LEY 2935
Cesión de terrenos a la Sociedad Tiro Federal de San Nicolás.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.
ARTÍCULO 1.- Cédese en usufructo a la sociedad “Tiro Federal de San Nicolás de los Arroyos”, el terreno de propiedad fiscal donde tiene instalado su polígono, el cual no podrá ser destinado para otro objeto que los propios a esta clase de instituciones y volverá al dominio del Estado el día que dicha asociación se disuelva o traslade su stand a otro lugar.
ARTÍCULO 2.- Declárase anulada toda servidumbre concedida sobre dicho terreno con anterioridad a la presente Ley.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.