Fundamentos de la

Ley 10545

 

HONORABLE LEGISLATURA:

            Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad un proyecto de ley por el cual se propicia la modificación del artículo 4 del Decreto-Ley 9650 en sus incisos “b” y “d”, texto según Ley 10.197.

            Con la modificación que se remite, se propugna la percepción inmediata a su vigencia, del cincuenta (50) por ciento de los aumentos salariales por parte de los agentes, tanto activos como pasivos, de la Administración Pública provincial y municipal, e ingresando solamente al Instituto de Previsión Social el cincuenta (50) por ciento restante.

            Consecuentemente con los principios que inspirara a la Ley 10.197 que redujo el ingreso al Instituto de Previsión Social al setenta y cinco (75) por ciento del importe de la diferencia en la remuneración del primer mes, el presente disminuye notoriamente el porcentual indicado al cincuenta (50) por ciento, siendo de destacar el importante esfuerzo que conlleva, en tanto la eliminación total de dicho aporte comprometería gravemente el pago de prestaciones futuras.

            El superior gobierno de la Provincia, sensible a las necesidades económicas padecidas por los sectores dependientes de la Administración Pública propone mejorar por su intermedio, sus salarios reales.

            Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.