DECRETO 544/2022
LA PLATA, 28 de Mayo de 2022
VISTO el expediente N° EX-2021-25839199-GDEBA-SSJMJYDHGP, mediante el cual el Doctor Alberto Espartaco SARRAMONE presenta su renuncia al cargo de Agente Fiscal del Departamento Judicial La Plata, sede Saladillo, y
CONSIDERANDO:
Que el Doctor Alberto Espartaco SARRAMONE fue designado Adjunto de Agente Fiscal del Departamento Judicial La Plata, con sede en Saladillo, mediante Decreto Nº 2408 del 15 de octubre de 2001;
Que a partir de la sanción de la Ley Nº 13.513, los magistrados que se desempeñaban como Adjunto de Fiscal y Adjunto de Defensor Oficial de Primera Instancia, en cada Departamento Judicial, pasaron a desempeñarse como Agente Fiscal y Defensor Oficial de Primera Instancia.;
Que el nombrado funcionario ha presentado la renuncia a dicho cargo a los fines jubilatorios, solicitando que le sea aceptada a partir del 2 de octubre de 2021;
Que a ha tomado intervención la Dirección de Asesoramiento Técnico a la Presidencia en relación a los Organismos de la Constitución de la Suprema Corte de Justicia, señalando que no surgen actuaciones en trámite respecto del Doctor SARRAMONE en el marco de la Ley N° 8.085;
Que con fecha 26 de agosto de 2021 se expide la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires, informando que en el marco de la Ley N° 13.661 tramitan las siguientes actuaciones: SJ 467/18 caratulada “SARRAMONE, Alberto Espartaco – Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 2 del Departamento Judicial La Plata s/ Procuración General de la Suprema Corte (CONTE GRAND; Julio Marcelo) – denuncia y su acumulada SJ 566/20 caratulado “SARRAMONE, Alberto Espartaco – Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 2 de Saladillo, Departamento Judicial La Plata s/ requerimiento – Art. 300 CPP (Procuración General de la Suprema Corte Dr. Conte Grand Marcelo”);
Que Asesoría General de Gobierno dictamina que en caso de no haberse verificado el extremo indicado en el artículo 36 de la Ley 13.661 podrá el Gobernador, de estimarlo oportuno y conveniente, dictar el acto administrativo que acepte la renuncia presentada por el Doctor Alberto Espartaco SARRAMONE;
Que con fecha 6 de mayo de 2022 toma intervención nuevamente la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la provincia de Buenos Aires indicando que “...aún no se han verificado los extremos contemplados por el artículo 36 de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias, respecto de las causas mencionadas, no existiendo impedimento para que el Sr. Gobernador proceda a aceptar la renuncia del magistrado denunciado”;
Que la Subsecretaría de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, informa que no ha recibido notificaciones en cuanto a la configuración del extremo indicado en el artículo 36 de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias, en relación al Doctor SARRAMONE
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 144 - proemio- y 175 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Aceptar, a partir del 2 de octubre de 2021, a los fines jubilatorios, la renuncia presentada por el Doctor Alberto Espartaco SARRAMONE (DNI N° 13.891.970 – clase 1960) al cargo de Agente Fiscal del Departamento Judicial La Plata, sede Saladillo.
ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Julio César Alak, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador