DECRETO 712/2021

La Plata, 10 de septiembre de 2021.

VISTO el expediente EX-2021-06118892-GDEBA-DSTAMJGM, mediante el cual se propicia establecer por única vez una compensación extraordinaria no remunerativa no bonificable, destinada a los equipos de conducción de los establecimientos educativos y a los/as auxiliares que hubieran sido convocados/as para llevar adelante los comicios en el marco de la celebración de las elecciones de autoridades internas del partido político Unión Cívica Radical de la provincia de Buenos Aires, realizadas el 21 de marzo de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que la Unión Cívica Radical solicitó autorización para la realización de la elección de sus autoridades en los establecimientos educativos de la Provincia, la cual fue dispuesta para el día 21 de marzo de 2021, de acuerdo a la Resolución 001/2020, con fecha 30 de septiembre de 2020, del Plenario del Comité de la Unión Cívica Radical de la provincia de Buenos Aires;

Que, mediante la Decisión Administrativa N° 242/21 del Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación, se exceptuó la realización de las elecciones de autoridades internas de la Unión Cívica Radical de la prohibición dispuesta en el inciso 1 del artículo 8° del Decreto N° 125/21, prorrogado por su similar N° 168/21, y se estableció que las mismas deberían realizarse conforme el “Protocolo para la Elección de Autoridades Internas de la Unión Cívica Radical de la provincia de Buenos Aires”, aprobado por la autoridad sanitaria nacional;

Que, en ese marco, el pasado 21 de marzo de 2021 se celebraron las mencionadas elecciones en el territorio bonaerense, viéndose afectados establecimientos educativos y auxiliares convocados/as para llevar adelante los comicios;

Que, atento a la labor desarrollada por los equipos de conducción de los establecimientos educativos y por los/as auxiliares involucrados/as, a tales efectos, resulta necesario establecer, por única vez, una compensación extraordinaria no remunerativa no bonificable;

Que, asimismo, corresponde disponer que la Dirección General de Cultura y Educación, previa intervención del Ministerio de Hacienda y Finanzas, fijará el monto de la mencionada compensación;

Que se han expedido favorablemente la Dirección Provincial de Legal y Técnica de la Dirección General de Cultura y Educación y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, la Subsecretaría de Hacienda, la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público y la Subsecretaría de Coordinación Económica y Estadística, dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 11 de la Ley N° 15.164 y 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Establecer, por única vez, una compensación extraordinaria no remunerativa no bonificable, destinada a los equipos de conducción de los establecimientos educativos y a los/as auxiliares que hubieran sido convocados/as para llevar adelante los comicios en el marco de la celebración de las elecciones de autoridades internas del partido político Unión Cívica Radical de la provincia de Buenos Aires, realizadas el 21 de marzo de 2021, cuyo importe será fijado por la Dirección General de Cultura y Educación, previa intervención del Ministerio de Hacienda y Finanzas.

ARTÍCULO 2°. Establecer que el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros propondrá al Ministerio de Hacienda y Finanzas las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el ejercicio presupuestario vigente.

ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los/as Ministros/as Secretarios/as en los Departamentos de Gobierno, de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

María Teresa García                                                           Pablo Julio López

Ministra de Gobierno                                                          Ministro de Hacienda y Finanzas

Carlos Alberto Bianco                                                        AXEL KICILLOF

Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros                   Gobernador