LEY 2588
Contribución para el Mausoleo a erigirse en memoria del General Manuel Belgrano.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.
ARTÍCULO 1.- La Provincia de Buenos Aires concurre con 15.000 pesos moneda nacional, a la subscripción nacional para erigir un mausoleo a la memoria del General Manuel Belgrano.
ARTÍCULO 2.- Este gasto se pagará de Rentas Generales, imputándose a la presente Ley.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.