LEY 4116
Autorizando al Poder Ejecutivo para prolongar el camino de Morón a Luján, disponiendo la pavimentación de la avenida Porvenir.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para prolongar el camino de Morón a Luján, disponiendo la pavimentación de la avenida Porvenir (hoy Zeballos), hasta la esquina de la calle Conesa de Morón, en un tramo de mil doscientos cinco metros (1.205 mts.).
ARTÍCULO 2.- El gasto que el cumplimiento de esta Ley demande, se imputará a la misma y se atenderá con los fondos sobrantes de la emisión de títulos autorizada por la Ley 3897 de 4 de Noviembre de 1926.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, etc.