Incorporación de tierras al Partido de Balcarce.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.
ARTÍCULO 1.- Incorpóranse al Partido de Balcarce los campos comprendidos dentro de los límites siguientes:
Al norte, la actual línea divisoria entre Balcarce y Lobería.
Al sur, entre los campos marcados en el plano gráfico con los nombres de J. P. de Ortiz, herederos de Peralta y Dalmacio Pacheco, del Partido de Alvarado.
Al suroeste, los campos de Carlos, Alberto y Honoria Lastra, herederos de Manuel José Cobo, P. Castañeda y Manuel Rico.
Al noroeste, los campos de Santos Lafuente, R. Rodríguez y Manuel Croveto, de Lobería.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese, etc.