DECRETO 813/2025
LA PLATA, 17 de Abril de 2025
VISTO el expediente EX-2024-39920285-GDEBA-HZGADAOMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual se propicia aceptar la renuncia de Helio Felipe NAVARRO al cargo de Director Asociado del Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Arturo Oñativia” de Almirante Brown, y designar en su reemplazo a José Luis VIEYRA, y
CONSIDERANDO:
Que Helio Felipe NAVARRO presentó la renuncia al cargo de Director Asociado del Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Arturo Oñativia” de Almirante Brown, a partir del 1° de noviembre de 2024, cuya designación fue dispuesta por Decreto N° 631/20;
Que la Dirección de Sumarios Administrativo de Secretaría General informó que el funcionario saliente no registra actuaciones sumariales pendientes de resolución;
Que, en consecuencia, corresponde aceptar la renuncia de Helio Felipe NAVARRO, a partir del 1° de noviembre de 2024, limitando a partir de dicho momento la reserva de cargo oportunamente dispuesta por el citado Decreto N° 631/20;
Que, asimismo, la Dirección Provincial de Hospitales certifica que el agente se reintegró, con fecha 2 de noviembre de 2024, a prestar servicios a su cargo de revista como Médico de Hospital “B” – Especialidad: Terapia Intensiva, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Arturo Oñativia” de Almirante Brown, manteniendo el beneficio de bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria del nosocomio mencionado;
Que, por otra parte, se gestiona la designación de José Luis VIEYRA, a partir del 1° de enero de 2025, como Director Asociado del Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Arturo Oñativia” de Almirante Brown, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, bloqueo de título e inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria;
Que, en virtud de la designación propiciada, se gestiona reservar el cargo que José Luis VIEYRA posee como Médico de Hospital “A” – Especialidad: Clínica Médica, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Arturo Oñativia” de Almirante Brown, mientras se desempeñe como Director Asociado del mencionado nosocomio;
Que el interesado se encuentra alcanzado por los términos del Decreto N° 598/15, modificado por Decreto N° 1554/22, por el cual se declaró el desgaste laboral o agotamiento prematuro para el personal que presta servicios en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;
Que la gestión que se promueve se exceptúa de las previsiones del artículo 11 del Decreto N° 272/17E y se impulsa conforme los términos de los artículos 14 inciso b) y 23 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con los artículos 8, 33 y 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y modificatorios, y de acuerdo a lo establecido por el artículo 17 del Decreto N° 3589/91, reglamentario de la mentada Ley;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – MINISTERIO DE SALUD, a partir del 1° de noviembre de 2024, la renuncia presentada por Helio Felipe NAVARRO (DNI N° 11.460.230 – Clase 1954) al cargo de Director Asociado del Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Arturo Oñativia” de Almirante Brown, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título e inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, quien había sido designado por Decreto N° 631/20, de conformidad con lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.
ARTÍCULO 2°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – MINISTERIO DE SALUD, a partir del 1° de noviembre de 2024, los alcances del artículo 5° del Decreto N° 631/20, dejando establecido que Helio Felipe NAVARRO (DNI N° 11.460.230 – Clase 1954) se reintegró a su cargo de revista como Médico de Hospital “B” – Especialidad: Terapia Intensiva, en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Arturo Oñativia” de Almirante Brown, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia y el beneficio de bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo a lo establecido por el artículo 17 de la Reglamentación de la Ley N° 10.471, aprobada por Decreto N° 3589/91.
ARTÍCULO 3º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – MINISTERIO DE SALUD, a partir del 1° de enero de 2025, a José Luis VIEYRA (DNI N° 13.356.898 – Clase 1957) en el cargo de Director Asociado del Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Arturo Oñativia” de Almirante Brown, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, bloqueo de título e inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria del establecimiento indicado, de conformidad con lo normado por el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528, exceptuando la medida de las previsiones del artículo 11 del Decreto N° 272/17E y modificatorios.
ARTÍCULO 4°. Reservar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – MINISTERIO DE SALUD, a partir del 1° de enero de 2025, el cargo que posee José Luis VIEYRA (DNI N° 13.356.898 – Clase 1957), como Médico de Hospital “A” – Especialidad: Clínica Médica, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Arturo Oñativia” de Almirante Brown, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, mientras se desempeñe como Director Asociado del establecimiento mencionado, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 10.528.
ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y Gobierno.
ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Nicolas Kreplak, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador