DECRETO 1063/2021

LA PLATA, 22 de Noviembre de 2021

VISTO el expediente EX-2019-35260050-GDEBA-OPNYAMDSGP del Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, por el cual tramita el otorgamiento de un permiso por actividades deportivas con goce de haberes, a favor de la agente María Lis GARCÍA CALDERÓN, y

CONSIDERANDO:

Que María Lis GARCÍA CALDERÓN revista en un cargo de la Planta Permanente de Ley N° 10.430, en el Agrupamiento 03, Personal Administrativo, Categoría 05, Clase 4, Grado XIII, Código 3-0000-XIII-4, Administrativa Inicial, en el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia;

Que la citada agente solicitó un Permiso por Actividades Deportivas, a partir del 22 de julio de 2019 y el 12 de agosto de 2019 inclusive, con motivo de su participación en calidad de jugadora de la Selección Argentina de pelota vasca, en los Juegos Panamericanos Lima 2019;

Que la presente gestión cuenta con el aval de la entonces Directora Ejecutiva del Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia;

Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con el artículo 63 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Dar por concedido en la Jurisdicción 1.1.1.18, Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, un Permiso por Actividades Deportivas con goce de haberes a favor de la agente María Lis GARCÍA CALDERÓN (DNI N° 31.298.873 - Clase 1984), por el período comprendido entre el 22 de julio de 2019 y el 12 de agosto de 2019 inclusive, quien revista en un cargo del Agrupamiento 3, Personal Administrativo, Categoría 05, Clase 4, Grado XIII, Código 3- 0000-XIII-4, Administrativa Inicial, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, de conformidad con lo establecido en el artículo 63 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su reglamentación.

ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Desarrollo de la Comunidad y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Andrés Larroque, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.