DECRETO 946/2025

LA PLATA, 29 de Abril de 2025

VISTO el expediente EX-2020-11143553-GDEBA-DPTDIV del Instituto de la Vivienda, mediante el cual se gestiona dar por limitada la reserva del cargo de revista de Pablo Andrés LOPEZ DE ARMENTIA, y su posterior ubicación en un cargo del Agrupamiento Personal Jerárquico, Categoría 24, Oficial Principal 1º, Personal de Apoyo, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 15.309 fue creado el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano, mientras que por Decreto Ley N° 9573/80 se creó el Instituto de la Vivienda, aprobando su estructura orgánico funcional mediante Decretos N° 811/21 y Nº 245/22;

Que Pablo Andrés LOPEZ DE ARMENTIA revista en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.430, en el Agrupamiento Personal Profesional, Categoría 21, Arquitecto “A”, Clase A, Grado I, Código 5-0017-IA, con un régimen de cuarenta (40) horas semanales de labor en el ámbito del Instituto de la Vivienda;

Que, en esta instancia, Pablo Andrés LOPEZ DE ARMENTIA solicita su ubicación escalafonaria en el Agrupamiento Personal Jerárquico, Categoría 24, Oficial Principal 1°, Personal de Apoyo, de conformidad con el Artículo 171 de la Ley 10.430;

Que por Decreto N° 1724/16, se designó al agente indicado en el cargo de Director de Servicios Generales e Infraestructura del Ministerio de Trabajo, a partir del 1° de marzo de 2016, reservándose su cargo de revista;

Que, posteriormente, por Resolución N° 161/20 del Ministerio de Trabajo se aceptó la renuncia del agente a dicho cargo, a partir del 1° de mayo de 2020;

Que la jurisdicción certifica que el agente se reincorporó a prestar servicios en su cargo de revista al momento de finalizar su desempeño en el referido cargo sin establidad;

Que, por lo expuesto, y a fin de regularizar la situación prestacional del peticionante, se impulsa dar por limitada la reserva de su cargo de revista, oportunamente dispuesta mediante el citado Decreto N° 1724/16;

Que se acredita que, al 1° de mayo de 2020, el agente de referencia registraba una antigüedad de treinta y tres (33) años, tres (3) meses y doce (12) días en la Administración Pública, y una antigüedad de cuatro (4) años y dos (2) meses en el cargo sin estabilidad de Director de Servicios Generales e Infraestructura;

Que la jurisdicción certifica que el interesado cumple con los requisitos para acceder a la ubicación solicitada, en los términos del 171 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96);

Que, atento lo expuesto, resulta procedente la ubicación de Pablo Andrés LOPEZ DE ARMENTIA en un cargo del Agrupamiento Personal Jerárquico, Oficial Principal 1°, Categoría 24, Personal de Apoyo, a partir del 1° de mayo de 2020;

Que la correspondiente adecuación del cargo se efectúa en el marco de las disposiciones del Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley N° 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2025 por Decreto Nº 3681/24;

Que el Instituto de la Vivienda practica la liquidación correspondiente a las diferencias salariales devengadas en favor del agente, la cual fue controlada por la Delegación Fiscal de Contaduría General de la Provincia ante dicha jurisdicción;

Que, asimismo, se señala que mediante Decreto N° 2492/22 se le asignó a Pablo Andrés LOPEZ DE ARMENTIA el régimen de cuarenta (40) horas semanales de labor, a partir de la fecha de su notificación, la cual acaeció el 12 de enero de 2023;

Que, en virtud de lo indicado, corresponde modificar el Plantel Básico de la jurisdicción de origen; Que el Administrador General del Instituto de la Vivienda presta conformidad para el presente trámite;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de Secretaria General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;

Que, asimismo, Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia, Fiscalía de Estado se han expedido favorablemente;

Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con los artículos 109 y 171 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96);

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires; Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Dar por limitado en Jurisdicción 1.1.2.14.00.042 - INSTITUTO DE LA VIVIENDA, a partir del 1° de mayo de 2020, la reserva del cargo de revista de Pablo Andrés LOPEZ DE ARMENTIA (DNI N° 18.453.442 - Clase 1967), oportunamente dispuesta mediante Decreto N° 1724/16, de conformidad con lo establecido en el artículo 109 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96).

ARTÍCULO 2°. Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley N° 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2025 por Decreto Nº 3681/24 - 1. Sector Público Provincial no Financiero, 1. Administración Provincial, 2. Organismos Descentralizados, Jurisdicción 30, Jurisdicción Auxiliar 00, Unidad Ejecutora 267, Entidad 042: Instituto de la Vivienda, la transferencia de un (1) cargo de acuerdo al siguiente detalle:

DÉBITO:

PRG 1, Actividad 1, Finalidad 3, Función 7, Subfunción 0, Fuente de Financiamiento 1.2, Inciso 1, Partida Principal 1, Régimen Estatutario 1, Ubicación Geográfica 999, Agrupamiento Ocupacional 5: Un (1) Cargo.

CRÉDITO:

PRG 1, Actividad 1, Finalidad 3, Función 7, Subfunción 0, Fuente de Financiamiento 1.2, Inciso 1, Partida Principal 1, Régimen Estatutario 1, Ubicación Geográfica 999, Agrupamiento Ocupacional 6: Un (1) Cargo.

ARTÍCULO 3°. Modificar el Plantel Básico del Instituto de la Vivienda, suprimiendo de la Administración General, un (1) cargo del Agrupamiento Personal Profesional, Categoría 21, Arquitecto “A”, Clase A, Grado I, Código 5-0017-I-A, con un régimen de cuarenta (40) horas semanales de labor, e incorporando al mismo Plantel Básico, un (1) cargo del Agrupamiento Personal Jerárquico, Categoría 24, Personal de Apoyo, Oficial Principal 1°, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor.

ARTÍCULO 4°. Ubicar en Jurisdicción 1.1.2.14.00.042 - INSTITUTO DE LA VIVIENDA, a partir del 1° de mayo de 2020, a Pablo Andrés LOPEZ DE ARMENTIA (DNI N° 18.453.442 - Clase 1967) en el Agrupamiento Personal Jerárquico, Categoría 24, Personal de Apoyo, Oficial Principal 1°, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, de conformidad con lo establecido por el artículo 171  de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96).

ARTÍCULO 5°. Dejar establecido en Jurisdicción 1.1.2.14.00.042 - INSTITUTO DE LA VIVIENDA, en el Plantel Básico de la Administración General, que a partir del 12 de enero de 2023, Pablo Andrés LOPEZ DE ARMENTIA (DNI N° 18.453.442 - Clase 1967) revista en el Agrupamiento Personal Jerárquico, Categoría 24, Personal de Apoyo, Oficial Principal 1°, con un régimen de cuarenta (40) horas semanales de labor, en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 2492/22.

ARTÍCULO 6°. Dejar establecido que, en el Anexo I del Decreto N° 2492/22, la situación de revista del agente Pablo Andrés LÓPEZ DE ARMENTIA (DNI N° 18.453.442 - Clase 1967) es en el Agrupamiento Jerárquico, Categoría 24.

ARTÍCULO 7°. Autorizar, en la Jurisdicción 1.1.2.30.00.042 - INSTITUTO DE LA VIVIENDA el pago de las diferencias salariales correspondientes a favor del agente Pablo Andrés LÓPEZ DE ARMENTIA (DNI N° 18.453.442 - Clase 1967) en virtud de la ubicación dispuesta por el artículo 4°.

ARTÍCULO 8°. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente se atenderá con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley Nº 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2025 por Decreto Nº 3681/24 - 1. Sector Público Provincial no Financiero, 1. Administración Provincial, 2- Organismos Descentralizados - Jurisdicción 30 - Jurisdicción Auxiliar 00 - Unidad Ejecutora 267, Entidad 042: Instituto de la Vivienda - PRG 1- Actividad 1 - Finalidad 3- Función 7- Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.2- Inciso 1 - Partida Principal 1- Régimen Estatutario 1, Agrupamiento Ocupacional 6, Ubicación Geográfica 999.

ARTÍCULO 9°. El presente decreto será refrendado por los/as Ministros/as Secretarios/as en los Departamentos de Hábitat y Desarrollo Urbano y Gobierno.

ARTÍCULO 10. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.

 

Silvina Batakis, Ministra; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.