DECRETO 890/2021
LA PLATA, 21 de Octubre de 2021
VISTO el expediente EX-2021-25352078-GDEBA-DSTAMDCGP, mediante el cual se propicia modificar el Decreto N° 9/21, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de la Ley N° 15.164, corresponde al Ministerio de Desarrollo de la Comunidad intervenir en la atención, asistencia y protección de las personas y familias en situación de vulnerabilidad, como así también intervenir en el diseño e implementación de políticas de recreación y entretenimiento que tengan como objetivo la contención social y el desarrollo comunitario y del deporte en sus diferentes disciplinas y modalidades;
Que, bajo ese lineamiento, el Decreto N° 77/2020, modificado por Decreto N° 510/21, asigna a la Dirección Provincial de Torneos y Eventos Deportivos la función de diagramar y reglamentar la implementación de los “Juegos Bonaerenses”;
Que, en ese marco, mediante la Resolución Nº 1/21 de la Subsecretaría de Deportes, de fecha 28 de abril de 2021, se aprobó la edición N° 30 de los Juegos Bonaerenses 2021, a realizarse en el transcurso del presente año;
Que los mencionados Juegos Bonaerenses tienen como objetivo principal incluir e integrar a los jóvenes, a los adultos mayores, a los estudiantes universitarios y a las personas con discapacidad pertenecientes a los ciento treinta y cinco (135) municipios de la Provincia de Buenos Aires, en la práctica del deporte y la cultura a través de una sana competencia;
Que asimismo, propone crear un espacio de amistad, relacionamiento, aprendizaje y por sobre todo diversión, promover la incorporación de valores como la tolerancia y el respeto por el otro y detectar talentos deportivos y culturales que luego permitirán incluirlos dentro de la actividad en la que se destacan;
Que, en virtud de ello, se estima conveniente modificar el Decreto Nº 9/21 a fin de incorporar la asignación, por parte del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, de subsidios y/o subvenciones que corresponda destinar a los municipios para la realización de los “Juegos Bonaerenses 2021”;
Que se han expedido favorablemente las áreas con competencia del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, la Dirección Provincial de Presupuesto Público y la Dirección de Subsidios y Subvenciones, ambas dependientes de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que han tomado la intervención en razón de sus competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 –proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Incorporar el inciso j) al artículo 6° del Decreto N° 9/21, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“j. Los subsidios y/o subvenciones que se otorguen a los municipios, por un monto individual de hasta pesos CINCO MILLONES ($5.000.000), en el marco del Programa “Juegos Bonaerenses”, creado en el ámbito del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad”.
ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Desarrollo de la Comunidad, de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Andres Larroque, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.