DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DECRETO 1208/12
LA PLATA, 13 de noviembre de 2012.
VISTO el expediente N° 2160-14299/12, mediante el cual se propicia la modificación de la estructura organizativa del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires oportunamente aprobada por el Decreto Nº 1.940/03 y modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 13056 establece las funciones que serán competencia del citado Instituto;
Que el Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires desempeña sus actividades en sintonía con la política gubernamental de la Provincia, la cual tiene una presencia activa en el desarrollo de plataformas para la mejora de las Industrias Culturales, teniendo como uno de sus ejes fundamentales a la promoción de nuevos emprendimientos en la materia;
Que resulta necesario readecuar las estructuras, políticas y herramientas, a los nuevos paradigmas en torno a la injerencia de las innovaciones tecnológicas en el proceso de las Industrias Creativas, tanto en sus aspectos cualitativos como cuantitativos;
Que a fin de que el citado Instituto Cultural ejerza y cumpla sus objetivos con eficiencia y eficacia, deviene necesario la creación de la Dirección Provincial de Industrias Culturales e Innovación Creativa, con cuatro Direcciones a su cargo: la Dirección del Observatorio de Industrias Creativas y de Contenidos de la Provincia de Buenos Aires, la Dirección de Buenos Aires Film, la Dirección de Promoción de Producción Creativa y la Dirección de Industrias Creativas, trasladándose esta última, en consecuencia, de la órbita de la Dirección Provincial de Coordinación de Políticas Culturales a la de la Dirección Provincial citada en primer término;
Que, en ese orden de ideas, resulta menester redefinir la estructura organizativa de la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural, suprimiendo la Dirección de Museo de la Catedral de La Plata, e incorporando en su lugar la Dirección de Museos, Monumentos y Sitios Históricos;
Que, a los fines indicados en los párrafos precedentes es preciso el dictado del pertinente acto administrativo;
Que han tomado intervención la Subsecretaría para la Modernización del Estado y la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Secretaría de Personal y Política de Recursos Humanos, la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 – proemio – de la Constitución de la Provincia de Buenos;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Aprobar en el ámbito del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, la modificación de la estructura orgánico-funcional, aprobada por Decreto Nº 1940/03 y modificatorios, de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexos 1, 1a, 1b, 1c, 2a, 2b y 2c forman parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 2º. Determinar para la estructura organizativa aprobada por el presente acto los siguientes cargos: UN (1) Director Provincial de Coordinación de Políticas Culturales; UN (1) Director Provincial de Patrimonio Cultural; UN (1) Director Provincial de Industrias Culturales e Innovación Creativa; UN (1) Director de Programación e Integración Regional; UN (1) Director de Producción y Asistencia Musical; UN (1) Director de Bibliotecas y Promoción de la Lectura; UN (1) Director del Archivo Histórico Provincial “Dr. Ricardo Levenne”; UN (1) Director de Folklore, Artesanías y Comunidades Originarias; UN (1) Director de Museos, Monumentos y Sitios Históricos; UN (1) Director de Artes Visuales; Un (1) Director del Complejo Museográfico Provincial “Enrique Udaondo”, de Luján; Un (1) Director del Museo y Biblioteca Provincial “Presidente Juan Domingo Perón”; Un (1) Director del Museo Histórico “17 de Octubre Quinta San Vicente”; UN (1) Director del Observatorio de Industrias Creativas y de Contenidos de la Provincia de Buenos Aires; Un (1) Director de Industrias Creativas; UN (1) Director de Buenos Aires Film, UN (1) Director de Promoción de Producción Creativa; UN (1) Subdirector del Museo Histórico Provincial “Libres del Sud”; UN (1) Subdirector del Museo Histórico Provincial “Guillermo E. Hudson”; todos ellos conforme a los cargos vigentes que rigen para la Administración Pública Provincial, Ley Nº 10430, - T.O. Decreto Nº 1.869/96.
ARTÍCULO 3º. Suprimir de la estructura orgánico-funcional, aprobada por Decreto Nº 1.940/03 y modificatorios, juntamente con sus acciones, la Dirección de Museo de la Catedral de La Plata.
ARTÍCULO 4º. Establecer que mantienen su vigencia todas aquellas unidades organizativas aprobadas por Decreto Nº 2.573/04, que no fueran modificadas por medio del presente, limitándose las designaciones del personal cuyas funciones no se correspondan con las unidades orgánicas que se aprueban por el presente Decreto. A esos fines, y en relación al personal con estabilidad, la limitación que se dispone deberá ajustarse al régimen estatutario que resulte aplicable.
ARTÍCULO 5º. El Instituto Cultural propondrá al Ministerio de Economía las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones del ejercicio presupuestario vigente.
ARTÍCULO 6º. Exceptuar la presente medida de lo dispuesto en el Decreto Nº 1.322/05.
ARTÍCULO 7º. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Jefatura de Gabinete de Ministros y de Economía.
ARTÍCULO 8º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Pasar a la Dirección Provincial de Gestión Pública y al Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires. Cumplido, archivar.
Alberto Pérez Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Jefatura de Gobernador
Gabinete de Ministros
Silvina Batakis
Ministra de Economía
ANEXO 2a
INSTITUTO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA EJECUTIVA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS CULTURALES
ACCIONES
1. Coordinar y desarrollar el planeamiento estratégico para la consolidación de los procesos, programas y proyectos que en materia de desarrollo cultural plantee el Instituto Cultural.
2. Planificar y diagramar actividades tendientes a descentralizar la gestión cultural, coordinando y promoviendo acciones conjuntas en la elaboración de los programas prioritarios ponderados a través del Foro de Directores de Cultura de las Regiones Culturales.
3. Planificar y diagramar actividades tendientes a descentralizar la gestión cultural, coordinando y promoviendo acciones conjuntas con municipios y regiones culturales, promoviendo el desarrollo y fortalecimiento de la identidad local.
4. Diseñar e implementar programas de promoción y difusión cultural, tendientes a posibilitar el acceso democrático de la población a la cultura.
5. Investigar y relevar los datos y variables pertinentes para la diagramación y planificación de políticas culturales.
6. Diseñar y evaluar programas culturales temporales, contemplando un plan de prioridades con estimaciones de costos/beneficios y necesidades detectadas en la población en materia de políticas Culturales.
7. Gestionar ante organismos públicos y/o privados: becas, pasantías, subsidios y cualquier otra forma de financiamiento para particulares y/o entidades vinculadas al quehacer cultural, propendiendo a la distribución regional equitativa de los recursos públicos destinados a la cultura.
8. Promover, diseñar y gestionar actividades, convenios y programas de cooperación en materia cultural, con entidades gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e internacionales, propendiendo a fortalecer la presencia cultural de la Provincia.
9. Promover actividades tendientes a fortalecer el desarrollo de la diversidad cultural en todas sus manifestaciones.
10. Conservar, promover, investigar y difundir el acervo bibliotecario de la Provincia, como así también, evaluar y planificar actividades tendientes al mantenimiento y mejoramiento de los edificios.
11. Propiciar la creación de nuevas bibliotecas en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, y asesorar en igual sentido a los municipios que lo requieran.
12. Evaluar y elevar a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Cultural, las propuestas de aprobación de otorgamiento de subvenciones mensuales y subsidios especiales, peticionados por las bibliotecas reconocidas en el marco de la Ley N° 9319/79 y su reglamentación, para ser sometidas a consideración de la Presidencia.
13. Diseñar, publicar y difundir trabajos relacionados con los temas de su competencia, en función de los estudios e investigaciones realizadas y en coordinación con la Unidad de Comunicaciones e Información.
14. Organizar actividades de perfeccionamiento y actualización, a través de cursos, seminarios, conferencias y simposios destinados a los agentes culturales.
15. Diseñar e implementar metodologías de relevamiento, evaluación, difusión y proyección de las prácticas culturales en el territorio bonaerense.
16. Elaborar y elevar a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Cultural, el anteproyecto de presupuesto anual.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS CULTURALES
DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN E INTEGRACIÓN REGIONAL
ACCIONES
1. Ejecutar los programas tendientes a promover y difundir los valores del quehacer cultural de la Provincia, de acuerdo a la regionalización vigente.
2. Asistir técnicamente a organismos gubernamentales y no gubernamentales, en materia de promoción cultural en todo el territorio provincial, fomentando la integración regional.
3. Relevar, analizar y detectar las necesidades y/o demandas de capacitación específica en las distintas áreas del quehacer cultural.
4. Asistir, asesorar y capacitar a organismos gubernamentales y no gubernamentales, en la producción técnica de espectáculos, y puestas escénicas multimediales.
5. Diseñar, proponer y ejecutar programas culturales temporales, contemplando un plan de prioridades con estimaciones de costos/beneficios y necesidades detectadas en la población, en el ámbito de su competencia.
6. Ejecutar actividades tendientes a promover y difundir los nuevos talentos artísticos, como así también a artistas de reconocida trayectoria.
7. Organizar muestras, congresos, jornadas, encuentros y festivales, en el ámbito de su competencia.
8. Ejecutar actividades tendientes a lograr la recuperación de espacios culturales para el fortalecimiento de la identidad local.
9. Elevar a la Dirección Provincial de Coordinación de Políticas Culturales la programación anual y las necesidades presupuestarias.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS CULTURALES
DIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN Y ASISTENCIA MUSICAL
ACCIONES
1. Promover la música popular, garantizando y diseñando circuitos de difusión y sistemas de producción convencionales y no convencionales.
2. Diseñar y proponer a la Dirección Provincial de Coordinación de Políticas Culturales, programas culturales temporales en materia de música popular, contemplando un plan de prioridades con estimaciones de costos/beneficios, así como de las necesidades detectadas en la población.
3. Ejecutar actividades tendientes a promover y difundir las propuestas de excelencia de la música popular, acorde a los objetivos estéticos del Instituto Cultural.
4. Asistir, asesorar y capacitar a organismos gubernamentales y no gubernamentales de la Provincia en materia de producción técnico musical.
5. Promover y asistir las coproducciones de música popular con otras provincias y con otros países, a fin de favorecer la integración cultural.
6. Diseñar y evaluar programas de capacitación específicos del área.
7. Organizar, coordinar y realizar audiciones de música popular en el territorio provincial, con el fin de evaluar la calidad y cantidad de los artistas bonaerenses que representen a la Provincia, tanto en el territorio nacional como en el extranjero.
8. Organizar y mantener actualizado un registro de artistas bonaerenses de la música popular.
9. Organizar muestras, congresos, jornadas, encuentros y festivales, en el ámbito de su competencia, en coordinación con la Dirección Provincial.
10. Elevar a la Dirección Provincial de Coordinación de Políticas Culturales la programación anual y las necesidades presupuestarias.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS CULTURALES
DIRECCIÓN DE BIBLIOTECAS Y PROMOCIÓN DE LA LECTURA
ACCIONES
1. Propiciar el acercamiento de toda la población de la Provincia de Buenos Aires, a los bienes culturales universales a través de los soportes de información y difusión, con sentido educativo y recreativo.
2. Asesorar, promover y difundir la actividad bibliotecaria en la Provincia, tendiendo al conocimiento y mantenimiento de los actuales servicios; como así también a la creación de nuevos.
3. Administrar los servicios de la Biblioteca Central de la Provincia como organismo bibliotecario modelo.
4. Promover la producción bibliográfica bonaerense y elaborar boletines sobre temas específicos, para su distribución en los servicios bibliotecarios de la Provincia.
5. Contribuir al desarrollo de la cultura del discapacitado visual, a través de la producción y préstamo de material bibliográfico específico.
6. Mantener un registro actualizado de subvenciones y subsidios especiales asignados a las bibliotecas reconocidas en el marco de la Ley N° 9.319/79 y su reglamentación.
7. Propiciar el desarrollo de la red informática de Bibliotecas Bonaerenses de la Provincia de Buenos Aires (REDBIBO).
8. Evaluar las solicitudes de subvención mensual y subsidios especiales que en el marco de la Ley N° 9.319/79 y su reglamentación, presenten las bibliotecas reconocidas, elevando a consideración de la Dirección Provincial de Coordinación de Políticas Culturales, opinión fundada respecto de la procedencia o no de otorgamiento de las mismas.
9. Elevar a la Dirección Provincial de Coordinación de Políticas Culturales la programación anual y las necesidades presupuestarias.
ANEXO 2b
SECRETARÍA EJECUTIVA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO CULTURAL
ACCIONES
1. Conservar, promover y difundir al acervo archivístico, folclórico, de artes visuales, los monumentos y sitios históricos, los yacimientos arqueológicos y paleontológicos y los museos de la Provincia de Buenos Aires.
2. Planificar y evaluar acciones tendientes a la conservación de los edificios museológicos y archivísticos dependientes del Instituto Cultural, como así también la conservación, investigación, difusión y acrecentamiento de sus colecciones.
3. Planificar, sistematizar y unificar pautas y criterios generales para el resguardo de las piezas museológicas.
4. Coordinar con la Unidad de Informática los criterios para el registro de los bienes que conforman el patrimonio cultural de la Provincia.
5. Investigar y asesorar respecto a la normativa y procedimiento de aplicación vigente en materia de preservación de bienes histórico culturales y de los yacimientos arqueológicos y paleontológicos de la Provincia.
6. Elaborar, analizar y evaluar anteproyectos de ley y cualquier otra normativa para ser elevada a los Poderes Ejecutivo y Legislativo, según corresponda, en materia de declaración de monumentos y sitios históricos, de acuerdo con la Ley N° 10419 y/o las normas legales que se dicten.
7. Publicar y difundir trabajos sobre temas de su competencia, en coordinación con la Unidad de Comunicaciones e Información.
8. Planificar y ejecutar acciones de capacitación, perfeccionamiento y actualización, coordinando acciones con los organismos provinciales rectores en la materia.
9. Evaluar y certificar la autenticidad de las piezas que ingresen al patrimonio museológico y sus antecedentes históricos.
10. Coordinar la documentación, catalogación e inventario de los bienes de los museos con apoyo técnico de la Unidad de Informática.
11. Planificar y organizar la compra, préstamo o transferencia del material museológico.
12. Elaborar y elevar a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Cultural, el anteproyecto de presupuesto anual.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO CULTURAL
DIRECCIÓN DEL ARCHIVO HISTÓRICO PROVINCIAL “DR. RICARDO LEVENNE”
ACCIONES
1. Planificar y ejecutar acciones de custodia, seguridad y restauración de las colecciones existentes y las que se incorporen.
2. Asesorar en materia de investigaciones históricas a los poderes públicos de la Provincia de Buenos Aires.
3. Asesorar y prestar la colaboración pertinente a investigadores de la Provincia, del país o del extranjero.
4. Organizar y mantener actualizado el registro documental del Archivo Histórico.
5. Prestar los servicios bibliográficos relacionados con la historia provincial, argentina y americana.
6. Proponer la celebración de convenios con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en materia de asistencia y colaboración técnica.
7. Realizar investigaciones sobre la historia de la Provincia reuniendo a tal efecto la documentación técnica correspondiente, a fin de acrecentar la documentación y difundir el material que integra el patrimonio de la Dirección.
8. Ejecutar acciones tendientes a la preservación de la documentación histórica de la Provincia, de acuerdo a la normativa legal vigente.
9. Difundir el material histórico que integra el patrimonio de la Dirección, en coordinación con la Unidad de Comunicaciones e Información.
10. Ejercer la supervisión y el control técnico de los archivos de los poderes públicos de la Provincia de Buenos Aires, de acuerdo con las normas vigentes.
11. Elevar a la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural la programación anual y las necesidades presupuestarias.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO CULTURAL
DIRECCIÓN DE FOLKLORE, ARTESANÍAS Y COMUNIDADES ORIGINARIAS
ACCIONES
1. Planificar y ejecutar acciones tendientes a difundir las expresiones Folklóricas locales y el conocimiento de las artesanías tradicionales de la Provincia.
2. Asistir y asesorar a organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en materia de creación, participación y fomento de asociaciones o centros de artesanos, en un marco de libertad, respeto y responsabilidad.
3. Planificar y coordinar las tareas de investigación de campo, de gabinete y la sistematización y procesamiento del material en estudio.
4. Asistir y evaluar respecto al contenido y calidad del material a difundir en coordinación con la Unidad de Comunicaciones e Información.
5. Realizar un relevamiento y elaborar un registro integral y permanente, tendiente a preservar, conservar, revalorizar, promover, estimular y difundir el patrimonio tradicional bonaerense.
6. Proponer la celebración de convenios con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en materia de asistencia y colaboración técnica.
7. Elevar a la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural la programación anual y las necesidades presupuestarias.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO CULTURAL
DIRECCIÓN DE MUSEOS, MONUMENTOS Y SITIOS HISTÓRICOS
ACCIONES
1. Coordinar el desarrollo, acciones y funcionamiento de los distintos Museos dependientes de la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural, en concordancia con las políticas de gestión en la materia, y de acuerdo a las pautas establecidas por la Dirección Provincial.
2. Desarrollar las acciones dispuestas por la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural tendientes a la planificación, ejecución y control de la preservación de los bienes muebles e inmuebles del patrimonio bonaerense, coordinando las acciones tendientes a tales fines.
3. Coordinar las acciones conducentes a la implementación de los programas diseñados por la Dirección Provincial para la preservación de los inmuebles pertenecientes al estado Provincial incluidos en el régimen de protección previsto por el Decreto Provincial N° 5.839/89.
4. Desarrollar y coordinar acciones tendientes a la conservación del Patrimonio Monumental y Museológico por medio de asesoramientos profesionales y técnicos.
5. Proponer el accionar para la preservación del patrimonio arqueológico, paleontológico y de los yacimientos de la Provincia de Buenos Aires, monitoreando los programas diseñados por la Dirección Provincial para su conservación, investigación y registro.
6. Interactuar con los organismos de igual carácter en el orden municipal, provincial y/o regional, con el fin de desarrollar acciones conjuntas tendientes a la preservación del patrimonio
7. Evaluar y proponer proyectos normativos provinciales tendientes al reconocimiento y manejo de los Bienes Museológicos y Monumentales de la Provincia de Buenos Aires.
8. Proponer la implementación de programas de preservación, reutilización y refundación de Museos, Monumentos y Sitios Históricos, y coordinar la puesta en práctica de tareas de exposición y difusión de las colecciones históricas, artísticas y/o científicas de los Museos de la Provincia.
9. Desarrollar la planificación de proyectos conjuntos con Organismos de la estructura del Gobierno Provincial que actúen sobre bienes de valor patrimonial histórico, artístico o científico; así como los monumentos y sitios históricos provinciales; y los reservorios arqueológicos y paleontológicos.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO CULTURAL
DIRECCIÓN DE ARTES VISUALES
ACCIONES
1. Preservar, promover, difundir y acrecentar las tradiciones y el desarrollo pluralista de las artes visuales bonaerenses.
2. Promover actividades y eventos artístico-culturales como el dibujo, la pintura, la escultura, el grabado y la cerámica, incorporando las nuevas modalidades como la ilustración, el humor gráfico, el diseño gráfico, el diseño industrial, la fotografía, la arquitectura, las experiencias espaciales, las instalaciones y nuevas tecnologías como el arte digital, performances y videos, entre otras.
3. Orientar el accionar de la Asociación Amigos del Museo.
4. Organizar y promover actividades y eventos artístico-culturales: clínicas, salones, talleres, capacitaciones y asistencias técnicas, entre otros.
5. Preservar, custodiar y catalogar técnicamente el patrimonio artístico del Museo de Bellas Artes Bonaerense.
6. Relevar, confeccionar y mantener actualizado el registro patrimonial artístico de la Provincia de Buenos Aires.
7. Difundir el acervo artístico-visual, en el ámbito local y provincial, comprometiendo la participación de los diferentes municipios bonaerenses, promoviendo a su vez la integración regional.
8. Organizar y promover la realización de conferencias, debates y jornadas sobre las artes visuales en general, realizando convenios artístico-culturales con los distintos sectores de la comunidad.
9. Elevar a la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural la programación anual y las necesidades presupuestarias.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO CULTURAL
DIRECCIÓN COMPLEJO MUSEOGRÁFICO PROVINCIAL “ENRIQUE UDAONDO” DE LUJÁN
ACCIONES
1. Planificar y ejecutar acciones tendientes a la conservación, acrecentamiento, investigación y difusión de las colecciones del Complejo Museográfico, integrado por el Museo Colonial Histórico, el Museo del Transporte, el Archivo Estanislao Cevallos y la Biblioteca Enrique Peña.
2. Planificar y ejecutar acciones tendientes a promocionar a través de los valiosos edificios que integran los distintos pabellones del Museo, y de las colecciones en ellos albergadas y/o exhibidas, la historia y la cultura provincial y nacional.
3. Planificar y ejecutar acciones de custodia, seguridad y restauración de las colecciones existentes y las que se incorporen.
4. Asesorar y prestar colaboración a las instituciones educacionales en sus objetivos culturales y didácticos.
5. Promover y difundir mediante publicaciones, actos, visitas guiadas y otros elementos técnicos de finalidad cultural, el patrimonio museográfico, en coordinación con la Unidad de Comunicaciones e Información.
6. Asesorar en materia de compra, préstamo o donación de piezas, objetos o documentos que constituyen el acervo del museo según la legislación vigente.
7. Proponer la celebración de convenios con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en materia de asistencia y colaboración técnica.
8. Orientar el accionar de las Asociaciones de Amigos del Museo.
9. Confeccionar y mantener actualizado un registro de los bienes patrimoniales del Complejo Museográfico, en coordinación con la Unidad de Informática.
10. Elevar a la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural la programación anual y las necesidades presupuestarias.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO CULTURAL
DIRECCIÓN DEL MUSEO Y BIBLIOTECA PROVINCIAL “PRESIDENTE JUAN DOMINGO PERÓN”
ACCIONES
1. Planificar y ejecutar acciones tendientes a la conservación, acrecentamiento, investigación y difusión de las colecciones del Museo y Biblioteca Provincial Presidente Juan Domingo Perón.
2. Planificar y ejecutar acciones tendientes a promocionar las colecciones albergadas y/o exhibidas, la historia y la cultura provincial y nacional.
3. Prestar un servicio de interés público, haciendo accesible el conocimiento de la institución y su patrimonio histórico, bibliográfico y documental.
4. Promover y difundir mediante publicaciones, actos, visitas guiadas y otros elementos técnicos de finalidad cultural, el patrimonio museográfico.
5. Confeccionar y mantener actualizado un registro de los bienes patrimoniales del Museo, en coordinación con la Unidad de Informática.
6. Proponer, organizar y difundir muestras temporarias e itinerantes del patrimonio museográfico, en coordinación con la Unidad de Comunicaciones e Información.
7. Asistir y colaborar con investigadores y estudiosos, asegurando el acceso adecuado y la preservación de los bienes patrimoniales del Museo.
8. Analizar y asesorar respecto de la aceptación de donaciones o adquisiciones de piezas y/o documentos de interés para la institución, como así también en lo relacionado a préstamos a otros organismos.
9. Orientar las acciones de la Asociación Amigos del Museo.
10. Elevar a la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural la programación anual y las necesidades presupuestarias.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO CULTURAL
DIRECCIÓN DEL MUSEO HISTÓRICO “17 DE OCTUBRE QUINTA SAN VICENTE”
ACCIONES
1. Planificar y ejecutar acciones tendientes a promocionar las colecciones albergadas y/o exhibidas, la historia y la cultura provincial y nacional.
2. Asesorar y prestar colaboración a las instituciones educacionales en sus objetivos culturales y didácticos.
3. Asesorar en materia de compra, préstamo o donación de piezas, objetos o documentos que constituyen el acervo del museo según legislación vigente.
4. Prestar un servicio de interés público, haciendo accesible el conocimiento de la institución y su patrimonio histórico, bibliográfico y documental.
5. Ejecutar acciones tendientes a la conservación, acrecentamiento, investigación y difusión de las colecciones del Museo Histórico “17 de Octubre Quinta San Vicente”.
6. Realizar publicaciones de orden científico-histórico, en coordinación con la Unidad de Comunicaciones e Información.
7. Planificar y ejecutar acciones de custodia, seguridad y restauración de las colecciones existentes y las que se incorporen.
8. Proponer la celebración de convenios con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en materia de asistencia y colaboración técnica.
9. Confeccionar y mantener actualizado un registro de los bienes patrimoniales del Museo, en coordinación con la Unidad de Informática.
10. Elevar a la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural la programación anual y necesidades presupuestarias.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO CULTURAL
SUBDIRECCIÓN MUSEO HISTÓRICO PROVINCIAL “LIBRES DEL SUD”
ACCIONES
1. Asistir y asesorar a instituciones educacionales, colaborando en función de los objetivos culturales y didácticos de los mismos.
2. Organizar las actividades relacionadas con la conservación, exposición, investigación y acondicionamiento de las colecciones museológicas, asegurando la difusión y conocimiento del patrimonio cultural.
3. Preservar, custodiar y catalogar técnicamente el patrimonio artístico del Museo.
4. Confeccionar y mantener actualizado un registro de los bienes patrimoniales del Museo, en coordinación con la Unidad de Informática.
5. Proponer la celebración de convenios con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, en materia de asistencia y colaboración técnica.
6. Orientar el accionar de la Asociación Amigos del Museo.
7. Elevar a la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural la programación anual y las necesidades presupuestarias.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO CULTURAL
SUBDIRECCIÓN MUSEO HISTÓRICO PROVINCIAL “GUILLERMO E. HUDSON”
ACCIONES
1. Difundir la vida y obra del escritor y naturalista Guillermo E. Hudson.
2. Difundir el sitio de emplazamiento del Museo como reserva ecológica, para el estudio y la difusión de la flora y la fauna autóctona de esta zona de la Provincia de Buenos Aires.
3. Recopilar y difundir mediante publicaciones, actos, visitas guiadas y otros elementos técnicos de finalidad cultural, el patrimonio del Museo, en coordinación con la Unidad de Comunicaciones e Información.
4. Analizar y asesorar con relación a la aceptación de donaciones o adquisiciones de piezas y/o documentos de interés para la institución, como asimismo en lo relacionado a intercambio con otros organismos.
5. Orientar el accionar de la Asociación Amigos del Museo.
6. Confeccionar y mantener actualizado un registro de los bienes patrimoniales del Museo, en coordinación con la Unidad de Informática.
7. Asistir y colaborar con investigadores y estudiosos, asegurando el acceso adecuado y la preservación de los bienes patrimoniales del Museo.
8. Elevar a la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural la programación anual y las necesidades presupuestarias.
ANEXO 2c
SECRETARÍA EJECUTIVA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INDUSTRIAS CULTURALES E INNOVACIÓN CREATIVA
ACCIONES
1. Coordinar y desarrollar el planeamiento estratégico para la consolidación de los procesos, programas y proyectos que en materia de Industrias Culturales y nuevas tecnologías plantee el Instituto Cultural.
2. Conceptualizar, desarrollar y ejecutar la creación de polos de Industrias Culturales y Creativas en la Provincia de Buenos Aires, a través de alianzas intersectoriales, acuerdos transversales de gobiernos y desarrollo de políticas de incentivo fiscal y económico al sector de las Industrias Creativas
3. Diseñar y evaluar programas culturales temporarios, contemplando un plan de prioridades con estimaciones de costos/beneficios y necesidades detectadas en la población en relación a las Industrias Creativas.
4. Desarrollar políticas destinadas a la promoción de las industrias culturales y creativas en cada uno de los municipios, potenciando la infraestructura cultural, la identidad local y el estímulo a nuevos soportes de contenidos, en torno a los ejes de innovación, tecnología, sustentabilidad.
5. Desarrollar e implementar políticas que doten de alta visibilidad política y cultural a las industrias culturales y creativas de la provincia a nivel nacional.
6. Desarrollar plataformas y eventos tendientes a fortalecer a la Provincia de Buenos Aires como plaza de negocios para las industrias culturales y creativas, generando distintos niveles de intervención a nivel local, nacional e internacional.
7. Generar datos estadísticos que permitan trazar mapas precisos de la localización de emprendimientos de base cultural a nivel provincial en cada una de las áreas, identificando su conformación, potencialidades y dificultades.
8. Desarrollar políticas que atiendan el escenario dinámico y cambiante de las industrias de contenido, en la triple clave de innovación, tecnología y sustentabilidad.
9. Desarrollar en conjunto con organismos públicos o privados, de nivel regional, provincial, nacional e internacional, el fortalecimiento de intercambios artísticos, culturales, técnicos o profesionales, a través de becas, pasantías, financiamiento y/o convenios de colaboración de cualquier índole, tendientes a fortalecer la capacitación, la internacionalización o el vínculo de la Provincia con el mundo.
10. Diseñar, publicar y comunicar trabajos, relevamientos, informes, catálogos, anuarios y otros formatos editoriales, relacionados con los temas de su competencia.
11. Organizar foros, seminarios, Workshops, conferencias y clases magistrales, destinadas al perfeccionamiento, actualización, y estimulo al propio sector de las industrias creativas y a los gestores culturales en general.
12. Subscribir acuerdos de trabajo, estudio, intercambio con otros organismos provinciales y/o con Instituciones tales como embajadas, organismos nacionales, ONGs, agregadurías culturales, empresas, Instituciones educativas y de formación, Colegios profesionales, que permitan y promuevan la cooperación nacional e internacional en materia de generación de proyectos, planes, investigaciones y eventos.
13. Generar a través de la promoción de convenios de cooperación recíproca con Universidades y/o Instituciones Educativas la realización de foros, talleres, diplomaturas y post-grados, que colaboren con la capacitación permanente de los distintos actores implicados en la promoción de industrias creativas.
14. Elaborar y elevar a la Presidencia del Instituto Cultural, el anteproyecto de presupuesto anual.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INDUSTRIAS CULTURALES E INNOVACIÓN CREATIVA
DIRECCIÓN DE INDUSTRIAS CREATIVAS
ACCIONES
1. Diseñar, proponer, estimular y ejecutar los programas de desarrollo y promoción de las industrias creativas provinciales.
2. Asistir técnica y financieramente con recursos emanados del presupuesto general de la provincia y subsidios, donaciones, convenios, etc., al sector de las Industrias Creativas.
3. Diseñar programas de capacitación específicos del área destinados al sector de las industrias creativas, gestores culturales y la comunidad en general.
4. Intervenir con políticas generales o particulares en las cadenas de valor de las industrias creativas, tendientes a garantizar la creación, producción, difusión, exhibición y comercialización de los bienes culturales.
5. Promover el anclaje de la Industria Audiovisual en la Provincia, a través de distintas acciones de formalización de la actividad, como así también ampliar la red de beneficios y asistencia.
6. Promover la creación de circuitos de consumo de las industrias culturales y creativas.
7. Acompañar el proceso de formalización de las empresas de base cultural radicadas en la Provincia de Buenos Aires.
8. Desarrollar y proponer políticas para el anclaje de empresas de base cultural en la Provincia de Buenos Aires, a través de herramientas fiscales, acciones de promoción y distintas redes de beneficios.
9. Estimular el armado de redes de trabajo con los distintos sectores de las Industrias Culturales como festivales, creadores, artistas, gestores culturales, concretados a través de foros de trabajo, y distintos soportes de comunicación.
10. Diseñar, proponer y ejecutar programas culturales temporarios, específicos para el desarrollo de las Industrias Creativas
11. Elevar a la Dirección Provincial de Industrias Culturales e Innovación Creativa la programación anual y las necesidades presupuestarias.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INDUSTRIAS CULTURALES E INNOVACIÓN CREATIVA
DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE PRODUCCIÓN CREATIVA
ACCIONES
1. Desarrollar acciones de capacitación para los sectores audiovisuales, editoriales y musicales y en el ámbito de las denominadas “industrias creativas en cruce” y nuevas prácticas de convergencia tecnológica, para su exhibición y difusión en distintos tipos de soporte o formatos de comercialización, con el fin de promover las producciones locales y de generar un acceso más equitativo al mercado.
2. Proponer y desarrollar festivales, conciertos, muestras, encuentros de arte, exhibición y todo tipo de plataformas que permitan dar visibilidad al sector creativo.
3. Desarrollar catálogos y selecciones de artistas, emprendimientos y desarrollos creativos que generen contenidos exportables y comercializables para el posicionamiento de nuestros artistas a escalas regionales, nacional e internacional.
4. Intervenir con políticas generales o particulares en las cadenas de valor de las industrias creativas, tendientes a garantizar la creación, producción, difusión, exhibición y comercialización de los bienes culturales.
5. Acompañar el proceso de formalización de las empresas de base cultural radicadas en la Provincia de Buenos Aires.
6. Diseñar, proponer y ejecutar programas culturales temporarios, específicos para el desarrollo de las Industrias Culturales.
7. Desarrollar plataformas que otorguen visibilidad y pongan en valor a las nuevas industrias creativas de la Provincia, como la arquitectura, la gastronomía y el turismo cultural, e inscribirlas en nuevos circuitos de consumo cultural.
8. Estimular la creación de plataformas municipales para el desarrollo de proyectos de economía creativa, a través de asistencia, acompañamiento y promoción.
9. Elevar a la Dirección Provincial de Industrias Culturales e Innovación Creativa la programación anual y las necesidades presupuestarias.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INDUSTRIAS CULTURALES E INNOVACIÓN CREATIVA
DIRECCIÓN DE BUENOS AIRES FILM
ACCIONES
1. Promover el desarrollo de la Provincia de Buenos Aires como set de filmaciones, favoreciendo un mayor anclaje de producciones audiovisuales en territorio provincial y su consecuente demanda de recursos humanos, servicios, etc.
2. Generar herramientas para la formalización de la actividad audiovisual en todo el territorio provincial, en todas sus instancias de competencia nacional, provincial y municipal.
3. Brindar herramientas al sector audiovisual que permitan vislumbrar a la Provincia de Buenos Aires como un set de filmación previsible, ágil y conveniente.
4. Desarrollar protocolos de filmación para filmar en territorios provinciales a través de un fuerte vínculo con todas las áreas de gobierno que tengan competencia en distintas locaciones solicitadas para filmar.
5. Consolidar el vínculo con distintos organismos de competencia nacional o privada para brindar continuidad y previsibilidad a los pedidos de filmación de las productoras audiovisuales.
6. Fomentar el desarrollo de redes con el sector privado a fin de unificar, facilitar y alentar el uso de locaciones privadas del ámbito provincial, habida cuenta del impacto directo e indirecto que esta actividad desarrolla en las poblaciones beneficiadas.
7. Fomentar el trabajo en red a través de equipos de acompañamiento de gestión y capacitación, en vínculo directo con los municipios, en proyectos vinculados al desarrollo de la actividad audiovisual local.
8. Realizar programas de conferencias, foros y capacitación para los municipios y los propios sectores, para fomentar la estimulación, el intercambio y el aprendizaje para el diseño de políticas para el desarrollo creativo de los municipios, sus emprendedores, empresarios y creadores.
9. Desarrollar acciones de comunicación en todo tipo de soportes, promocionando de esta manera la actividad que se desarrolla, las potencialidades del territorio y el dialogo político y cultural con la industria audiovisual.
10. Diseñar instrumentos e incentivos que potencien y consoliden el desarrollo de la industria audiovisual provincial.
11. Brindar visibilidad mediante datos estadísticos al sector de la industria audiovisual de la Provincia de Buenos Aires y a la red de servicios y profesionales directa o indirectamente beneficiados, habida cuenta del significativo impacto que tiene en la economía, en el trabajo y la inclusión, y su inserción en la agenda política de la Provincia de Buenos Aires.
12. Desarrollar e implementar estrategias en mercados internacionales promocionando las locaciones, infraestructura y servicios audiovisuales de la Provincia a través de presencia en distintos foros y ferias a nivel nacional e internacional, fortaleciendo la inserción de la Provincia de Buenos Aires en el Mundo.
13. Elevar a la Dirección Provincial de Industrias Culturales e Innovación Creativa la programación anual y las necesidades presupuestarias.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INDUSTRIAS CULTURALES E INNOVACIÓN CREATIVA
DIRECCIÓN DEL OBSERVATORIO DE INDUSTRIAS CREATIVAS Y DE CONTENIDOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ACCIONES
1. Construir y conformar un sistema de información sobre las industrias culturales clásicas, las industrias creativas y las industrias de contenido, que sirvan como plataforma para el desarrollo de políticas públicas.
2. Desarrollar un mapeo permanente de los emprendimientos culturales y creativos existentes en la Provincia: Industria discográfica, editorial, audiovisual, y de diseño, sumando en la investigación a las denominadas “industrias de contenido”: e-books, diarios y revistas online, blogs, televisión y radio digital, diseño web, diseño de software, videojuegos, entre otros.
3. Generar investigaciones parciales o totales acerca del impacto económico y/o simbólico de estas industrias en nuestra sociedad.
4. Desarrollar alianzas estratégicas con organismos de cooperación a nivel nacional e internacional, ampliando el horizonte de la cultura y presentándola como un sector clave en el desarrollo y anclaje de políticas transversales de gobierno en materia de innovación, tecnología y sustentabilidad.
5. Divulgar los datos económicos y sociales de las Industrias Creativas y de contenidos obtenidos a través de la construcción de un sistema de información con el objeto de otorgar visibilidad al sector creativo de la Cultura, habida cuenta del enorme impacto que tienen en la economía, en el trabajo y la inclusión, y su inserción en la agenda política de la Provincia de Buenos Aires.
6. Conformar programas de conferencias, foros y capacitación para los municipios y los propios sectores, en vistas de la estimulación y el aprendizaje para el desarrollo de políticas vinculadas al desarrollo creativo de los municipios, empresarios y creadores.
7. Generar equipos de acompañamiento de gestión, en vínculo directo con los municipios, en proyectos relacionados al desarrollo local y que aborden y temas culturales, patrimoniales, turísticos, gastronómicos, etc., destinados al desarrollo creativo de emprendimientos y que abreven sobre la idea de ciudades creativas.
8. Desarrollar acciones de comunicación que permitan el vínculo con sectores políticos, sociales y culturales y con la comunidad en su conjunto, en distintos soportes: piezas impresas y digitales, portales web.
9. Elevar a la Dirección Provincial de Industrias Culturales e Innovación Creativa la programación anual y las necesidades presupuestarias.