por el gobierno nacional, el plazo para el cumplimiento de las medidas contempladas en el referido Acto Declarativo Primero del Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento. Omitir esta medida podría repercutir en eventuales planteos de contribuyentes que demanden la aplicación por parte de la Provincia de políticas tributarias allí previstas y aún no implementadas, las que provocarían una merma de genuinos recursos de los cuales el Fisco, en este momento, no puede prescindir.

A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita de ese Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto.

 

Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.