DECRETO 1051/02
Visto el expediente
4067-2.264/01, por el que
CONSIDERANDO:
Que los Organismos técnicos competentes se han expedido favorablemente bajo su exclusiva responsabilidad a fojas 155/155 vta. y 160;
Que asimismo deberá excluirse de la aprobación que se gestiona lo dispuesto en Título 2 -Tramitaciones- de la propuesta elevada, por cuanto es materia ajena a lo establecido por el Artículo 83º del Decreto-Ley 8912/77 (T.O. 1987);
Que la referida modificación se encuadra en los términos del Artículo 83º del Decreto-Ley 8912/77 (T.O.1987)
Que atento lo dictaminado por
Por ello;
EL GOBERNADOR DE
DECRETA
ARTÍCULO 1.- Apruébase la propuesta presentada por
ARTÍCULO 2.- La aprobación que se dispone por el Artículo primero del presente decreto excluye los preceptos contenidos en el Título 2 - Tramitaciones del Código de Zonificación del Partido, por no ser materia de convalidación en los términos del Artículo 83º del Decreto-Ley 8912/77 (T.O. 1987).
ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
ARTÍCULO 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial” y vuelva al MINISTERIO DE GOBIERNO a sus efectos.
NOTA: Los Anexos pueden ser consultados en nuestro sitio web en su versión PDF.