DECRETO 340/79
LA PLATA, 20 de FEBRERO de 1979.
Empleados públicos – Licencias especiales – Funcionarios competentes para concederlas – Alcances de la delegación de facultades dispuesta por Decreto 2502/78.
ARTÍCULO 1.- Deróganse los puntos 1 y 2 del inciso a) y el inciso b) del artículo 48 del Decreto 965/77, reglamentario de la Ley 8721.
ARTÍCULO 2.- Establécese que la delegación de facultades conferida mediante el Decreto 2502/78 a los funcionarios señalados en el punto 2 de su artículo 1º, no excluye el ejercicio de aquéllas por parte de las autoridades a que se refiere el punto 1 del mismo precepto legal.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, etc.