LEY Nº 15579
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1º.- Declárase Fiesta Provincial a la “Fiesta Fortín levalle”, la cual se celebra anualmente en la localidad de Carhuè, partido de Adolfo Alsina, provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a través de sus organismos competentes, a que adopte las medidas necesarias para incluir la misma en el calendario turístico provincial y a realizar acciones de promoción y difusión.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco.