LEY 4116

 

Autorizando al Poder Ejecutivo para prolon­gar el camino de Morón a Luján, disponien­do la pavimentación de la avenida Porvenir.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PRO­VINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUER­ZA DE

 

LEY:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para prolongar el camino de Morón a Luján, dis­poniendo la pavimentación de la avenida Por­venir (hoy Zeballos), hasta la esquina de la calle Conesa de Morón, en un tramo de mil doscientos cinco metros (1.205 mts.).

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que el cumplimiento de esta Ley demande, se imputará a la misma y se atenderá con los fondos sobrantes de la emisión de títulos autorizada por la Ley 3897 de 4 de Noviembre de 1926.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese, etc.