LEY Nº 15579

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1º.- Declárase Fiesta Provincial a la “Fiesta Fortín levalle”, la cual se celebra anualmente en la localidad de Carhuè, partido de Adolfo Alsina, provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2°.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a través de sus organismos competentes, a que adopte las medidas necesarias para incluir la misma en el calendario turístico provincial y a realizar acciones de promoción y difusión.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco.